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Documento BOE-A-1983-25353

Orden de 16 de septiembre de 1983 por la que se autoriza al Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA), a realizar las obras urgentes en el ámbito de su competencia en Cantabria, Asturias y Burgos, en cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto-ley 5/1983, de 1 de septiembre.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 21 de septiembre de 1983, páginas 25863 a 25863 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1983-25353
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1983/09/16/(3)

TEXTO ORIGINAL

Como consecuencia de las recientes inundaciones acaecidas en Cantabria, Asturias y Burgos, se han producido considerables daños dentro de las áreas forestales, por lo que resulta obligado y urgente atender a su reparación.

Por otra parte, las intensas precipitaciones desencadenadas ha provocado procesos erosivos en laderas y cauces de cabecera de la red hidrográfica, que exigen actuaciones de corrección y control para evitar mayores daños, tanto en las áreas forestales, directamente afectadas, como en los terrenos deminados.

Resulta pues, que el Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza pueda destinar, en este momento, los créditos que se estime conveniente para poder realizar, de forma inmediata. actuaciones de su competencia en las zonas afectadas, no solo para la restauración, en lo posible, de la situación anterior a la catástrofe, sino también atender a los trabajos hidrológico-forestales que sean necesarios par corregir la inestabilidad de laderas, cauces y riberas creada en esas zonas por los fenómenos de tipo torrencial habidos y que sean de mayor urgencia y necesidad a causa del peligro que suponen para los terrenos e infraestructuras de las márgenes y/o zonas dominadas.

En consecuencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5 1983, de 1 de septiembre, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo 1. Se autoriza al Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA), para financiar, con cargo a los fondos previstos en el apartado 1, del artículo 8. del Real Decreto-ley 5/1983 de 1 de septiembre, y de los remanentes de crédito, tanto de recursos propios como ajenos, actualmente existentes, la ejecución de forma inmediata en Cantabria, Asturias y Burgos de las obras más urgentes de restauración hidrológico-forestal y de reparación de infraestructuras en las áreas a su cargo, que sean necesarias en los términos municipales afectados por las inundaciones y determinados en la Orden del Ministerio del Interior de 5 de septiembre de 1983.

Art. 2. Se autoriza al Director del ICONA, de acuerdo con el articulo 6 del Real Decreto-ley 5,1983, de 1 de septiembre, para aprobar los proyectos correspondientes a las actuaciones antes expresadas, incluso las de carácter hidrológico-forestal, por revestir la consideración de emergencia.

Art. 3. Se autoriza en el presupuesto ordinario del ICONA la inclusión de nuevos conceptos presupuestarios que, bajo el concepto <Actuaciones especiales al amparo del artículo octavo del Real Decreto-ley 5/1983, de 1 de septiembre realizaciones de cualquier tipo de trabajos del ICONA en las áreas afectadas por las inundaciones>, se refieran a: 6.9.4, Cantabria; 6.9.5. Asturias, y 6.9.6. Burgos.

Art. 4. De acuerdo con el apartado 3., del artículo 8, del Real Decreto-ley 5/1983, de 1 de septiembre, los saldos no invertidos que resulten de las anteriores operaciones podrán ser incorporados al presupuesto de 1984 para su empleo en las mismas actuaciones aprobadas.

Art. 5. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 16 de septiembre de 1983.- ROMERO HERRERA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 16/09/1983
  • Fecha de publicación: 21/09/1983
  • Entrada en vigor: 21 de septiembre de 1983.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Orden de 22 de septiembre de 1983 (Ref. BOE-A-1983-26351).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto-ley 5/1983, de 1 de septiembre (Ref. BOE-A-1983-23528).
Materias
  • Asturias
  • Burgos
  • Cantabria
  • Catástrofes
  • Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza
  • Montes
  • Obras

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