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Documento BOE-A-1983-13665

Orden de 11 de mayo de 1983 por la que se extiende el régimen de retribuciones complementarias establecidas en el Real Decreto 3313/1981, de 18 de diciembre, al personal docente dependiente del Instituto Nacional de Empleo.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 1983, páginas 13291 a 13291 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1983-13665
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1983/05/11/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 3313/1981, de 18 de diciembre, por el que se regulan las retribuciones complementarias de los funcionarios docentes dependientes del Ministerio de Educación y Ciencia, prevé, en sus disposiciones finales segunda y tercera, que podrá extenderse el régimen contenido en el mencionado Real Decreto a los funcionarios de carrera docentes dependientes de otros Departamentos, así como a los funcionarios interinos docentes y al personal contratado docente.

El Real Decreto-ley 36/1978, de 16 de noviembre, en su artículo 5., crea el Instituto Nacional de Empleo con carácter de Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, encomendándole entre sus funciones fomentar la formación del trabajador en estrecha vinculación con la política de empleo, a través de las oportunas acciones de actualización, perfeccionamiento y, en su caso, reconversión profesionales.

El Instituto Nacional de Empleo cuenta con un importante número de personal docente procedente de la Obra de Formación Profesional de la Administración Institucional de Servicios Socio-Profesionales y del Servicio de Empleo y Acción Formativa, estos últimos integrados en Escalas docentes propias del Instituto por el Real Decreto 1762/1982, de 24 de julio.

En su virtud, a iniciativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y a propuesta del de Economía y Hacienda, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo 1. El régimen de retribuciones complementarias establecido en el Real Decreto 3313/1981, de 18 de diciembre, se hace extensivo a los funcionarios de carrera e interinos del Instituto Nacional de Empleo de las Escalas que se especifican en el artículo segundo de esta Orden que ocupen puestos de trabajo de carácter docente, así como a los contratados para las mismas funciones.

Art. 2. Las Escalas a que se refiere el artículo anterior son las siguientes

- Escala Docente, grupo A, de la AISS.

- Escala Docente, grupo B de la AISS.

- Escala Técnica de Formación Ocupacional (Escala Docente de Técnicos Docentes B del SEAF).

- Escalas Medias de Formación Ocupacional (Escalas Docentes de Monitores A del SEAF, Monitores B del SEAF y Monitores a extinguir del SEAF).

DISPOSICION TRANSITORIA

Cuando la aplicación del régimen de retribuciones contenido en el Real Decreto 3313/1981, de 18 de diciembre, corresponda a funcionarios que tengan reconocido un complemento personal y transitorio el incremento que se derive se absorberá, en su caso, de dicho complemento.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día de la publicación en el <Boletín Oficial del Estado>, si bien sus efectos económicos tendrán efectividad el día 1 de octubre de 1982.

Madrid, 11 de mayo de 1983.- MOSCOSO DEL PRADO Y MUÑOZ.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/05/1983
  • Fecha de publicación: 12/05/1983
  • Fecha de entrada en vigor: 12/05/1983
  • Efectos económicos desde el 1 de octubre de 1982.
Referencias anteriores
Materias
  • Funcionarios de Organismos Autónomos
  • Instituto Nacional de Empleo
  • Profesorado
  • Retribuciones Administración Institucional

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