Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BOE-A-1982-17312

Orden 100/1982, de 6 de julio, por la que se dictan normas para el cumplimiento del servicio militar en el Cuerpo de la Guardia Civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 12 de julio de 1982, páginas 18909 a 18913 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1982-17312
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1982/07/06/100

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 3543/1981, de 30 de octubre, regula la prestación del servicio militar por medio del voluntariado especial en el Cuerpo de la Guardia Civil.

Esta disposición, en su artículo décimo, especifica que se faculta a los Ministerios de Defensa e Interior para que, cada uno en el ámbito de sus respectivas competencias, desarrollen y apliquen el presente Real Decreto. Asimismo, en su artículo tercero, establece que por el Ministerio de Defensa, a propuesta del Director general de la Guardia Civil, se harán públicas las convocatorias y las condiciones por las que habrán de regirse.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1.

Las convocatorias para la prestación del servicio militar por medio del voluntariado especial en el Cuerpo de la Guardia Civil se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto 3543/1981, de 30 de octubre, y por las normas que figuran en esta Orden y las específicas de cada convocatoria.

Artículo 2.

Para solicitar el ingreso a fin de cumplir el servicio militar en el Cuerpo de la Guardia Civil será preciso reunir las siguientes condiciones:

a) Ser varón y español.

b) Cumplir, como mínimo, diecisiete años en el de la petición de ingreso.

c) Efectuar su petición de ingreso en fecha anterior al 15 de julio del año en que realiza el sorteo el reemplazo al que se pertenezca.

d) Alcanzar una estatura no inferior a mil seiscientos cincuenta milímetros.

e) Haber observado buena conducta en todos los órdenes, careciendo de antecedentes penales.

f) Ser soltero.

g) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad u otro equivalente o superior.

h) Tener autorización, si no está emancipado, de quien ejerza sobre él la patria potestad o la tutela.

Artículo 3.

El número de plazas y plazo de admisión de instancias se fijará para cada convocatoria en la Orden de publicación de la misma.

Se reservarán el 25 por 100 del total de las plazas para ser cubiertas por huérfanos o hijos del personal perteneciente al Cuerpo de la Guardia Civil, cualquiera que sea su situación.

Artículo 4.

El ingreso se solicitará mediante instancia dirigida al Director general de la Guardia Civil, ajustada al modelo que figura en el anexo número 1, del cual habrá ejemplares en los Puestos de la Guardia Civil a disposición de los aspirantes.

Artículo 5.

La instancia será entregada en el Puesto de la Guardia Civil a cuya demarcación corresponda la residencia habitual del solicitante, o, en su caso, en la forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Acompañarán a la instancia los siguientes documentos:

– Fotocopia del documento nacional de identidad.

– Certificado de estudios.

– Tres fotografías tipo pasaporte, de 4 × 3 centímetros, hechas en fecha inmediata a la presentación de la instancia, figurando al dorso de las mismas, en forma legible, el nombre y apellidos del solicitante y número de documento nacional de identidad.

– Certificado de antecedentes penales del Registro Central de Penados y Rebeldes.

Artículo 6.

1. Los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas:

a) Examen médico, para determinar si existe alguna enfermedad o defecto físico o psíquico de los incluidos en el cuadro de exclusiones de la Guardia Civil («Diario Oficial del Ejército» número 196, de 31 de agosto de 1981, y número 198, de 2 de septiembre de 1981).

b) Prueba de aptitud física, según anexo número 2.

c) Prueba de aptitud psicotécnica, según anexo número 2.

d) Prueba de suficiencia cultural, cuyo programa figura en el anexo número 2.

2. Los que superen estas pruebas serán declarados «aptos» para ingreso como aspirantes a Guardia Civil Auxiliar, por resolución del Director general de la Guardia Civil.

Artículo 7.

1. Los aspirantes a Guardia Civil Auxiliar deberán superar un período de formación militar de tres meses de duración en el Centro de Formación de la Guardia Civil, finalizado el cual prestarán el juramento de fidelidad a la Bandera.

2. Superado el período de formación militar, el aspirante a Guardia Civil Auxiliar será nombrado Guardia Civil Auxiliar y destinado a cumplir su servicio militar en las unidades que se determinen, hasta la finalización del compromiso que especifica el artículo cuarto del Real Decreto 3543/1981.

El nombramiento de Guardia Civil Auxiliar se hará por resolución del Director general de la Guardia Civil.

Artículo 8.

Las pruebas del artículo 6.º, así como el período de formación señalado en el artículo 7.º, tendrán carácter eliminatorio, y tanto unas como el otro podrán repetirse una sola vez por causa de enfermedad o accidente, o bien por estudios, siempre que por el General Inspector de Enseñanza, a propuesta del Centro correspondiente, se aprecien circunstancias favorables que lo justifiquen.

Artículo 9.

El personal que no supere el período de formación especificado en el artículo 7.º o que cause baja en cualquier momento de su compromiso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo noveno del Real Decreto 3543/1981, quedará, a efectos, de reclutamiento, en la situación militar que le corresponda.

Artículo 10.

Los Guardias Civiles Auxiliares percibirán las retribuciones señaladas en el artículo séptimo del Real Decreto 3543/1981.

Durante el período de formación percibirá las mismas retribuciones que el Guardia Civil Auxiliar.

Artículo 11.

A su incorporación al Centro de Formación, para realizar el período de formación señalado en el artículo 7.º, los aspirantes a Guardia Civil Auxiliar firmarán un compromiso por el tiempo señalado en el artículo cuarto del Real Decreto 3543/1981, y en las condiciones que se determine.

Este compromiso podrá rescindirse en los mismos casos que para los voluntarios normales se establece en el artículo 483 del Reglamento de la Ley General del Servicio Militar, siéndoles de aplicación sobre abono de tiempo de servicio en filas lo que establece el mencionado Reglamento para dicho voluntariado.

Artículo 12.

En todo aquello no regulado por el Real Decreto 3543/1981, de 30 de octubre, y la presente Orden, será de aplicación lo dispuesto en el Reglamento que desarrolla la Ley General del Servicio Militar.

Madrid, 6 de julio de 1982.

OLIART SAUSSOL

ANEXO NUMERO I

Imagen: /datos/imagenes/disp/1982/165/17312_17645247_image1.png

DECLARACION JURADA DE ESTADO CIVIL

Don .............................................., que suscribe, cuyos datos de filiación y demás circunstancias personales figuran consignados en el anverso de la presente instancia, aspirante a ingreso en el Cuerpo de la Guardia Civil como Guardia Civil Auxiliar, a los referidos fines,

Declara bajo juramento: Que su estado civil en el día de la fecha es el de soltero.

Y para que conste, firma esta declaración en ..................... (...................), a ...... de ..................... de 19......

DECLARACION JURADA DE NO ESTAR ALISTADO NI PRESTANDO SERVICIO ACTIVO EN OTRO EJERCITO

Don .............................................., que suscribe, cuyos datos de filiación y demás circunstancias personales figuran consignados en el anverso de la presente instancia, aspirante a ingreso en el Cuerpo de la Guardia Civil como Guardia Civil Auxiliar, a los referidos fines.

Declara bajo juramento: Que no está alistado ni prestando servicio activo en otro Ejército.

Y para que conste, firma esta declaración en ..................... (...................), a ...... de ..................... de 19......

AUTORIZACION DE CONSENTIMIENTO PATERNO

Don .............................................., con documento nacional de identidad núm. ................., expedido en ................ (...................), el día ...... de ..................... de 19......, de ...... años de edad, de estado ................., natural de ................. (...................), y vecino de .................................. (...................) con domicilio en .............................................., núm. ........ , padre del aspirante a ingreso en el Cuerpo de la Guardia Civil como Guardia Civil Auxiliar, don .............................................., menor de edad, cuya filiación figura en el anverso de la presente instancia que suscribe por sí.

Hace constar: Que concede plena autorización a su citado hijo para que pueda ingresar en el referido Cuerpo de la Guardia Civil en calidad de Guardia Civil Auxiliar.

Y para que conste y surta sus efectos a los indicados fines, firma la presente en ..................... (...................), a ...... de ..................... de 19......

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD Y DECLARACION JURADA PARA INGRESO COMO GUARDIA CIVIL AUXILIAR

1.º Debe rellenarse a máquina o en letras mayúsculas.

2.º Los recuadros sombreados se rellenarán por la Unidad receptora de la solicitud.

3.º El apartado 4 de la solicitud se rellenará marcando con un aspa el recuadro que corresponda.

4.º En el apartado 5 (Permiso de Conducir), igual que el anterior. Fecha ingreso en Caja, si procede.

5.º En el apartado 6 marcar con un aspa el recuadro que le afecte.

6.º En el apartado 11 se pondrá únicamente el nombre de pila de la madre.

7.º La declaración jurada de estado civil y de no estar alistado ni prestando servicio en otro Ejército, serán firmadas de puño y letra por el aspirante.

8.º La autorización de consentimiento paterno, será firmada por el padre, o, en su defecto, tutor del aspirante.

ANEXO NUMERO 2

1. Pruebas de actitud física.

1.1. Flexiones: Siete en suspensión pura, con palmas atrás o adelante.

1.2. Salto vertical sobre pared graduada.

1.3. Salto de longitud sin carrera.

1.4. Carrera: Cincuenta metros en pista con salida en pie.

1.5. Carrera: Ocho mil metros en no más de cuarenta minutos.

Puntuaciones: Será de aplicación el punto 3.3 de la Orden 300/126/1982, publicada en el «Diario Oficial» número 4, de 7 de enero.

Estas pruebas están pendientes de la adaptación de la citada Orden al Cuerpo de la Guardia Civil.

2. Pruebas psicotécnicas.

2.1. Tests de inteligencia general.

2.2. Tests de aptitudes.

2.3. Tests de personalidad.

3. Pruebas de suficiencia cultural.

3.1. Lenguaje.

3.2. Matemáticas.

3.3. Ciencias naturales.

3.4. Ciencias sociales.

3.5. Constitución Española.

4. Programas y textos.

Hasta tanto no se edite el texto por la Imprenta-Escuela de Huérfanos de la Guardia Civil, las materias objeto del programa podrán estudiarse por los libros correspondientes a Graduado Escolar –primer nivel–, editados por el Ministerio de Educación, Centro Nacional de Educación Básica a Distancia (CENEBAD).

Lenguaje

Comunicación y Lenguaje

– Medios de comunicación social.

– Factores que intervienen en la comunicación.

– El código factor esencial en la comunicación. Tipos de códigos.

– Clases de comunicación.

Fonética y Fonología

– Sonido, fonema y letra.

– Sílaba. Clases de sílabas.

– División de las palabras por el número de sílabas.

– Diptongo, triptongo, hiato.

– Clases de diptongos.

La palabra

– ¿Qué es? Su estructura.

– Monemas, lexemas y morfemas.

– Morfemas libres y trabados.

– Desinencias verbales.

La oración

– El sintagma: Concepto.

– La oración: Concepto y características.

– Estructura de la oración: El sintagma sujeto y el sintagma predicado.

El nombre

– El sintagma nominal: Concepto y elementos.

– El nombre: Concepto.

– Género y número de los nombres.

– Clases de nombres.

El pronombre

– Concepto y clases.

Determinantes

– ¿Qué son los determinantes?

– Utilidad de los determinantes.

– Clases de determinantes.

El adjetivo calificativo

– Definición y concepto.

– Adjetivos especificativos: ¿Qué son?

– Adjetivos explicativos: ¿Qué son?

– Accidentes gramaticales del adjetivo calificativo.

El verbo

– El predicado verbal: Concepto y su estructura.

– El verbo: Concepto.

– Los accidentes verbales: ¿Cuáles son?

– Las formas no personales: ¿Cuáles son?

– La conjugación: ¿Cómo se conjugan los tiempos simples y compuestos de los verbos?

– Verbos regulares e irregulares: ¿Qué son?

– Verbos aparentemente irregulares.

– Conjugación de los verbos haber y ser.

– Conjugación de los verbos modelos de la primera, segunda y tercera conjugación.

Partes invariables de la oración

– ¿Qué son? ¿Cuáles son?

– El adverbio: Concepto.

– División del adverbio por su forma y por su significación.

– La preposición y la conjunción: Concepto.

– Semejanzas y diferencias entre la conjunción y la preposición.

– La interjección: Concepto y clases.

Reglas de ortografía

– Signos de entonación.

– Uso de las letras mayúsculas.

– El acento: Sus regias.

– Uso de la tilde diacrítica.

– La tilde en diptongos y triptongos.

– La tilde en: él, tú y mí.

– La tilde en: éste, ése y aquél.

Dictado

– Deberá realizarse un dictado de unas 10 a 12 líneas de un texto normal.

Ciencias naturales

Seres de la naturaleza

– Seres vivos e inertes.

– Características y constitución de los seres vivos.

– La célula: Concepto, estructura y funciones.

Los vegetales

– Diferencia entre vegetales y animales,

– Función y órganos de nutrición de las plantas.

– La fotosíntesis.

– La raíz, el tallo y las hojas: Estructura y funciones.

Origen de la vida y evolución de las especies

– Origen de la vida.

– Evolución de las especies.

– Evolución del hombre.

– La herencia biológica.

Los animales

– Clasificación de los animales.

– Animales invertebrados: Enumeración.

– Animales vertebrados.

– Características de los peces, anfibios, reptiles, aves y mamíferos.

El hombre

– Aparato digestivo: Organos y funciones.

– Aparato respiratorio: Organos y funciones.

– Aparato circulatorio: El corazón y los vasos sanguíneos. Movimientos del corazón.

– Aparato excretor: Los riñones.

Funciones de relación

– Partes del cuerpo humano.

– Los huesos: Composición, forma y estructura. Principales huesos.

Los músculos: Clases, forma y estructura. Principales músculos.

– El sistema nervioso: Organos de que consta.

Los sentidos

– Vista: El ojo: Constitución, órganos auxiliares y defectos del ojo.

– Oído: Constitución y funcionamiento.

– Tacto: La piel: Constitución y funciones.

– Olfato: Constitución y funcionamiento.

– Gusto: Localización y funcionamiento.

La función de reproducción

– Aparato reproductor masculino y femenino.

– La fecundación.

Nociones básicas sobre nutrición

– Diferencia entre alimentación y nutrición.

– Nutrientes energéticos: Hidratos de carbono, proteínas y grasas.

– Nutrientes no energéticos: Agua, vitaminas y elementos minerales.

Nociones básicas sobre la energía y su procedencia

– La energía: Concepto y tipos.

– Fuentes de energía.

El calor y la temperatura

– Formas de transmitirse el calor.

– Concepto de temperatura y su medida.

La luz

– Procedencia y propiedades de la luz.

Ciencias sociales

La tierra

– La tierra en el universo.

– La tierra como planeta: Eje, paralelos y meridianos.

– Localización de un punto sobre la superficie de la tierra.

– Movimientos de la tierra: Rotación y traslación,

– Distribución de tierras y mares: Continentes, islas y archipiélagos.

– Los grandes océanos: Movimientos del mar. Aguas continentales.

El relieve y representación de la tierra

– Formas de relieve: Montañas, mesetas, depresiones y llanuras.

– La erosión.

– Los mapas y los planos topográficos.

El clima y su influencia en España

– Elementos del clima.

– Factores de clima.

– Los vientos: Clases.

– Masas de aire que regulan el clima en España: Los anticiclones y los ciclones.

– Influencia en el clima de los mares que bañan el territorio español, así como su relieve.

– Tipos de clima y de vegetación de España.

La población en el mundo

– Población: Número de habitantes y su distribución, tanto en el mundo como en España.

– Densidad.

– Razas, lenguas y grandes religiones.

España y su situación en el mundo

– Situación, límites y extensión de España.

– La Península como puente geográfico e histórico.

– Formación del relieve.

– Grandes cordilleras y picos más importantes.

– El litoral español: Características y accidentes más importantes.

Hidrografía de la Península Ibérica

– Características generales de nuestros ríos.

– Vertientes y ríos principales.

– Aprovechamiento de los ríos.

La economía en España

– La agricultura: Características, estructura y política agraria.

– La ganadería: Su importancia. Clases de ganado.

– La industria: Estuctura, fuentes de energía y materias primas de la industria. Sectores industriales.

– La explotación forestal y la pesca: Su importancia.

Regiones naturales

– Localización y rasgos más destacados de cada una de ellas en cuanto a su orografía, hidrografía, clima, economía, comunicaciones y población.

– La España insular: Archipiélagos canario y balear: Situación e islas más importantes.

Europa

– Situación y límites: Extensión.

– Cordilleras y ríos más importantes.

– Población: Países, lenguas, razas y número de habitantes; religiones mayoritarias.

– Los dos grandes bloques económicos.

Iberoamérica

– Límites, cordilleras y ríos más importantes.

– Población: Razas y lenguas.

– Bases de la economía.

Historia de España

– Nociones generales de los principales hechos históricos de España.

Matemáticas

ARITMETICA

Teoría de conjuntos

– Conceptos de conjuntos.

– Representación de conjuntos: Diagrama de Venn.

– Definición de elementos de un conjunto.

– Relación de pertenencia a un conjunto.

– Formas de definir un conjunto: Extensión y comprensión.

– Clases de conjuntos: Unitario, vacío, iguales y disjuntos.

Números naturales

– Concepto.

– Sistema de numeración decimal.

– Adición.

– Sustracción.

– Multiplicación.

– División.

– División inexacta o entera.

– Casos particulares de la división:

– División por la unidad seguida de ceros.

– Práctica de la división.

– Potencia.

– Radicación: Raíz cuadrada. Cálculo de la raíz cuadrada de números mayores de 100.

Números racionales positivos

– Concepto de fracción: Fracciones especiales.

– Reducción de fracciones a común denominador.

– Comparación de fracciones.

– Número racional.

– Adición:

– Con igual denominador.

– Con distinto denominador.

– Sustracción:

– Con igual denominador.

– Con distinto denominador.

– Multiplicación.

– División.

Números decimales

– Concepto.

– Operaciones con números decimales:

– Adición.

– Sustracción.

– Multiplicación.

– División.

Magnitudes y sistema métrico decimal

– Concepto de magnitud.

– Medida de longitudes.

– Sistema métrico decimal:

– Unidades de longitud.

– Unidades de peso.

– Unidades de capacidad.

– Unidades de superficie.

– Unidades de volumen.

Reglas de tres

GEOMETRIA

Conceptos geométricos fundamentales

– Plano y semiplano.

– Líneas en el plano: Recta, semirrecta y segmento.

– Concepto de ángulo.

– Clasificación de los ángulos.

– Angulos de vértice común.

– Medida de ángulos.

– Angulos complementarios y suplementarios.

Polígonos

– Concepto de polígonos.

– Clasificación de los polígonos.

– Cuadriláteros.

– Triángulos.

Areas de polígonos

– Concepto de área.

– Areas de rectángulo, cuadrado y triángulo.

Circunferencia y círculo

– Circunferencia y círculo.

– Posiciones de una recta respecto de una circunferencia.

– Diámetro y radio de una circunferencia.

– Posiciones de dos circunferencias.

– Longitud de una circunferencia.

– Area del círculo.

La Constitución Española

– ¿Qué es la Constitución?

– ¿Cuál es la forma política del Estado español?

– Características del Estado español.

– Misiones encomendadas por la Constitución a las Fuerzas Armadas.

– ¿Qué garantías constitucionales se le reconoce a la persona en relación con la privación de libertad?

– ¿Qué requisitos se precisan para que se pueda celebrar una reunión en lugares de tránsito público? ¿Y para manifestaciones?

– Funciones que corresponden al Rey según la Constitución.

– ¿Qué son las Cortes Generales y qué potestad ejercen?

– ¿A quién representa el Congreso de los Diputados?

– ¿A quién representa el Senado?

– ¿Qué funciones encomienda la Constitución a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado?

– ¿Qué funciones encomienda la Constitución a la Policía judicial, los Tribunales de Justicia, Jueces y Fiscales?

– Los recursos constitucionales.

– Procedimientos para llevar a cabo reformas constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 06/07/1982
  • Fecha de publicación: 12/07/1982
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 3 del Real Decreto 3543/1981, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-1982-5901).
  • CITA Reglamento aprobado por Decreto 3087/1969, de 6 de noviembre (Ref. BOE-A-1969-1412).
Materias
  • Cuerpo de la Guardia Civil
  • Servicio Militar

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid