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Ilmo. Sr.: Calificado como aeropuerto de interés general, según Real Decreto 2858/1981, de 27 de noviembre, el de Seo de Urgel, por Resolución de la Subsecretaría de Aviación Civil, en el que se servirá tráfico internacional, este Ministerio, a tenor de lo previsto en el artículo 13 de las Ordenanzas de Aduanas, dispone:
Se establece un servicio de Aduanas en el aeropuerto de Seo de Urgel con habilitación para despachos y operaciones aduaneras, tanto de tráfico de pasajeros, como de mercancías. Dependerá de la Inspección y Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Seo de Urgel.
Queda facultada esa Dirección General para dictar las normas precisas para el desarrollo de lo dispuesto en la presente Orden.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 23 de junio de 1982.–P. D., el Subsecretario de Hacienda, Arturo Romaní Biescas.
Ilmo. Sr. Director general de Aduanas e Impuestos Especiales.
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