Content not available in English

You are in

Documento BOE-A-1982-14660

Orden de 28 de mayo de 1982 por la que se crea la Comisión asesora en materia de seguridad eléctrica.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 1982, páginas 16435 a 16435 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1982-14660
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1982/05/28/(4)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

Por Real Decreto 1613/1979, de 29 de junio, se crea la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial, entre cuyas competencias figura la preparación, redacción, actualización y control de aplicación de los Reglamentos y normas de seguridad para las industrias e instalaciones. Dichas competencias fueron atribuidas por Real Decreto 2000/1980, de 3 de octubre, a la Dirección General de Electrónica e Informática.

Dentro de la seguridad industrial ocupa un lugar destacado la seguridad en el campo de la producción, transformación, distribución y utilización de la energía eléctrica.

El constante progreso de la tecnología y la diversidad de máquinas e instalaciones existentes en el campo eléctrico aconsejan que intervengan, en la preparación y actualización de los correspondientes Reglamentos y normas de seguridad eléctrica como asesores de, la Administración aquellos sectores más relacionados con esta fuente de energía.

En su virtud, obtenida la previa aprobación de la Presidencia del Gobierno a que se refiere el artículo 130, 2, de la Ley de Procedimiento Administrativo, dispongo:

Primero.

1. Se crea la Comisión Asesora para la Seguridad Eléctrica, que dependerá orgánicamente de la Dirección General de Electrónica e Informática.

2. La creación y funcionamiento de esta Comisión no supondrá ningún incremento del gasto público.

Segundo.

Será función de dicha Comisión la de asesorar a la Dirección General de Electrónica e Informática en materia de Seguridad Industrial en cuanto se refiera a la Reglamentación sobre seguridad en el campo de la producción, transformación, distribución y utilización de energía eléctrica o en relación con otras disposiciones relacionadas con la misma e igualmente informar en todas aquellas cuestiones que el mencionado Centro directivo considere conveniente formular en relación con dicha seguridad.

Tercero.

La Comisión estará formada por un Presidente, dos Vicepresidentes, diecisiete vocales y un Secretario.

Cuarto.

Será Presidente de la Comisión el Director general de Electrónica e Informática, que podrá delegar en uno de los Vicepresidentes.

La Comisión tendrá dos Vicepresidentes, uno nombrado por el Director General de Electrónica e Informática y otro por el Director general de la Energía. Ambos nombramientos habrán de recaer necesariamente en funcionarios con categoría de Subdirector general.

Como vocales se designarán:

El Jefe del Servicio de Reglamentos Técnicos y Productos Peligrosos de la Subdirección General de Seguridad Industrial.

Un representante de la Dirección General de la Energía.

Un representante de la Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales.

Un representante de la Inspección General de Servicios del Ministerio de Industria y Energía.

Un representante de las Direcciones Provinciales de Industria y Energía.

Un representante del Comité del Plan Nacional de Electrificación Rural (PLANER).

Un representante de «Unidad Eléctrica, S. A.» (UNESA).

Un representante del Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia, dependiente de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de Madrid.

Un representante del Instituto Nacional de Racionalización y Normalización CIRANOR).

Un representante de la Asociación para la Investigación Eléctrica (ASINEL).

Un representante de la Asociación Electrotécnica Española.

Un representante del Servicio Comercial de Bienes de Equipo (SERCOBE).

Un representante de la Asociación Nacional de la Industria Electrónica (ANIEL).

Un representante de la Asociación para el desarrollo de las Aplicaciones de la Electricidad (ADAE).

Un representante de la Federación Nacional de Asociaciones de Instalaciones Eléctricas de España (FENIE).

Un representante de las Entidades colaboradoras, facultadas para la aplicación de la Reglamentación Eléctrica.

Un representante de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios.

Un Secretario, que será el Jefe de la Sección de Electrotecnia y Gases Combustibles del Servicio de Reglamentos Técnicos y Productos Peligrosos.

Quinto.

1. Los representantes de las Direcciones Generales serán designados por los titulares de dichas unidades administrativas.

2. Los representantes de la Inspección General de Servicios y de las Direcciones Provinciales de Industria y Energía serán designados por el Subsecretario del Departamento a propuesta del Director general de Electrónica e Informática.

3. Los representantes de las Entidades o Asociaciones serán designados por el Director general de Electrónica e Informática a propuesta de los Directores o Presidentes de las mismas.

Sexto.

Esta Comisión asesora se reunirá al menos una vez al año y en su seno podrán formarse grupos de trabajo para estudiar y proponer lo que proceda sobre temas concretos, pudiéndose solicitar, si fuese necesario, la colaboración de personas ajenas a la Comisión.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 28 de mayo de 1982.

BAYON MARINE

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Ministerio.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/05/1982
  • Fecha de publicación: 17/06/1982
  • Fecha de derogación: 19/03/1997
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA por Real Decreto 251/1997, de 21 de febrero (Ref. BOE-A-1997-5789).
Referencias anteriores
  • DESARROLLA Real Decreto 1613/1979, de 29 de junio (Ref. BOE-A-1979-15750).
  • CITA:
    • Real Decreto 2000/1980, de 3 de octubre (Ref. BOE-A-1980-21535).
    • Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Dirección General de Electrónica e Informática
  • Energía eléctrica
  • Ministerio de Industria y Energía

subir

State Agency Official State Gazette

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid