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Advertidos errores en el texto remitido para su publicación de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 106, de fecha 4 de mayo de 1982, páginas 11298 y 11299, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Página 11299, en el artículo 5.º, punto 1, donde dice: «La Comisión Permanente estará constituida por el Subsecretario de Defensa, el Director general de Armamento y Material, el Secretario general para Asuntos Económicos, los representantes de la Junta de Jefes de Estado Mayor de cada uno de los Ejércitos que forman parte de la Comisión y el Secretario de ésta, que actuará como Secretario de la misma.», debe decir: «La Comisión Permanente estará constituida por los siguientes miembros de la Comisión El Subsecretario de Defensa, el Director general de Armamento y Material, el Secretario general para Asuntos Económicos, el representante de la Junta de Jefes de Estado Mayor, el de cada uno de los Ejércitos y el Secretario que actuará como tal en la misma.».
En el artículo 5.º, punto 2, apartado 2.ª, donde dice: «Conocer los informes preceptivos que ha de emitir la Dirección General de Armamento y Material, de conformidad con lo establecido en la Orden de 6 de noviembre de 1978.», debe decir: «Conocer los informes preceptivos emitidos por la Dirección General de Armamento y Material, de conformidad con lo establecido en la Orden de 6 de noviembre de 1978 ».
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