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Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido para la supresión de los Juzgados de Paz de Junta del Río de Losa y Junta de San Martín de Losa, como consecuencia de la fusión voluntaria de sus municipios en uno solo, con la denominación de Valle de Losa, y con capitalidad en El Cañón (Burgos),
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta formulada por el Consejo General del Poder Judicial, y teniendo en cuenta lo establecido en la base primera de la Ley de 19 de julio de 1944, ha acordado la supresión de los Juzgados de Paz de Junta del Río de Losa y Junta de San Martín de Losa, con la denominación de Valle de Losa, y con capitalidad en El Cañón, el que se hará cargo de la documentación y archivo de los Juzgados de Paz suprimidos; una vez que se construya el edificio para sede del nuevo Juzgado, que radicará mientras tanto en la sede provincial que se fije por la Sala de Gobierno de la Audiencia Territorial de Burgos.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios gaurde a V. I. muchos años.
Madrid, 31 de diciembre de 1981.–P. D., el Subsecretario, Antonio Gullón Ballesteros.
Ilmo. Sr. Secretario Técnico de Relaciones con la Administración de Justicia.
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