Contingut no disponible en valencià
Ilustrísimos señores:
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 883/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica del Fondo de Regulación y Organización del Mercado de los Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM), y en uso de las atribuciones que me confiere la disposición final primera del mismo, para la determinación de unidades administrativas con nivel orgánico de Sección y de Negociado, necesarias para su funcionamiento.
Con la aprobación de la Presidencia del Gobierno, he tenido a bien disponer:
Dependerá de la Presidencia del FROM la Inspección General, que estará compuesta por una plantilla de tres Inspectores, con nivel orgánico de Jefes de Sección, teniendo a su cargo la realización de las actuaciones necesarias, a fin de comprobar la correcta aplicación de las disposiciones que regulen las relaciones del FROM con terceros, así como la vigilancia del normal desarrollo de los contratos que hubiere concertado el Organismo, tramitando los expedientes a que hubiere lugar, en caso de incumplimiento.
Dependerán directamente de la Secretaría General las siguientes unidades:
1) La Vicesecretaría General.
a) Sección de Régimen Interior:
– Negociado de Habilitación.
– Negociado de Personal, Material. Registro, Archivo e Información.
b) Sección de Programas Técnicos y de Tramitación:
– Negociado de Estudio, Aplicaciones y Estadística.
– Negociado de Acuerdos Contratos y Convenios.
2) Dirección de los Servicios Técnicos.
a) Sección de Cultivos Marinos:
– Negociado de Intensivos.
– Negociado de Extensivos.
b) Sección de Pesquerías:
– Negociado de «Especies» Pelágicas.
– Negociado de «Especies» Demersales.
Dependerán de la Administración General:
1) Servicio de Programación Financiera.
a) Sección de Planificación:
– Negociado de Recursos.
– Negociado de Costos.
b) Sección de Coordinación:
– Negociado de Financiación Marisquera y Cultivos Marinos.
– Negociado de Financiación Pesquera.
2) Servicio de Gestión Financiera.
a) Sección de Operaciones Financieras:
– Negociado de Operaciones Directas.
– Negociado de Entidades Ejecutivas.
b) Sección de Análisis de Resultados.
– Negociado de Control.
– Negociado de Liquidación.
Hasta tanto se apruebe la plantilla orgánica del Fondo de Regulación y Organización del Mercado de los Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM) y, a resultas de lo que en ella se determine, los puestos de trabajo del Organismo podrán ser cubiertos por funcionarios de carrera, tanto de la Administración del Estado como de sus Organismos autónomos, en situación de activo o supernumerario, según proceda.
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 29 de octubre de 1981.
LAMO DE ESPINOSA
Ilmos. Sres. Subsecretario de Agricultura, Subsecretario de Pesca y Presidente del FROM.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid