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Documento BOE-A-1981-25495

Orden de 5 de octubre de 1981 sobre recepción provisional o definitiva de obras.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 2 de noviembre de 1981, páginas 25666 a 25666 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1981-25495
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1981/10/05/(4)

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: El Real Decreto 2534/1980, de 21 de noviembre, establece en su artículo 6.º, apartado 5, que los Inspectores generales podrán desarrollar la actividad de recepción provisional o definitiva de obras ejecutadas con el presupuesto que se determine en el plan de actividades de la Inspección y, en todo caso, las superiores a 100.000.000 de pesetas.

Considerando lo dispuesto en la normativa citada y el contenido, en relación con la materia, de la legislación general de contratos del Estado, se hace conveniente dictar normas que establezcan el modo de proceder respecto de la recepción provisional o definitiva de las obras competencia del Departamento o de los Organismos' autónomos adscritos al mismo.

En su virtud, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Los Inspectores generales del Departamento desempeñarán las funciones de facultativos designados por la Administración contratante a los efectos previstos por la legislación de contratos del Estado sobre la recepción provisional o definitiva de las obras competencia del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, cuyo presupuesto de ejecución supere los 50.000.000 de pesetas. Este límite deberá figurar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 7.º del Real Decreto 2534/1980, de 21 de noviembre, en los planes de actividades de la Inspección.

Segundo.

Los Delegados provinciales del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo designarán a los correspondientes facultativos, a los efectos de recepción provisional o definitiva de las obras, competencia del Departamento, cuyo presupuesto no supere los 50.000.000 de pesetas. En el ámbito de actuación propio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña, dicha designación será efectuada por el Jefe de la misma.

Tercero.

Los Organismos autónomos adscritos al Departamento podrán solicitar de la Inspección General la recepción provisional o definitiva de obras de su competencia, cuyo presupuesto de ejecución supere los 50.000.000 de pesetas.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II,

Madrid, 15 de octubre de 1981.

ORTIZ GONZALEZ

Ilmos. Sres. Subsecretarios, Secretario general Técnico, Directores generales. Delegados provinciales y Presidentes o Directores de Organismos autónomos adscritos al Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 05/10/1981
  • Fecha de publicación: 02/11/1981
  • Fecha de derogación: 20/06/1988
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el artículo 6 apartado 5 del Real Decreto 2534/1980, de 21 de noviembre (Ref. BOE-A-1980-25559).
Materias
  • Contratación de la Administración del Estado
  • Contratación de la Administración Institucional
  • Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
  • Obras

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