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Documento BOE-A-1981-18087

Orden de 30 de julio de 1981 por la que se desarrolla el Real Decreto de reestructuración de la Subsecretaría de Pesca.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 1981, páginas 18386 a 18387 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca
Referencia:
BOE-A-1981-18087
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1981/07/30/(8)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

El Real Decreto 845/1981, de 8 de mayo, por el que se reestructura orgánicamente a niveles superiores la Subsecretaría de Pesca, dependiente del Ministerio de Agricultura y Pesca, autoriza en la disposición final primera a este Departamento a dictar las, normas complementarias necesarias para su desarrollo, al efecto de completar su plena capacidad organizativa a niveles inferiores, cumpliendo los criterios de racionalidad administrativos, de operatividad y distribución funcional de trabajos entre los distintos Órganos de la Administración del Estado, y sin que esta estructuración produzca incremento del gasto público, cumplimentando lo dispuesto en el artículo 30, punto 4, de la Ley 74/1980, de Presupuestos Generales del Estado para 1981.

En uso de tales facultades, previo informe del Ministerio de Hacienda y con la aprobación de la Presidencia del Gobierno de acuerdo con lo previsto en el apartado 2, artículo 130, de la Ley de Procedimiento Administrativo, este Ministerio ha dispuesto:

Artículo 1.

La Dirección General de Ordenación Pesquera se estructura orgánicamente en las siguientes Unidades:

1. Subdirección General de Ordenación Económico-Pesquera.

1.1 Sección de Gestión Económica y Comercial.

‒ Negociado de Estadística y Presupuestos.

‒ Negociado de Análisis Económico.

1.2 Sección de Estímulos a la Inversión.

‒ Negociado de Primas, Divisas y Subvenciones.

2. Subdirección General de Ordenación de la Flota Pesquera.

2.1 Sección de Ordenación y Planificación de la Flota.

‒ Negociado de Regulación y Planificación de la Flota.

‒ Negociado de Apoyo técnico e Infraestructura Pesquera.

2.2 Sección de Reestructuración de la Flota.

‒ Negociado de Planes de Reestructuración de las Flotas.

3. Subdirección General de Ordenación Marítimo-Pesquera y Cofradías de Pescadores.

3.1 Sección de Regulación de la Pesca Marítima y Comisiones Permanentes de Pesca.

‒ Negociado de Ordenación, de la Pesca y Comisiones Permanentes de Pesca.

‒ Negociado de Tecnología e Investigación Pesquera.

‒ Negociado de Comisión Permanente de la Pesca del Mediterráneo.

3.2 Sección de Ordenación y Reglamentación Marisqueras y de Cultivos Marinos.

‒ Negociado de Establecimientos, Concesiones y Autorizaciones de Marisqueo y Cultivos Marinos.

‒ Negociado de Reglamentación Marisquera y de Cultivos Marinos.

3.3 Sección de Cofradías de Pescadores y otras Corporaciones.

‒ Negociado de Cofradías de Pescadores.

‒ Negociado de Asociaciones, Cooperativas del Mar, Tripulaciones y Delegaciones Periféricas.

Artículo 2.

La Dirección General de Relaciones Pesqueras Internacionales se estructura orgánicamente en las siguientes unidades:.

1. Subdirección General de Relaciones Pesqueras Internacionales en la Zona Norte.

1.1 Sección de Europa.

‒ Negociado de Países CEE.

‒ Negociado de Países no Comunitarios.

1.2 Sección de Organismos Multilaterales no Regionales.

‒ Negociado de Organizaciones y Conferencias.

‒ Negociado de Comisiones Pesqueras.

1.3 Sección de América del Norte.

‒ Negociado de Canadá.

‒ Negociado de Estados Unidos y Méjico.

2. Subdirección General de Relaciones Pesqueras Internacionales en la Zona Sur.

2.1 Sección de Países Árabes e Indico.

‒ Negociado de Países del Magreb.

‒ Negociado de Mauritania y otros Países.

2.2 Sección de África Subsahariana.

‒ Negociado de Senegal y otros Países.

‒ Negociado de Sudáfrica y Namibia.

2.3 Sección de Países de América Central y Sur.

‒ Negociado de América Central y Caribe.

‒ Negociado de América del Sur.

Artículo 3.

El Gabinete Técnico, con nivel orgánico de Subdirección General, se estructura orgánicamente en las siguientes unidades:

1. Sección de Asuntos Generales y Régimen Interior.

‒ Negociado de Registro General e Información.

‒ Negociado de Material y Archivos.

2. Sección de Gestión Económica.

‒ Negociado de Expedientes Administrativos.

‒ Negociado de Contratación y Suministro.

3. Sección de Administración Financiera.

‒ Negociado de Ejecución y Control Presupuestarios.

‒ Negociado de Gestión de Pagos.

Artículo 4.

El Servicio de Inspección y Vigilancia Pesquera se estructura orgánicamente en las siguientes unidades:

Sección de Planes de Inspección.

‒ Negociado de Información y Servicios.

‒ Negociado de Actas y Expedientes.

‒ Negociado de Plataforma Continental, Lonjas y Cultivos Marinos.

Articulo 5.

La Inspección General de Enseñanzas Profesionales Náutico-Pesqueras, con nivel orgánico de Subdirección General, se estructura orgánicamente en las siguientes unidades:

1. Sección de Planificación y Organización de Centros Docentes.

‒ Negociado de Ordenación de Enseñanzas Náutico-Pesqueras.

‒ Negociado de Planificación, Mantenimiento y Dotación Técnico-Docente.

2. Sección de Registro y Titulaciones Profesionales Marítimo-Pesqueras.

‒ Negociado de Personal Marítimo-Pesquero.

‒ Negociado de Registro, Inscripción y Titulaciones Marítimo-Pesqueras.

Artículo 6.

1. Se crean en la Secretaria General Técnica del Ministerio de Agricultura y Pesca las siguientes unidades:.

‒ Dependiendo del Servicio de Análisis Estadísticos de la Subdirección General de Análisis Sectorial, la Sección de Estadística Pesquera, de la que dependerá un Negociado de Estadística.

‒ El Negociado de Informática Pesquera, adscrito al Servicio de Informática.

2. Dependiendo orgánicamente de la Oficialía Mayor del Departamento y adscrito a la Sección de Pagos y Rendiciones de Cuentas, se crea el

‒ Negociado de Contabilidad y Gestión de Pagos de Personal Varios.

Articulo 7.

La Intervención Delegada en el Ministerio de Agricultura y Pesca se estructura en las siguientes unidades:

1. Servicio de Agricultura.

1.1 Sección de Contabilidad.

‒ Negociado de Contabilidad General.

‒ Negociado de Contabilidad Mecanizada.

2. Servicio de Pesca.

2.1 Sección de Contabilidad y Fiscalización.

‒ Negociado de Contabilidad.

‒ Negociado de Fiscalización de Gastos.

Al frente de dicha Intervención estará el Interventor Delegado asistido por los Jefes de Servicio creados por el Real Decreto 845/1981, de 8 de mayo, los cuales, además de su propio cometido, tendrán el carácter de Interventores-Delegados adjuntos.

Artículo 8.

La Asesoría Económica, creada por Orden de la Presidencia del Gobierno de 9 de junio de 1978, estará adscrita orgánicamente a la Subsecretaría de Pesca, sin perjuicio de su dependencia funcional de la Presidencia del Gobierno.

Disposición adicional.

Quedan derogados los artículos 2.º, 3.º y 5.º de la Orden del Ministerio de Comercio, de 8 de enero de 1973, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden, que entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 30 de julio de 1981.

LAMO DE ESPINOSA

Ilmo. Sr. Subsecretario de Agricultura

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/07/1981
  • Fecha de publicación: 11/08/1981
  • Fecha de entrada en vigor: 11/08/1981
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 238, de 5 de octubre de 1981 (Ref. BOE-A-1981-22480).
Referencias anteriores
  • DEROGA los arts. 2, 3 y 5 de la Orden de 8 de enero de 1973 (Ref. BOE-A-1973-60).
  • DESARROLLA el Real Decreto 845/1981, de 8 de mayo (Ref. BOE-A-1981-10953).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 130, apartado 2 de la Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
  • CITA:
Materias
  • Dirección General de Ordenación Pesquera
  • Dirección General de Relaciones Pesqueras Internacionales
  • Ministerio de Agricultura y Pesca
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de Agricultura y Pesca
  • Subsecretaría de Pesca

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