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Documento BOE-A-1981-14566

Orden de 28 de junio de 1981 por la que se prorroga la de 7 de agosto de 1980 para la campaña azucarera 1981/1982.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 30 de junio de 1981, páginas 14929 a 14929 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca
Referencia:
BOE-A-1981-14566
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1981/06/28/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

La Orden del Ministerio de Agricultura de 7 de agosto de 1980 daba continuidad durante la campaña remolachera 1980/1981, a las Comisiones de Cultivadores y Fabricantes Azucareros, arbitrando las medidas necesarias para ello, de acuerdo con la Orden ministerial de 22 de diciembre de 1978. Próxima a finalizar la campaña 1980/1981, y siendo necesario para el desarrollo de la nueva campaña 1981/1982 la presencia de los Organos de diálogo interprofesionales, tanto de carácter central como zonal, este Ministerio, con el fin de dar continuidad a las Comisiones Central y de Zonas, y en virtud de las facultades concedidas en la disposición final tercera del Real Decreto 1577/1980, de 31 de julio, por el que se regulan las campañas azucareras 1981/1982 a 1983/1984, tiene a bien disponer.

Artículo 1.

Se prorroga la Orden ministerial de 7 de agosto de 1980 para la campaña azucarera 1981/1982.

Artículo 2.

Se faculta a la Dirección General de Industrias Agrarias para desarrollar las normas de funcionamiento necesarias, así como, dictar cuantas instrucciones sean precisas para el cumplimiento y desarrollo de la presente Orden y para resolver las incidencias que puedan producirse en la aplicación de la misma.

Artículo 3.

Quedan derogadas cuantas, disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo preceptuado por la presente Orden ministerial.

Lo digo a VV. II. a los efectos oportunos y comunicación a los interesados.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 28 de junio de 1981.

LAMO DE ESPINOSA

Ilmos. Sres. Subsecretario de Agricultura y Director general de Industrias Agrarias.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/06/1981
  • Fecha de publicación: 30/06/1981
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PRORROGA modifican los arts. 2 y 3, por Orden de 22 de octubre de 1982 (Ref. BOE-A-1982-27845).
  • SE DESARROLLA por Resolución de 30 de junio de 1981 (Ref. BOE-A-1981-15654).
Referencias anteriores
  • PRORROGA Orden de 7 de agosto de 1980.
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final tercera del Real Decreto 1577/1980, de 31 de julio (Ref. BOE-A-1980-16458).
  • CITA Orden de 22 de diciembre de 1978 (Ref. BOE-A-1978-285).
Materias
  • Azúcar

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