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Ilustrísimos señores:
Con el fin de orientar la redacción de los proyectos de Centros de Educación Especial, asegurando la debida uniformidad en la distribución de espacios educativos y asignando a los mismos las superficies que se consideran más adecuadas a su uso, a propuesta del Instituto Nacional de Educación Especial se han preparado los programas de necesidades que cumplen esta misión atendiendo a la experiencia adquirida durante estos últimos años y a los criterios educativos vigentes.
La redacción de los programas se ha orientado de forma que queden suficientemente determinadas las superficies y espacios correspondientes a las diversas dependencias de los Centros, pero dejando el margen conveniente que permita contar con la labor creativa de los autores de los proyectos, de forma que quede asegurada al mismo tiempo esta importante aportación de la necesaria correlación entre la disposición general de los edificios y los fines educativos a que se destinen.
En su virtud, este Ministerio ha dispuesto lo siguiente:
Aprobar los programas de necesidades anejos ala presente disposición y que servirán de base a partir de la publicación de esta orden para la redacción de los proyectos de Centros de Educación Especial.
Autorizar a la Junta de Construcciones, Instalaciones y Equipo Escolar para dictar las instrucciones que considere necesarias para el cumplimiento de la presente orden ministerial.
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 26 de marzo de 1981.
ORTEGA Y DIAZ-AMBRONA
Ilmos. Sres. Director general del Instituto Nacional de Educación Especial, Director general de Programación e Inversiones y Presidente de la Junta de Construcciones, Instalaciones y Equipo Escolar.
1. Consideraciones generales
1.1 Los Centros de Educación Especial han de contemplar, como premisa esencial, su condición de educacionales y, en función de los objetivos a cubrir, llevar integradas distintas actividades. En ningún caso han de concebirse como Centros hospitalarios o asistenciales, ya que no habrán de incluir escolares afectados de forma grave, profunda o con necesidades prioritariamente clínicas.
1.2 Se han fijado tres módulos de Centros, para 50, 100 y 200 puestos escolares, aunque se acepta el hecho de que en determinados casos, debidamente justificados, serán necesarias soluciones intermedias. Se señala como límite máximo de capacidad de los Centros el de 200 puestos escolares, y sólo en casos muy excepcionales podrán considerarse Centros de 300 puestos, cuyo módulo será igual al programa de 200. En este supuesto, las variaciones afectarían al número de aulas, aseos y, en la misma proporción, a baños, sala de estar y dormitorios, en caso de llevar internado. El número de aulas se establece sobre la base de la flexibilidad que se impone en este tipo de Centros, por lo que cada una de ellas ha de tener una capacidad media de 10/12 puestos escolares.
1.3 La alta calidad que requiere la Educación Especial para conseguir un mayor rendimiento de los Centros aconseja una especialización en determinadas deficiencias, con Centros dedicados solamente a ellas y que se atendrán al programa de necesidades concreto que en cada caso establezca el Instituto Nacional de Educación Especial.
No obstante, una mayor economía y una más adecuada utilización de recursos personales y equipos podría aconsejar la promoción de Centros polivalentes en ciertas localidades con escaso censo, barriadas de grandes capitales, zonas de concentración, etcétera, para los cuales se dicta la presente instrucción.
1.4 También se contemplan en estas instrucciones las residencias o internados para los escolares de los Centros de Educación Especial. Se recomienda que dichos internados no superen más del 40 por 100 de la capacidad del Centro, con el fin de que el alumno interno tenga la suficiente relación con el exterior a través de sus propios compañeros que asistan al Centro en régimen de externado. Estas instrucciones se recogen en el apartado 7 del presente documento.
1.5 Con el fin de que los Centros sean accesibles a escolares minusválidos motóricos, en el apartado 6 se dan instrucciones de supresión de barreras arquitectónicas para aquellos Centros especializados en esta deficiencia. No obstante, cuándo el Centro sea polivalente, se recomienda que en las plantas bajas de los edificios se proyecten parte de las dependencias propias del Centro y del internado accesibles a este tipo de alumnos, dejando el resto de las plantas para los alumnos con otro tipo de deficiencia.
1.6 Las cifras que se fijan para cada Centro como superficie de los diferentes espacios y locales se consideran útiles y deberán respetarse muy exactamente. En la superficie destinada a circulaciones quedan incluidas las correspondientes a vestíbulo principal y de plantas, pasillos y escaleras.
2. Instrucciones generales
2.1 Superficies de los solares. Las superficies de los solares destinadas a Centros de Educación Especial se determinarán por el INEE en cada caso. Como orientación, se indican las superficies que se consideran adecuadas para cada tipo de Centros.
Metros cuadrados | |
---|---|
Centro de 50 puestos escolares: | |
Sin internado | 3.000 |
Con internado. | 3.500 |
Centro de 100 puestos escolares: | |
Sin internado | 4.500 |
Con internado. | 5.000 |
Centro de 200 puestos escolares: | |
Sin internado | 7.000 |
Con internado. | 8.000 |
Centro de 300 puestos escolares: | |
Sin internado. | 8.500 |
Con internado. | 11.000 |
2.2 Aprovechamiento del solar. El proyectista deberá estudiar el máximo aprovechamiento racional del solar, no sólo para facilitar las juegos de los niños, sino porque es necesario contar con espacios libres que permitan futuras ampliaciones o nuevas construcciones con el tratamiento del terreno que, en su caso, se considere adecuado.
2.3 Cumplimiento de disposiciones legales. Los proyectos deberán cumplimentar, además de las presentes normas, todas las disposiciones legales vigentes que puedan afectar a los mismos en función de las características propias de la edificación que se proyecte.
2.4 Elección de materiales e instalaciones. En general, en la elección de los diferentes materiales e instalaciones se tendrá en cuenta que las condiciones técnicas propias garanticen una adecuada durabilidad con un gasto mínimo de conservación.
Se procurará emplear en la construcción materiales, elementos, equipos y sistemas que estén amparados por distintivos de calidad oficialmente reconocidos.
Asimismo se cuidará especialmente la securización de todos aquellos elementos e instalaciones que puedan ofrecer peligro para los alumnos.
2.5 Criterios de economía. En la concepción del proyecto debe presidir un criterio de economía, por lo que deberán evitarse soluciones que incrementen el gasto sin la debida justificación, realizando el estudio de la estructura e instalaciones de forma racional para evitar encarecimientos innecesarios. También se seleccionarán los materiales y sistemas constructivos de forma que se garantice la óptima calidad que corresponde a este tipo de construcciones, dentro de la debida austeridad.
2.6 Flexibilidad de redistribución. En general, los Centros de Educación Especial deberán proyectarse en base a una retícula modular que permita la máxima flexibilidad de redistribución de locales. Para ello, los solados deberán ser continuos. Los maineles modulares de la carpintería de fachada serán de ancho suficiente para recibir, en su caso, los tabiques. La colocación de puntos de luz, calefacción, etc., se dispondrá dentro de la retícula modular, de manera que cualquier cambio de distribución por módulos no interfiera a dichas instalaciones. En conjunto, las plantas deberán ser de traza sencilla y sin formas exteriores o interiores que predeterminen una organización concreta de difícil cambio.
2.7 Facilidad de ampliación. Se tendrá muy en cuenta, en la concepción del proyecto, el facilitar la posible ampliación de los Centros con el mínimo de dificultades constructivas y de distribución.
2.8 Altura de la edificación. La altura de la edificación será de una o dos plantas, salvo en los casos singulares, suficientemente justificados, en que expresamente se autorice con tres.
2.9 Altura libre de los locales. La altura libre de todos los espacios docentes será de 2,80 metros. En el gimnasio la altura libre será de 4,00 metros.
2.10 Aislamiento del terreno. Los suelos de las plantas bajas de la edificación se proyectarán sobre un forjado que quede separado del terreno un mínimo de 0,20 metros, formando una cámara debidamente ventilada. Se exceptúan los talleres de mayor dimensión, que deberán proyectarse con solera para soportar cargas de máquinas-herramientas. Se pondrá especial atención en resolver la no transmisión de humedades por capilaridad.
2.11 Aislamiento térmico. A efectos de aislamiento térmico de la edificación se atendrá a lo establecido en el Real Decreto 2429/1979, de 6 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 22 de octubre), por el que se aprueba la NBE-C. T./79.
2.12 Aislamiento acústico. Los proyectos deberán adecuarse a lo establecido en las «Normas Acústicas en la Edificación» del Instituto E. Torroja para edificaciones de la categoría B.
2.13 Ventilación e iluminación naturales. La ventilación e iluminación naturales directas son obligatorias para todos los locales.
2.14 Instalación eléctrica. El nivel de iluminación artificial en el plano de trabajo del alumno deberá ser del orden de unos 300 lux. La instalación se dispondrá de forma que pueda conectarse a nivel mitad (unos 150 lux), para utilizarse como iluminación complementaria. Los aparatos de iluminación no deberán empotrarse, debiendo ir los tubos vistos.
En los circuitos eléctricos las tomas de corriente estarán protegidas con toma de tierra y mecanismo adecuado de protección.
Se proyectará la correspondiente instalación de alumbrado de emergencia de acuerdo con el vigente Reglamento de Baja Tensión.
Todos los mecanismos a los que tengan acceso los escolares deberán ser del tipo de seguridad.
2.15 Calefacción. El sistema de calefacción será centralizado y se calculará por él proyectista en función de las condiciones climáticas.
La capacidad del depósito del combustible deberá ser suficiente para asegurar el funcionamiento, de la calefacción un mínimo de cuarenta y cinco días y dispondrá de las instalaciones adecuadas que permitan el normal aprovisionamiento de combustible.
El cálculo de las instalaciones se realizará en conformidad con la norma UNE 24045, en forma que garantice, en función de las demás características del edificio, una temperatura general de + 18° C y de + 14° C en vestíbulos, pasillos y zonas de circulación. La temperatura superficial del paramento más frío de un local no se diferenciará más de cuatro grados centígrados de la del ambiente de dicho local, excepto en ventanales.
La calefacción de la vivienda del subalterno, al igual que la del internado, en el caso de estar programado, deberá funcionar con independencia de la del Centro.
Estos Centros, que necesitan incluir en su dotación el baño de alumnos sucios, necesitan asimismo que esta dependencia esté dotada de agua caliente, para lo cual deberá incluirse en el proyecto, en cada baño de este tipo, un termo eléctrico de agua caliente con capacidad para 50 litros.
Asimismo, en la zona de duchas de los vestuarios se instalará un sistema do calentamiento de agua con capacidad proporcionada al número de duchas.
2.16 Canalización de las instalaciones. Todas las conducciones deberán ir preferentemente vistas y señalizadas según las normas UNE, procurando que sean de difícil acceso a los alumnos. Se tendrá en cuenta la necesaria separación de protección entre canalizaciones paralelas de cualquier instalación y las de conducción eléctrica.
2.17 Protección contra el rayo. Se considerará la necesidad de protección del edificio a los efectos del rayo y, en su caso, se proyectará la instalación adecuada.
2.18 Teléfono. Se proyectará la canalización de teléfono con tomas en el despacho del Director, Secretaría y uno de los despachos. Se proyectará igualmente canalización para la instalación de un teléfono público en la zona docente, sala de Profesores y en el internado.
2.19 Todos los Centros dispondrán como mínimo de dos escaleras convenientemente situadas y distanciadas entre sí, de forma que faciliten al máximo las circulaciones verticales y, en su caso, una rápida evacuación del Centro.
El ancho libre de las mismas deberá ser del orden de 1,50 metros.
Obligatoriamente deberán proyectarse mesetas intermedias con longitud igual o mayor que el ancho de la escalera.
En los casos en que la solución adoptada para las escaleras implique un mayor peligro para los escolares deberán protegerse los laterales en toda su altura.
En todo caso y con independencia de la protección exigida en el punto 2.21, en ambos lados de la escalera se proyectará un pasamanos a una altura de 0,90 metros, con el fin de dar mayor autonomía a los alumnos.
2.20 Ventanas y puertas. El tamaño de las ventanas deberá ponderarse en función de la iluminación, ventilación y superficie de enfriamiento-calentamiento, concediendo especial importancia a que el nivel de iluminación natural de las aulas sea suficiente y uniforme.
La solución proyectada para las ventanas debe permitir la limpieza de cristales desde el interior del edificio. Son recomendables los sistemas, de corredera sin paños fijos o similares.
La calidad mínima del vidrio de ventanas será de cristanina.
Todos los huecos exteriores de ventanas deberán ir dotados de persianas enrollables al exterior o procedimiento similar.
En aquellos casos en que la situación del Centro aconseje su protección se proyectarán rejas en los huecos de planta baja. Se estudiará que algunas de las rejas, convenientemente situadas, sean practicables para permitir una posible evacuación de emergencia.
Las ventanas dispondrán de un sistema de cierre tal que nunca puedan quedar bloqueadas. En todo caso, deberán disponer de mecanismos de cierre de seguridad no accesibles a los alumnos.
2.21 Protección de huecos. Las ventanas o huecos, así como escaleras, contarán con un antepecho o barandilla no menor de 1,20 metros de altura. Por debajo de la altura de protección no habrá huecos de dimensión mayor de 12 centímetros, ranuras a ras del suelo mayores de cinco centímetros, ni elementos que permitan escalar el antepecho o barandilla.
2.22 Pasillos y paramentos interiores. El fincho de los pasillos de circulación será del orden de dos metros.
Ninguna dependencia deberá tener servidumbre, de paso a otros locales.
Todos los paramentos interiores irán tratados, hasta una altura de 1.65 metros, con un material de la dureza suficiente como para resistir las acciones fuertes de golpes, rozaduras, arañazos, etc., teniendo en cuenta que sean superficies lisas y de fácil limpieza. Se protegerán las aristas verticales de los revestimientos con guardavivos.
Los pasillos deberán llevar un pasamanos a una altura aproximada de 0,90 metros.
2.23 Cubierta. Se cuidará la elección de la cubierta en función de la climatología de la localidad donde se ubique el Centro y atendiendo especialmente a su conservación Se deberá proyectar forjado en la planta de cubierta, que, salvo razones muy justificadas, deberá ser inclinada con cámara de aire ventilada.
Se deben evitar en la cubierta las limahoyas horizontales y los petos de coronación de fachadas que comporten una solución de canalón interior por los problemas de conservación que presentan.
2.24 Suelos. Las superficies de los suelos deberán ser de material no deslizante y de una consistencia tal que minimice a resistencia al movimiento de una silla de ruedas. El suelo del gimnasio y la sala de rehabilitación de fisioterapia serán de pavimento blando.
3. Condiciones particulares de los locales
3.1 Zona de Dirección y Administración. La zona de Dirección y Administración deberá proyectarse en planta baja, situándola de forma que no se interfiera con las circulaciones de otras zonas. El espacio de Secretaría se situará directamente comunicado con el vestíbulo principal a través de un mostrador.
En todas las dependencias de la zona deberá instalarse como mínimo un enchufe de 200 voltios.
3.2 Aulas. La iluminación natural de las aulas se situará en el paramento de mayor longitud. La profundidad del aula no será superior a los 6,30 metros, excepto cuando cuente con iluminación natural directa por ambos paramentos opuestos.
Las puertas de paso a las aulas serán de 0,90 metros de ancho libre. En las aulas se recomienda disponer alguna solución que facilite la renovación del aire sin enfriamientos bruscos del local y sin corrientes de aire, como es la de dotarlas de registros que permitan la aireación superior.
Las aulas irán dotadas de dos enchufes con mecanismo de seguridad, situados en los extremos de una de las diagonales del aula.
El tabique de separación de las aulas con el pasillo deberá llevar una cristalera, de forma que facilite la visión desde fuera.
3.3 Pretalleres y talleres Los pretalleres y talleres son los espacios donde los alumnos van a realizar en distintos grados o niveles una manualización o aprendizaje práctico de una tarea o una especialidad profesional. En tal sentido a los efectos del proyecto, habrán de merecer la misma denominación de taller tanto el espacio donde funcionan las máquinas-herramientas la sala de aprendizaje de corte y confección o alfarería como la unidad de enseñanzas domésticas o la de simple mientas, la sala de aprendizaje de corte y confección o alfaretarse como cualquier otra del Centro, es decir, que su nombre no indica el que constructivamente estos locales se traten como una nave industrial. Si deberá tenerse en cuenta que los talleres y pretalleres deben situarse en planta baja, con el fin de poder colocar máquinas y herramientas pesadas, por lo que el forjado de planta baja debe sustituirse por solera debidamente aislada de las humedades del terreno.
Dentro de la superficie asignada a talleres y pretalleres se proyectará un almacén y depósito de material de unos 15 metros cuadrados, así como dos aseos, uno para cada sexo.
En todos los talleres y pretalleres se proyectará una instalación perimetral de electricidad con enchufes repartidos cada cinco metros aproximadamente, con voltaje para 380 voltios y un amperaje de 25 amperios, con independencia de los enchufes normales de 220 voltios.
Igualmente se proyectará, cada cinco metros aproximadamente una instalación perimetral de agua con tomas de agua y desagüe de piletas.
Se instalarán mecanismos de seguridad de desconexión de la red.
Los elementos de separación entre pretalleres y talleres deberán ser de tipo mampara para facilitar su redistribución en caso necesario.
3.4 Cocina-oficio. La cocina y oficio deberán situarse inmediatos al comedor y siempre con acceso directo desde el exterior. Los aseos del personal de servicio de esta zona no deberán tener acceso directo desde la cocina.
En las cocinas escolares la aireación y ventilación deberán estar aseguradas permanentemente y las instalaciones y locales donde se utilicen combustibles gaseosos tendrán la ventilación específica necesaria para evitar peligro de intoxicación o de explosión por acumulación de posibles escapes.
Se proyectará la distribución del equipo a instalar en la zona dedicada a cocina-oficio, que constará de cocina exenta, una marmita, una freidora, una mesa caliente, una máquina universal, una lavadora, secadora, lavavajillas y frigorífico, todos ellos de tipo industrial, así como la, instalación adecuada para un arcón congelador.
En los Centros con internado y en el cuarto de lavandería y plancha se preverá la instalación adecuada para una planchadora de tipo industrial.
Este equipo no se puede incluir en presupuesto, pero sí se incluirán las instalaciones que se requieran para su funcionamiento. Siempre deberá incluirse y presupuestarse la campana de humos.
En el paramento mas conveniente de la cocina y del oficio se incluirán sendas poyatas corridas de mármol de unos 0,50 metros de fondo y 0,85 metros de altura, dedicando la parte baja a armarios. En la poyata de la cocina se alojará un fregadero de ollas y un fregadero de dos senos. Asimismo en la poyata del oficio se alojará una pila fregadero de dos senos.
Se proyectarán en el suelo los desagües necesarios para higiene y seguridad.
Se proyectará un lavabo próximo al área de preparación de alimentos.
Los aseos del personal de servicio serán uno otra cada sexo, con vestíbulos de entrada y dotados de un inodoro y un lavabo cada uno.
3.5 Aseos. Los aseos de alumnos de cada sexo se proyectarán con la dotación de dos inodoros y un lavabo pileta por aula.
Estos aseos se distribuirán en cada planta, en proporción al número de aulas de la misma, separados por sexos y considerando igual número teórico de alumnos que de alumnas. En los aseos masculinos la mitad de los inodoros se sustituirán por doble número de urinarios murales.
Se instalarán asideros en paramentos laterales próximos a los aseos, duchas e inodoros a una altura de 0,90 metros.
Junto al núcleo de aseos de cada planta se incluirá un pequeño cuarto de limpieza dotado de una pileta vertedero.
En cada planta se dispondrá de un cuarto de baño completo para cada sexo y su número aumentará en función de la capacidad del Centro; su dotación será: baño, inodoro, bidé y lavabo. El baño deberá ser redondo o cuadrado, se situará a una altura aproximada de un metro del suelo y deberá ser exento o bien adosado a una sola de las paredes.
Igualmente se instalarán asideros en paramentos laterales próximos al baño, inodoro, bidé y lavabo a una altura de 0,90 metros.
Los vestuarios-aseos para la zona del gimnasio constarán de las siguientes dotaciones:
Vestuario-aseo masculino: Seis duchas, tres lavabos-pileta, dos inodoros y cuatro urinarias murales.
Vestuario-aseo femenino: Seis duchas, tres lavabos-pileta y cuatro inodoros.
Dentro de esta zona se proyectará un pequeño despacho con aseo propio, dotado de inodoro, lavabo y ducha para el profesor de Educación Física.
La dotación de los aseos de Profesores de cada planta y los de la zona de Administración se proyectará para cada sexo con un inodoro y un lavabo cada uno.
En los aseos de alumnos se estudiará una especial fijación de todos los aparatos sanitarios y en particular de los lavabos-pileta, que asegure su inamovilidad frente a cargas o golpes de importancia. Como una solución aconsejable se indica la de apoyar los lavabos entre sendos tabicones laterales.
El lavabo-pileta debe servir a varios usos además de lavabo de manos, a saber: beber agua con facilidad; lavado de útiles de dibujo o de actividad manual, llenado de recipientes etc.; por ello deberá situarse a una altura algo inferior a lo normal y elegirse el modele adecuado.
La grifería correspondiente a las duchas deberá proyectarse en uno de sus laterales en vez de en el paramente frontal, de forma que pueda ser manejada desde fuera sin necesidad de mojarse.
Las puertas de las cabinas de los ascos deberán tener mecanismos de clausura interior, pero con posibilidad de apertura exterior en caso de emergencia. Deberán ripiarse espacios libres en la parte superior e inferior de las puertas.
En todos los núcleos de aseos se dispondrá un sumidero central con las debidas pendientes del solado.
3.6 Vivienda del subalterno. La vivienda del subalterno deberá tener acceso directo desde el exterior con una absoluta independencia para no interferir las tareas docentes, pero con comunicación directa con el Centro para facilitar la misión de vigilancia. En general dispondrá de estar-comedor, tres dormitorios, cocina y baño completo. Además se le dotará de un patio privado de unos 30 metros cuadrados, libre de vistas. Tanto la entrada desde el exterior como su comunicación con el Centro deberá realizarse a través de vestíbulos.
3.7 Ubicación de las diferentes zonas y servicios. Los Centros podrán construirse en planta baja o dos plantas, como se apuntó en el punto 2.8. Esto dependerá del número de alumnos y de las características del terreno.
En cuanto a la ubicación de las diferentes zonas y servicios y con carácter general se hacen las siguientes indicaciones:
3.7.1 Zona docente:
Aulas. Se proyectarán el 25 por 100 de los espacios destinados a aulas en la planta baja y habrán de ser reservadas para alumnos que, por diversas causas, presenten trastornos motóricos; el resto podrán ubicarse en planta primera y serán destinadas a los alumnos afectados por otro tipo de deficiencia.
Sala de actividades diversas. Se ubicará en planta baja y próxima a la bajada de alumnos con el fin de utilizarla en caso necesario como recreo cubierto y pueda igualmente ser utilizada para salón de actos.
Pretalleres y talleres. Dado que estos servicios pueden requerir maquinaria pesada, habrán de instalarse en planta baja, como se ha dicho en el punto 3.3.
Reeducación y rehabilitación. Los espacios destinados a reeducación y, logopédica se proyectarán en la planta de mayor contingencia de aulas y a ser posible en espacio central.
En cuanto al servicio de rehabilitación, para los Centros de 100 y 200 plazas se instalará en planta baja y próximo a las aulas reservadas a motóricos.
Gimnasio. Se proyectará siempre en planta baja.
3.7.2 Zona de Dirección y Administración. Se proyectará en planta baja, con el fin de que las visitas o gestiones a realizar por personal ajeno al Centro no interfieran en el normal funcionamiento del resto de los servicios.
Los espacios destinados a despachos se instalarán lo más alejados posible del resto de los servicios de esta zona.
Se exceptuará de esta planta el espacio destinado a Jefe de Estudios (Centros de 100 y 200 puestos escolares) y sala de Profesores y biblioteca, que se ubicarán en la planta y zona próximas a las aulas.
3.7.3 Zona de servicios generales. Los diferentes espacios que componen esta zona se proyectarán íntegramente en planta baja.
Los aseos de alumnos de esta zona se situarán próximos al comedor y con entrada por este servicio.
Los aseos del personal de servicio deberán situarse cerca de la cocina-oficio.
3.7.4 Zona de internado o residencia. En el caso de que el Centro que se vaya a construir lleve residencia, se proyectará ésta en módulo aparte anexo al Centro educacional.
Podrá construirse, al igual que el resto del Centro, en una o dos plantas; la distribución será de forma que la comunicación sea interior y los servicios de agua, calefacción, luz, etc., puedan funcionar de manera independiente al resto de los servicios del Centro.
Dormitorios alumnos. Se proyectarán en planta baja o alta, pero de forma que el resto de servicios correspondientes a un grupo de Cuidador quede completo.
Dormitorios cuidadores. Deberán proyectarse en el Centro de los dormitorios del grupo de alumnos que le corresponda con el fin de facilitar la vigilancia.
Sala de estar alumnos. Se ubicará en lugar próximo al grupo de dormitorios correspondiente.
Baños completos y aseos. Se instalarán igualmente en un espacio próximo al grupo de dormitorios.
Enfermerías. Habrán de ser espacios alejados del resto de dormitorios y junto a los demás servicios de esta zona: dormitorio do Enfermera y baños.
Sala de visitas. Se ubicará siempre en planta baja.
Almacén de lencería, lavandería y plancha. Habrá de proyectarse en planta baja.
5. Urbanización, jardinería y cerramiento del solar
5.1 Se incluirá la urbanización del terreno escolar en su totalidad dentro de un costo prudencial y dedicando especial atención a la zona representativa. Una zona amplia del terreno libre del solar deberá pavimentarse para el juego de los niños.
Debe proyectarse un acceso de vehículos suficientemente grande como para que puedan pasar los autobuses escolares y un aparcamiento alejado de la entrada de peatones con tantas plazas como aulas tenga el Centro.
5.2 Los Centros dispondrán de una acera de un metro de ancho a lo largo de todo su perímetro.
5.3 La jardinería se deberá proyectar procurando un bajo costo de mantenimiento y deberá incluirse la correspondiente red de riego.
5.4 Deberá proyectarse el cerramiento completo del solar con puerta de vehículos y de peatones, tratando con mayor cuidado el correspondiente a la zona más representativa y procurando que en su conjunto sea de aspecto ligero. La altura total de cerramiento no será inferior a 1,80 metros.
6. Supresión de barreras arquitectónicas
6.1 En conformidad con lo dicho en el apartado 1.5, a continuación se indican las instrucciones que deberán tenerse en cuenta para conseguir la supresión de barreras arquitectónicas en aquellos Centros dedicados a deficientes motóricos. No obstante se recuerda lo dicho en el referido punto para los Centros que se dediquen a distintas especialidades o polivalentes, en el sentido de que se deben destinar las plantas bajas de los edificios para los locales destinados a minusválidos motóricos y destinar el resto del edificio para los alumnos con otro tipo de deficiencia.
6.2 La pendiente de las rampas no debe superar el 11 por 100 las interiores y el 8 por 100 las exteriores. Deben disponerse pasamanos.
6.3 Las escaleras constituyen el gran problema del impedido, por lo que es conveniente disponer otro medio de comunicación vertical con ascensores o rampas. En las escaleras la tabica no debe ser superior a 15 centímetros y la huella debe ser de 32 centímetros. Son precisos los pasamanos, al menos en uno de los lados, los cuales deben prolongarse unos 40 centímetros a partir del último escalón.
6.4 Es aconsejable que las puertas sean de bisagras y no correderas o giratorias.
Las puertas de los aseos (duchas y W. C.) no deben abrir hacia dentro.
6.5 Los lavabos no deben tener pie, a fin de que puedan ser utilizados desde una silla de ruedas, y su borde superior no debe rebasar los 80 centímetros.
6.6 Al proyectar las dependencias en general debe tenerse muy presente que el radio de giro de una silla de ruedas es aproximadamente de 1,10 metros a 1,50 metros, según el usuario.
6.7 En el caso de proyectarse ascensores se recomienda que tengan dimensión suficiente para ser utilizados por personas en silla de ruedas. La cabina debe quedar al mismo nivel del descansillo y la ranura de separación ser suficientemente pequeña para evitar que las ruedecillas de las sillas se traben en ella.
6.8 Se colocarán pasamanos en cuartos de baño, aseos, vestuarios, duchas, pasillos, escaleras y rampas a una altura de 0,90 metros, al objeto de que los alumnos puedan gozar de cierta independencia.
6.9 Se proyectará por lo menos una de las puertas de acceso a nivel del suelo o provista de una rampa.
7. Instrucciones para los internados o residencias
7.1 Todas las condiciones e instrucciones anteriormente definidas son de aplicación para los internados o residencias escolares de los Centros de Educación Especial.
7.2 Como se ha dicho en el apartado 1.4, se recomienda que la capacidad de la residencia no supere el 40 por 100 de la totalidad del Centro docente por razones de relación interno-externo.
7.3 Cada grupo de residentes deberá tener un cuidador por cada veintiún alumnos internos. Estos grupos deberán formar núcleos independientes, y las dependencias necesarias son:
‒ Un cuarto de estar con 1,5 metros cuadrados por residente del grupo.
‒ Siete dormitorios de tres camas, a seis metros cuadrados por cama.
‒ Dos núcleos de aseos (niños, niñas), a 1,2 metros cuadrados por cama.
‒ Un dormitorio de Cuidador con antedespacho y baño completo, con una superficie de 20 metros cuadrados.
Cada núcleo de aseos deberá tener la dotación siguiente: Siete lavabos, tres inodoros y tres duchas. Además, por cada núcleo de 21 residentes se proyectarán dos baños completos, uno para cada sexo, de cinco metros cuadrados cada uno.
En la superficie destinada a los dormitorios queda incluida la correspondiente a circulación interna, así como un armario empotrado por cada cama, con unas dimensiones aproximadas de 0,90 por 0,60 metros.
7.4 En zona independiente de los dormitorios se proyectará una enfermería con las siguientes dependencias:
‒ Dos habitaciones, una para cada sexo, con capacidad cada una de dos camas en el Centro de 50 plazas y tres camas por habitación en el caso de Centros de 100 y 200 plazas, a razón de cinco metros cuadrados por cama.
‒ Dos baños completos, uno para cada sexo, con cinco metros cuadrados cada uno.
‒ Un dormitorio de Enfermera, con baño completo, de 15 metros cuadrados, incluido botiquín.
7.5 En la zona de residencia se dispondrá de una sala de visitas para los Centros de 50 y 100 plazas y de dos para el de 200 puestos escolares.
7.6 La zona de servicios generales del internado deberá ser la misma del Centro, añadiendo sólo el espacio destinado al almacén de lencería, lavandería y plancha.
7.7 En cada planta se proyectará un local para almacén y un pequeño cuarto de limpieza dotado de una pileta vertedero.
Se proyectarán porches cubiertos con una superficie de 100 metros cuadrados.
Se dispondrá de una pista polideportiva de 36 por 18 metros.
Se proyectarán porches cubiertos con una superficie de 100 metros cuadrados.
Se dispondrá una pista polideportiva de 36 por 18 metros.
Se proyectarán porches cubiertos con una superficie de 100 metros cuadrados.
Se dispondrá de una pista polideportiva de 36 por 18 metros.
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