Ilmo. Sr.: Vista la propuesta formulada por la Junta de Decanos de los Colegios Notariales de España, previa audiencia de la Junta de Patronato de la Mutualidad Notarial y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 286 del Reglamento Notarial, en su redacción dada por el Real Decreto 1689/1980, de 24 de julio.
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
1. Se aprueban los adjuntos modelos oficiales de Indices de Protocolos Notariales, cuyo tamaño coincidirá con el del papel timbrado notarial.
2. La vigencia de dichos modelos quedará provisionalmente limitada a los doce meses del presente año de 1981.
3. Con fecha tope 15 de noviembre del presente año la Junta de Decanos de los Colegios Notariales de España, previa audiencia de la Junta de Patronato de la Mutualidad Notarial, deberá remitir a este Ministerio una nueva propuesta, bien en el sentido de elevar a definitivos los modelos que ahora se aprueban, bien en el sentido de proponer las modificaciones que la experiencia o la posible adaptación a modernos procedimientos de mecanización aconsejen introducir.
Se faculta a la Dirección General de los Registros y del Notariado para dictar las disposiciones que precise la ejecución y aplicación de esta Orden.
Lo que digo a V I.
Dios guarde a V I. muchos años.
Madrid, 27 de enero de 1981.
FERNANDEZ ORDOÑEZ
Ilmo. Sr. Director general de los Registros y del Notariado.
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