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Ilustrísimo señor:
El Real Decreto 746/1980, de 21 de marzo, organizó la Oficina Presupuestaria de la Presidencia del Gobierno, disponiéndose que la misma estará integrada por el Servicio de Presupuestos y Programas. Como complemento de la citada disposición se hace necesario proceder a desarrollar su estructura con las Secciones y Negociados precisos para su eficaz funcionamiento.
En su virtud, previo informe favorable del Ministerio de Hacienda, este Ministerio a tenido a bien disponer:
El Servicio de Presupuestos y Programas se estructurará en las Secciones siguientes:
– Sección de Presupuestos y Programas, con dos Negociados.
– Sección de Evaluación y Seguimiento, con dos Negociados.
Se suprime la Sección de Presupuestos.
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 17 de noviembre de 1980.
ARIAS SALGADO Y MONTALVO
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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