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No se estima necesario el cargo de Secretario de la Delegación Española en el Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM), previsto en los artículos 3 y 4 de la Orden de 19 de enero de 1979, modificada por la de 10 de abril de 1980.
En su virtud, previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, dispongo:
Se suprime el cargo de Secretario de la Delegación Española en el Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM), previsto en el artículo 3 de la Orden de 19 de enero de 1979, que fue modificada por la de lo de abril de 1980, así como la referencia que de la atribución de este cargo se hace en su artículo 4.
Madrid, 13 de noviembre de 1980.
RODRIGUEZ SAHAGUN
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