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Ilmo. Sr.: De acuerdo con el informe emitido por la Comisión Permanente de la Junta Nacional de Universidades, a efectos de oposiciones, concursos de acceso, concursos de traslados y nombramientos de Tribunales para ingreso a los Cuerpos de Catedráticos Numerarios, Profesores agregados y Profesores adjuntos de Universidad, a que se refiere el Decreto 2211/1975, de 23 de agosto,
Este Ministerio ha dispuesto:
Se declaren equiparadas a las Cátedras y plazas de «Lingüística General» de las Facultades de Filología y Filosofía y Letras las siguientes disciplinas:
Gramática General y Critica Literaria.
Gramática General y Critica Literaria (Gramática Descriptiva del Español).
Gramática General de la Lengua Española.
Lengua Española.
A los efectos previstos en esta Orden se declaran análogas a las plazas de «Lingüística General» de las Facultades de Filología y Filosofía y Letras las siguientes:
Crítica Literaria.
Gramática Histórica de la Lengua Española.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 11 de julio de 1980.–P. D., El Director general de Ordenación Académica y Profesorado, Vicente Gandía Gomar.
Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Académica y Profesorado.
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