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Ilmo. Sr.: De acuerdo con el informe emitido por la Comisión Permanente de la Junta Nacional de Universidades, a efectos de oposiciones, concursos de acceso, concursos de traslados y nombramientos de Tribunales para ingreso a los Cuerpos de Catedrtáicos Numerarios, Profesores Agregados y Profesores Adjuntos de Universidad, a que se refiere el Decreto 2211/1975, de 23 de agosto,
Este Ministerio ha dispuesto:
A las plazas de Profesor agregado de «Farmacología bioquímica» de la Facultad de Medicina, se declaran equiparadas las siguientes disciplinas de la misma Facultad:
Farmacología experimental.
Farmacología (Farmacocinética).
Farmacología.
Farmacología (Farmacología y Terapéutica general).
Farmacología (Neuropsicofarmacología).
Farmacología (Farmacología experimental).
A los efectos previstos en esta Orden ministerial, se declaran análogas a las plazas de Profesor agregado de «Farmacología bioquímica» las siguientes disciplinas:
Terapéutica y Farmacología clínicas, y Bioquímica, ambas de la Facultad de Medicina.
Farmacognosia y Farmacodinamia, de la Facultad de Farmacia.
Farmacología, Terapéutica, Toxicología y Veterinaria legal, de la Facultad de Veterinaria.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 16 de abril de 1980.–P. D., el Director general de Ordenación Académica y Profesorado, Vicente Gandía Gomar.
Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Académica y Profesorado.
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