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Ilustrísimo señor:
La crisis energética mundial está obligando a adoptar medidas conducentes al ahorro de recursos energéticos. Uno de los campos en que se ha puesto de manifiesto la posibilidad de obtener sensibles ahorros de combustibles es el de la transformación de los sistemas propulsores de los buques, especialmente petroleros y portacontenedores rápidos, cambiando los equipos movidos por vapor por otros a base de motores de combustión interna.
El volumen de obra que representan las transformaciones mencionadas así como el elevado porcentaje de participación en el valor total de los nuevos equipos y materiales a incorporar, hace que sus características sean similares a las de la construcción de buques nuevos. Por ello, parece adecuado concederles un tratamiento análogo al que se viene dando a los buques de nueva construcción, tanto destinados a la exportación como a armadores nacionales.
En virtud de todo lo anterior, este Ministerio, haciendo uso de la autorización concedida en el apartado 9, del artículo noveno, del Decreto 1255/1970, de 16 de abril, por el que se regula la desgravación fiscal a la exportación, a propuesta del Ministerio de Comercio y Turismo, previos los dictámenes de los Ministerios de Industria y Energía y de Transportes y Comunicaciones y del Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación, ha tenido a bien disponer lo siguiente:
Tendrán derecho a la desgravación fiscal a la exportación las transformaciones de buques mercantes, tanto extranjeros como nacionales, consistentes en el cambio del sistema propulsor de turbinas de vapor por motores de combustión interna, efectuadas en astilleros nacionales.
La base de la desgravación se calculará en la misma forma que para los buques de nueva construcción, con destino a la exportación o a armador nacional, según sea el caso.
El beneficiario será la Empresa titular del astillero.
El tipo de desgravación será el 5 por 100.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 25 de enero de 1980.
GARCIA AÑOVEROS
Ilmo. Sr. Director general de Aduanas.
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