Contido non dispoñible en galego
Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido para la supesión del Juzgado de Paz de Lanuza, como consecuencia de la incorporación de su municipio al de Sallent de Gallego (Huesca),
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta formulada por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, y teniendo en cuenta lo establecido en la base primera de La Ley de 19 de julio de 1944, ha acordado la supresión del Juzgado de Paz de Lanuza y su incorporación al de igual clase de Sallent de Gallego, el que se hará cargo de la documentación y archivo del Juzgado de Paz suprimido.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 20 de agosto de 1979.
CAVERO LATAILLADE
Ilmo. Sr. Director general de Justicia.
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