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El punto 3 de la Orden ministerial de 28 de julio de 1978 dispone que «las Juntas Administradoras Delegadas constituidas en cada Cuartel General serán designadas por el Ministro de Defensa, a propuesta de los correspondientes Jefes de Estado Mayor, y estarán constituidas por personal perteneciente al Ejército, a la Armada y al Ejército del Aire, respectivamente».
Para no entorpecer el normal funcionamiento de las citadas Juntas Administradoras Delegadas con ocasión de ceses por ascensos o cambios de destino de sus componentes, se hace preciso fijar un procedimiento más ágil y eficaz.
Por ello se considera conveniente delegar la facultad de nombramiento de componentes de las Juntas en los respectivos Jefes de Estado Mayor.
En virtud, se dispone:
Delego la facultad de nombrar componentes de las Juntas Administradoras Delegadas del Fondo de Atenciones Generales del Ministerio de Defensa en los Cuarteles Generales en los respectivos Jefes de Estado Mayor, quienes, en cada caso, lo pondrán en mi conocimiento a través de la Subsecretaría de Defensa.
Madrid, 17 de mayo de 1979.
RODRIGUEZ SAHAGUN
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