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DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:
Se concede un crédito extraordinario de mil seiscientos ochenta y ocho millones sesenta y nueve mil ochocientas ochenta pesetas, aplicado al presupuesto en vigor de la Sección veinte, «Ministerio de Industria y Energía», Servicio cero uno, «Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales», concepto cuatrocientos cincuenta y tres, «A la "Empresa Nacional Bazán", para compensar las pérdidas del ejercicio mil novecientos setenta y, ocho, subvención a través del INI».
La financiación del crédito extraordinario se realizará con anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.
Se concede un crédito extraordinario por importe de mil seiscientos ochenta y ocho millones sesenta y nueve mil ochocientas ochenta pesetas, aplicado al presupuesto del Instituto Nacional de Industria, concepto cuatrocientos cincuenta y uno, «A la "Empresa Nacional Bazán", para compensación de pérdidas del ejercicio mil novecientos setenta y ocho.
La financiación del crédito extraordinario se realizará con incremento en el presupuesto de recursos de mil seiscientos ochenta y ocho millones sesenta y nueve mil ochocientas ochenta pesetas, aplicado al concepto cuatrocientos once, «Subvención a recibir del Estado para compensación de pérdidas del ejercicio mil novecientos setenta y ocho».
Por tanto,
Mando a todos los españoles particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio de la Zarzuela, Madrid, a uno de julio de mil novecientos ochenta y uno.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
LEOPOLDO CALVO-SOTELO Y BUSTELO
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