DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos sesenta y dos y sesenta y tres de la Ley del Patrimonio del Estado de quince de abril de mil novecientos sesenta y cuatro, se acuerda la enajenación del inmueble, propiedad del Estado, que a continuación se describe: Solar radicado en Sevilla, sitio denominado «El Juncal», con una superficie de dieciséis mil cuatrocientos cincuenta metros cuadrados, segregado de otro de mayor extensión, que linda: Norte, Sur y Oeste, con resto de la finca matriz; Este, con calle Alberche. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Sevilla número cuatro, al tomo mil sesenta, libro novecientos ochenta y cinco-tercera, folio ciento ochenta y cuatro, finca setenta mil novecientos noventa y uno, inscripción primera; autorizándose al Ministerio de Hacienda para su venta directa al Patronato de Casas para Funcionarios, Técnicos y Empleados del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.
El precio total de dicha enajenación es el de cuarenta y tres millones doscientas ochenta y nueve mil pesetas, cantidad a la que ha prestado su conformidad el Patronato adquirente.
Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites conducentes a la efectividad de cuanto se dispone en la presente Ley.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio Real, de Madrid, a ocho de octubre de mil novecientos ochenta.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
ADOLFO SUÁREZ GONZÁLEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid