DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:
Se concede un crédito extraordinario, por un importe de mil veintiún millones ciento tres mil trescientas seis pesetas, al Presupuesto en vigor de la Sección veinticuatro, «Ministerio de Transportes y Comunicaciones»; servicio cero cuatro, «Dirección General de Correos y Telecomunicaciones»; capítulo segundo, «Compra de bienes corrientes y de servicios»; artículo veintitrés, «Transportes y Comunicaciones»; concepto doscientos treinta y tres, «Transportes del correo aéreo a cargo de Empresas nacionales o extranjeras, tanto de servicio internacional como en el interior», durante el año mil novecientos setenta y nueve.
La financiación del crédito extraordinario se realizará con anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio Real, de Madrid, a ocho de octubre de mil novecientos ochenta.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
ADOLFO SUAREZ GONZALEZ
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