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Documento BOE-A-1980-25997

Ley 59/1980, de 8 de octubre, sobre concesión de un crédito extraordinario de 389.838.320 pesetas para satisfacer subvenciones de tráfico aéreo regular de pasajeros de las islas nacionales con las islas Canarias, correspondiente a 1978.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 2 de diciembre de 1980, páginas 26646 a 26646 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1980-25997
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1980/10/08/59

TEXTO ORIGINAL

DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo 1.

Se convalidan como obligaciones del Estado las contraídas por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones en el pasado ejercicio económico mil novecientos setenta y ocho, por un importe total de trescientos ochenta y nueve millones ochocientas treinta y ocho mil trescientas veinte pesetas, en exceso sobre los créditos presupuestarios, y relativas al transporte aéreo regular interior de pasajeros en las islas Canarias.

Artículo 2.

Se concede, para abono de dichas obligaciones, un crédito extraordinario de trescientos ochenta y nueve millones ochocientas treinta y ocho mil trescientas veinte pesetas, aplicado al Presupuesto en vigor Je la Sección veinticuatro, «Ministerio de Transportes y Comunicaciones»; servicio cero ocho, «Subsecretaría de Aviación Civil»; capítulo cuarto, «Transferencias corrientes»; artículo cuarenta y cinco, «A Empresas»; concepto cuatrocientos cincuenta y uno, «Para satisfacer la subvención al tráfico aéreo regular interior entre la península y las provincias de Canarias, según la legislación vigente», correspondiente a mil novecientos setenta y ocho.

Artículo 3.

Los recursos que financiarán el crédito extraordinario procederán de anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio Real, de Madrid, a ocho de octubre de mil novecientos ochenta.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno.

ADOLFO SUAREZ GONZALEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 08/10/1980
  • Fecha de publicación: 02/12/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 22/12/1980
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Materias
  • Canarias
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Transportes aéreos

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