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Documento BOE-A-1980-22030

Ley 48/1980, de 1 de octubre, sobre concesión de un suplemento de crédito, por un importe de 1.037.809.000 pesetas a favor de Ferrocarriles de Vía Estrecha para compensar el déficit de explotación de Ferrocarriles Catalanes, Ferrocarriles de Cataluña y Sarriá, Ferrocarriles y Suburbanos de Bilbao y FEVE.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 13 de octubre de 1980, páginas 22744 a 22745 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1980-22030
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1980/10/01/48

TEXTO ORIGINAL

DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo 1.

Se convalidan como obligaciones legales las contraídas con exceso de los créditos autorizados.

Artículo 2.

Se concede un suplemento de crédito por un importe de mil treinta y siete millones ochocientas nueve mil pesetas, aplicado al Presupuesto en vigor de la Sección veinticuatro, «Ministerio de Transportes y Comunicaciones», Servicio diez, «Ferrocarriles de Vía Estrecha» (FEVE); capitulo cuarto, «Transferencias corrientes»; articulo cuarenta y cinco, «A empresas y organismos autónomos de carácter comercial, industrial o financiero»; concepto cuatrocientos cincuenta y uno, «Subvención a Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE) para atender a la insuficiencia de productos de las líneas a su cargo, incluidas las de ejercicios anteriores no atendidos con la dotación presupuestaria para las mismas», destinado a cubrir el déficit de explotación.

  Pesetas
Ferrocarriles Catalanes. 174.228.000
Cataluña y Sarriá. 40.005.000
Ferrocarriles y Suburbano de Bilbao. 113.330.000
FEVE. 710.246.000
  1.037.809.000
Articulo 3.

El suplemento de crédito se financiará con anticipos del Banco de España al Tesoro Público.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio Real, de Madrid, a uno de octubre de mil novecientos ochenta.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno.

ADOLFO SUAREZ GONZALEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 01/10/1980
  • Fecha de publicación: 13/10/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 02/11/1980
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Materias
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Ferrocarriles de vía estrecha

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