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DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:
Se concede un crédito extraordinario de novecientos cincuenta y dos millones quinientas ochenta y una mil quinientas cinco pesetas, aplicado al Presupuesto en vigor de la Sección veinticuatro, «Transportes y Comunicaciones», Servicio cero uno, «Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales»; capitulo cuarto, «Transferencias corrientes»; artículo cuarenta y cinco, «A Empresas y Organismos Autónomos de carácter comercial, industrial y financiero»; concepto cuatrocientos cincuenta y uno, «Subvención al Consejo de Intervención de la Compañía Metropolitano de Madrid, a resultas de la liquidación final del déficit de explotación, ejercicio mil novecientos setenta y ocho, que deberá someter a la aprobación del Gobierno».
La financiación del crédito extraordinario se realizará con anticipos a financiar por el Banco de España al Tesoro Público.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio Real, de Madrid, a uno de octubre de mil novecientos ochenta.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
ADOLFO SUAREZ GONZALEZ
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