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DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA,
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:
Se concede un suplemento de crédito por importe de mil quinientos tres millones ochocientas cuarenta y cinco mil quinientas setenta y cinco pesetas al Presupuesto en vigor de la Sec-t ción dieciséis, «Ministerio del Interior»; servicio cero cinco, «Dirección General de la Guardia Civil»; capítulo dos, «Compra de bienes corrientes y de servicios»; artículo veinticuatro, «Dietas, locomoción y traslados»; concepto doscientos cuarenta y uno, «Para el pago de dietas, pluses e indemnizaciones por traslado forzoso al personal del Cuerpo, en las cuantías que legalmente corresponda».
El importe del mencionado suplemento de crédito se cubrirá con anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio Real, de Madrid, a veinticuatro de abril de mil novecientos ochenta.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
ADOLFO SUAREZ GONZALEZ
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