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Padecido error en la inserción de la mencionada Instrucción, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 146, de fecha 19 de junio de 1985, páginas 18925 y 18926, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el párrafo tercero, donde dice: «Para la consecución de tales, y, en virtud de las facultades ...», debe decir. «Para la consecución de tales fines, y, en virtud de las facultades...».
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