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Circular 4/1994, de 14 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre normas contables, obligaciones de información, determinación del valor liquidativo y coeficientes de inversión y operativos y actuaciones en las tasaciones de inmuebles de las Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 28/12/1994.
Entrada en vigor:
01/01/1995
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-1994-28725
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/1994/12/14/4/con

Texto consolidado: «Modificación publicada el 02/10/2008»

El correcto funcionamiento de las Instituciones de Inversión Colectiva Inmobiliarias hace conveniente el desarrollo de determinadas normas de carácter eminentemente técnico que recojan las peculiaridades de su funcionamiento desde diversas perspectivas. En este sentido, la presente Circular de la Comisión Nacional del Mercado de Valores viene a completar el marco regulador establecido para estas entidades.

Cabe citar la necesidad de regular unas normas contables y de valoración sectoriales que fijen las bases para la existencia de una información comparable y transparente, elemento de gran relevancia para los inversores. En la misma dirección, resulta imprescindible la adaptación de los contenidos de los informes trimestrales a socios y partícipes, teniendo en cuenta los activos en los que materializan sus inversiones. El establecimiento de normas relativas al cálculo del valor liquidativo de los Fondos de Inversión Inmobiliaria es un aspecto de singular importancia, toda vez que concreta los precios de suscripción y reembolso de sus participaciones, siendo en consecuencia determinante, tanto en las rentabilidades obtenidas por sus partícipes como en la existencia de la imprescindible equidad entre ellos. Por otra parte, la adecuada supervisión de estas instituciones exige la regulación de unas normas claras y operativas respecto a la medición de los diversos coeficientes que deben respetar. Finalmente, la especial naturaleza de las Instituciones de Inversión Colectiva Inmobiliaria hace necesario el desarrollo de ciertos aspectos relativos a los contenidos de sus certificados e informes de tasación.

Las normas contables incluidas en la presente Circular se circunscriben a aquellos aspectos para los que resulta indispensable el establecimiento de un régimen contable peculiar, poniendo especial énfasis en el tratamiento contable de las plusvalías y minusvalías de los inmuebles, el reconocimiento de gastos a distribuir en varios ejercicio, la activación de importes destinados a rehabilitaciones de inmuebles, la dotación de provisiones para insolvencias y las ventas de inmuebles.

Por su parte, los contenidos mínimos establecidos para los informes trimestrales se adaptan a la peculiar naturaleza de la inversión inmobiliaria. Al margen de incluir un detalle relativo a la inversión en inmuebles, se obliga a la inclusión de información referente al grado de ocupación de los activos, situación de morosidad, gastos de mantenimiento y resultados en ventas de inmuebles, entre otros aspectos.

Respecto a las partidas que deben considerarse a efectos del cálculo del valor liquidativo de los Fondos de Inversión Inmobiliaria, es destacable la exclusión, en relación a las normas en vigor para fondos de Inversión Mobiliaria, de determinados componentes marginales, debido a su escasa incidencia cuantitativa y al carácter de largo plazo que debe caracterizar la inversión en este tipo de entidades.

Los contenidos específicos de los informes y certificados de tasación realizados para Instituciones de Inversión Colectiva Inmobiliarias regulados en esta Circular vienen a completar lo dispuesto en su legislación general, con la finalidad de perfeccionar el aprovechamiento de ambos documentos en las labores de supervisión que tiene encomendadas la Comisión Nacional del Mercado de Valores en relación a las Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliaria.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha sido habilitada por el artículo 10.3 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 24 de septiembre de 1993, sobre Fondos y Sociedades de Inversión Inmobiliaria, para el establecimiento de las reglas contables específicas de dichas instituciones, así como las necesarias para el cálculo del valor liquidativo de los Fondos de Inversión Inmobiliaria. Asimismo, en el artículo 8.3 de dicha Orden se habilita a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para establecer la forma y contenido de los informes trimestrales de estas entidades, atendiendo a las peculiaridades resultantes de su régimen de inversiones y funcionamiento. Por su parte, el artículo 4.10 de la precitada Orden habilita a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para especificar los conceptos que integrarán el activo computable de los diversos coeficientes relativos a su régimen de inversiones y obligaciones frente a terceros. Por último, el punto 2.e) de la Norma 2.ª de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 30 de noviembre de 1994, sobre normas de valoración de bienes inmuebles para determinadas entidades financieras, habilita a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para dictar las disposiciones necesarias para su desarrollo a efectos de su aplicación para tasaciones destinadas a Instituciones de Inversión Colectiva Inmobiliarias.

En su virtud, el Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en su reunión del día 14 de diciembre de 1994, ha dispuesto:

Sección primera

Norma 1. Ámbito de aplicación.

1. La presente Circular regula las normas contables, los criterios de valoración y de determinación de resultados, las obligaciones de información y el cálculo de los límites de inversión y operativos de las Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliaria. Asimismo, se desarrollan diversos aspectos que afectan a la tasación de los bienes inmuebles integrados en el patrimonio de estas instituciones, y se establece el cálculo del valor liquidativo de las participaciones de los Fondos de Inversión Inmobiliaria.

2. Quedan sometidos a la presente Circular las Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliaria, definidos en el artículo 72 del Reglamento de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por Real Decreto 1393/1990, de 2 de noviembre, y modificado por Real Decreto 686/1993, de 7 de mayo.

Sección segunda. Normas contables y de valoración

Normas 2 a 8.

(Derogadas)

Sección tercera. Obligaciones de información y plazos de remisión

Norma 9. Clases y plazos de rendición de los estados contables y estadísticos.

(Derogada)

Norma 10. Informes trimestrales y estados de posición.

1. Las gestoras de los Fondos y las sociedades deberán elaborar un informe trimestral que contendrá como mínimo la información que se relaciona de forma resumida en el anexo II. El detalle de la información mínima exigida, en los apartados no especificados en el mencionado anexo, será el señalado en los informes trimestrales de las Instituciones de Inversión Colectiva financieras cuyo contenido se regula en la Circular 1/1991, de 23 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre el contenido de los informes trimestrales de las Instituciones de Inversión Colectiva a sus socios y partícipes. El informe se remitirá a la Comisión Nacional del Mercado de Valores en el plazo de un mes desde la conclusión de cada trimestre natural para su inclusión en el Registro administrativo correspondiente, al cual tendrá libre acceso el público.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, junto con la información reservada correspondiente al trimestre natural, y en el plazo previsto en la norma anterior, las sociedades gestoras de los Fondos y las sociedades remitirán, en el mismo soporte informático, pero con separación, los datos que, figurando en la citada información reservada, deban figurar también en la información que trimestralmente deben hacer pública y remitir a los partícipes, ya sean en sus mismos términos, ya sean deducidos de los mismos. La Comisión Nacional del Mercado de Valores no pondrá esta información a disposición del público hasta el día siguiente de la expiración del plazo a que se refiere el párrafo anterior o hasta el día de la recepción del resto de información pública, en el supuesto de que ésta se hubiera recibido antes de la expiración del referido plazo.

En caso de que dicha información no coincidiera con la finalmente incluida en el informe entregado a los partícipes o puesto a disposición de los socios, la gestora o la sociedad deberá comunicar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores las modificaciones pertinentes a los estados reservados, con mención de las causas que justifican tales modificaciones, en la fecha de remisión a la Comisión Nacional del Mercado de Valores del informe trimestral.

Durante el mes siguiente a la conclusión de cada trimestre natural, la gestora deberá remitir al partícipe con carácter gratuito los informes trimestrales que se publiquen.

2. La gestora o el depositario deberá remitir a cada partícipe, con una periodicidad no superior a los tres meses y en el plazo máximo de un mes desde la finalización del trimestre, un estado de posición en el Fondo. Si en un período no existe movimiento de suscripciones y reembolsos el envío del estado podrá posponerse al período siguiente y, en todo caso, será obligatoria la remisión del estado de posición del partícipe al final del ejercicio.

Norma 11. Información sobre tasaciones, forma y plazo de envío a la CNMV.

1. Envío de extractos de informes de tasación.-Las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva o las sociedades de inversión, en su caso, deberán remitir a la Comisión Nacional del Mercado de Valores los extractos de informes de tasación a los que se hace referencia en la Norma 15.ª 2, en relación a las tasaciones periódicas y las tasaciones previas a las ventas de inmuebles, siempre y cuando en el momento de la venta hayan transcurrido más de seis meses desde su última tasación.

2. Envío de información adicional.-Las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva o las sociedades de inversión, en su caso, deberán remitir a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la información adicional a la que se hace referencia en la Norma 16.ª En concreto:

Los parámetros técnicos utilizados por la sociedad tasadora para el cálculo de los tipos de actualización adoptados para la actualización de los flujos de caja de otros inmuebles en arrendamiento.

Cuando se trate de la venta de una parte del inmueble, el documento acreditativo del porcentaje que representa la parte vendida respecto al valor total del inmueble.

Cuando las gestoras de fondos de inversión inmobiliaria pretendan, haciendo uso de la facultad prevista en el artículo 19.3.b) de la Orden de 24 de septiembre de 1993, sobre fondos y sociedades de inversión inmobiliaria, alterar el valor de tasación dentro del límite allí previsto, un documento emitido por la sociedad tasadora en el que se consienta la alteración del valor de tasación y el valor resultante después de aplicar la variación.

Cuando se desee utilizar como tasación periódica una tasación previa aún válida, el documento que ratifique el valor de tasación del inmueble.

3. Envío del calendario de tasaciones.-Las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva o, en su caso, SII, deberán informar:

Del mes de adjudicación, en el calendario de tasaciones, de los nuevos inmuebles o derechos para los que resulte necesaria la tasación periódica, y

De las tasaciones intermedias que se vayan a efectuar.

4. Envío de información relacionada con informes de tasación con condicionantes:

4.1 Si el informe de tasación fuese emitido con condicionantes, y, en aplicación del artículo 88.b) de la Orden ECO/805/2003, se hubiese podido proceder a su levantamiento, el tasador deberá informar del hecho.

4.2 Si no fuese posible levantar el o los condicionantes con anterioridad al plazo señalado para el envío del extracto de informe de tasación, la SGIIC o sociedad de inversión, en su caso, deberá remitir a la CNMV el modelo INM03, que se detalla en el Anexo 3, razonando los motivos que han dado lugar a los condicionantes, las medidas a tomar y la fecha prevista para solucionarlo.

5. Periodicidad y plazo de envío:

5.1 La información a la que se hace referencia en los puntos anteriores se enviará mensualmente, siguiendo los modelos establecidos en la Sección Quinta, de acuerdo con los requisitos técnicos que determine la CNMV.

5.2 El envío de los documentos mencionados en los apartados 1 (extractos de informes de tasación), 2 (información sobre parámetros técnicos utilizados, porcentaje sobre la parte vendida en ventas parciales, consentimiento de la alteración en el valor de tasación y ratificación del valor de tasación) y 4.2 (motivos de los condicionantes, medidas a tomar y fecha prevista para solucionarlo) se efectuará a más tardar el día 30 del mes siguiente al que sea necesario realizar las tasaciones periódicas, o se haya realizado la adquisición o venta de inmuebles.

Cuando se realicen ventas parciales sucesivas de un mismo inmueble y la tasación se realice para el conjunto de las ventas parciales que se pretendan realizar, el plazo del párrafo anterior se referirá al de la primera venta parcial.

5.3 La información a la que se refiere el apartado 3 (calendario de de tasaciones) se enviará a más tardar el día 30 del mes siguiente al de incorporación de los nuevos inmuebles o derechos en el patrimonio del fondo, o al de la realización de las tasaciones intermedias.

5.4 La información referida en el apartado 4.1 (levantamiento de condicionantes) se enviará a más tardar el día 30 del mes siguiente al del levantamiento del condicionante.

6. Forma de envío.-La remisión de la información mencionada en los apartados 1 y 2 anteriores se realizará por vía telemática, en un envío único, a menos que se hubiese cambiado de sociedad tasadora, mediante el nuevo sistema CIFRADOC/CNMV, aprobado por Acuerdo del Consejo de la CNMV de 15 de septiembre de 2006, u otro similar, con doble firma por parte de la sociedad tasadora y sociedad gestora o sociedad de inversión. En este envío único se incorporará la información del apartado 4.1 siempre y cuando sea posible. De no ser así, se enviará dentro del envío del mes en el que se ha levantado el o los condicionantes, siguiendo el mismo sistema y doble firma anterior.

La remisión de la información mencionada en el apartado 3 y 4.2 se realizará por la misma vía, con firma de la sociedad gestora o sociedad de inversión.

El envío se realizará de acuerdo con los requerimientos técnicos establecidos en cada momento por la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

7. Envío de informes de tasación.-La Comisión Nacional del Mercado de Valores podrá solicitar en cualquier momento la remisión de los informes de tasación realizados para la finalidad contemplada en el apartado c) del artículo 2 de la Orden ECO/805/2003, en el plazo máximo de diez días hábiles.

Sección cuarta. Valor liquidativo y límites de inversión y operativos

Norma 12. Cálculo del patrimonio y valor liquidativo.

Los Fondos de Inversión Inmobiliaria calcularán el valor liquidativo de la participación mensualmente. El valor liquidativo de la participación será el resultado de dividir el valor del patrimonio entre el número de participaciones en circulación de ese día.

A estos efectos se computarán como patrimonio las siguientes partidas del Balance:

Patrimonio

Cuentas de los estados contables

Fondos propios

Pasivo A).

Diferencias positivas en moneda extranjera

Pasivo B).9.

Plusvalías latentes de cartera

Cuenta de Orden 1.1.

Plusvalías reconocidas

Cuenta de Orden 1.2.1.

Indemnizaciones previstas pendientes de confirmar

Cuenta de Orden 2.

Menos:

 

Amortizaciones de inmuebles

Activo B).3.6.1.

Efecto impositivo sobre plusvalías

Cuenta de Orden 1.3.

A los efectos de medición de coeficientes se considerará como patrimonio de las sociedades de inversión inmobiliaria las siguientes partidas de los estados contables:

Patrimonio

Cuentas de los estados contables

Fondos propios

Pasivo A).

Diferencias positivas en moneda extranjera

Pasivo B).9.

Plusvalías latentes de cartera

Cuenta de Orden 1.1.

Plusvalías reconocidas

Cuenta de Orden 1.2.1.

Indemnizaciones previstas pendientes de confirmar

Cuenta de Orden 2.

Menos:

 

Accionistas por desembolsos no exigidos

Activo A).

Amortizaciones de inmuebles

Activo B).3.6.1.

Acciones propias

Activo B).5.

Accionistas por desembolsos exigidos

Activo D).6.

Acciones propias a corto plazo

Activo D).9.

Efecto impositivo sobre plusvalías

Cuenta de Orden 1.3.

Norma 13. Medición del coeficiente de inversión.

1. A los efectos de determinar los coeficientes de inversión y de liquidez señalados en el artículo 4, apartados 1, 2 y 4, de la Orden de 24 de septiembre de 1993, sobre Fondos y Sociedades de Inversión Inmobiliaria, se considerará como activo computable, es decir, como denominador del coeficiente, el resultado de ajustar el patrimonio de cada uno de los meses del año calculado, según lo establecido en la Norma 12, sumando y restando las siguientes partidas:

Suma:

Acreedores con garantía hipotecaria (largo plazo): Pasivo D) 15.

Acreedores con garantía hipotecaria (corto plazo): Pasivo E) 21.

Participes (1): Pasivo A) 2.

(1) Se tomará el saldo correspondiente al mes que resulte de restar seis al actual o el saldo en la fecha de constitución, si la antigüedad del fondo es inferior a seis meses (siempre que sus respectivos saldos sean menores que el correspondiente al mes actual).

Restan:

Partícipes (2): Pasivo A) 2.

(2) Se tomará el saldo del mes actual del año en curso (siempre que sea mayor que el correspondiente al mes que resulte de restar seis al actual o el saldo en la fecha de constitución si la antigüedad del fondo es inferior a seis meses).

2. Se considerará como numerador del coeficiente de inversión mínima y máxima de inmuebles el valor estimado de los bienes inmuebles computables en los que se mantiene la inversión en cada uno de los meses del año, descontados en su caso el saldo de las cuentas «Minusvalías pendientes de desdotar» (en valor absoluto) y «Plusvalías pendientes de reconocer».

El numerador del coeficiente de liquidez se determinará sumando el valor estimado de realización de los valores de renta fija computables y el valor nominal de los depósitos y cuentas bancarias incluidos los correspondientes intereses devengados y no cobrados en el mes en cuestión.

Se entenderán computables los bienes inmuebles y activos financieros especificados en la Orden de 24 de septiembre de 1993, sobre Fondos y Sociedades de Inversión Inmobiliaria. De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.º, apartado 5, de la mencionada Orden, no resultan inversiones aptas para las Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliaria los inmuebles en construcción. A efectos de determinar el plazo remanente de amortización en el caso de valores con amortización anticipada opcional, se considerará la fecha de la última amortización prevista en la emisión.

Norma 14. Medición de las limitaciones operativas.

1. A efectos de determinar la limitación sobre el porcentaje, máximo del 20 por 100 que puede representar un inmueble en el momento de su adquisición, el activo total al que se refiere el artículo 4.º, apartado 3, de la Orden de 23 de septiembre de 1993, sobre Fondos y Sociedades de Inversión Inmobiliaria, es decir, el denominador del coeficiente, coincidirá con el patrimonio del mes anterior a la fecha de adquisición del inmueble en cuestión, calculado de la forma señalada en la Norma 12 de la presente Circular.

El numerador del coeficiente lo compondrá el coste de adquisición del inmueble en cuestión, considerándose como un único inmueble las partes integrantes de un mismo edificio. En este sentido, cuando se adquiera una parte de un edificio en un mes posterior a la adquisición de otras partes integrantes del mismo edificio, el numerador lo compondrá el coste de adquisición de la parte adquirida en el mes, más el valor estimado según la última valoración de las partes adquiridas con anterioridad.

2. A efectos de determinar la limitación del 25 por 100 en el arrendamiento de inmuebles a entidades o personas petenecientes a un mismo grupo, el activo al que se refiere el artículo 4.º, apartado 7, de la Orden de 23 de septiembre de 1993, sobre Fondos y Sociedades de Inversión Inmobiliaria, es decir, el denominador del coeficiente, coincidirá con el patrimonio del mes anterior a la fecha del inicio o renovación del último contrato de arrendamiento formalizado con entidades pertenecientes a un mismo grupo, calculado de la forma señalada en la Norma 12 de la presente Circular.

El numerador del coeficiente lo compondrá el valor estimado en el mes de inicio o renovación del contrato de arrendamiento, de la totalidad de inmuebles en propiedad de la institución arrendados a personas o entidades pertenecientes al mismo grupo, según lo establecido en el artículo 4.º de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.

3. A efectos de determinar la limitación del 20 por 100 en la rehabilitación de inmuebles, el activo al que se refiere el artículo 4.º, apartado 8, de la Orden de 23 de septiembre de 1993, sobre Fondos y Sociedades de Inversión Inmobiliaria, es decir, el denominador del coeficiente, coincidirá con el patrimonio del mes anterior a la fecha en que se calcula el coeficiente, calculado de la forma señalada en la Norma 12 de la presente Circular. Este coeficiente deberá calcularse cada mes que se inicien obras de rehabilitación de un inmueble.

El numerador del coeficiente lo compondrá el valor estimado de la totalidad de inmuebles en rehabilitación de la institución en el mes de inicio de la última rehabilitación. A estos efectos el concepto de rehabilitación considerado será el establecido en el punto III.5 del anexo 1 de la Orden de 30 de noviembre de 1994, sobre normas de valoración de bienes inmuebles para determinadas entidades financieras.

4. A efectos de determinar la limitación del 20 por 100 en la obtención de financiación hipotecaria para adquirir o rehabilitar inmuebles, el activo al que se refiere el artículo 5.º, apartado 2, de la Orden de 23 de septiembre de 1993, sobre Fondos y Sociedades de Inversión Inmobiliaria, es decir el denominador del coeficiente, coincidirá con el patrimonio del mes anterior a la fecha en que se mantengan saldos acreedores por financiación hipotecaria, calculado de la forma señalada en la Norma 12 de la presente Circular.

El numerador del coeficiente lo compondrá el saldo que en todo momento se mantenga en las cuentas de acreedores con garantía hipotecaria. Si como consecuencia de disminuciones patrimoniales se superara el límite del 20 por 100, la gestora o la sociedad dispondrá del plazo de un mes para reducir el saldo hasta cumplir el límite establecido.

Sección quinta. Tasación de bienes inmuebles

Apartado A. Información a elaborar por las sociedades tasadoras

Norma 15. Contenidos específicos de los informes de tasación y sus extractos, realizados para las instituciones de inversión colectiva inmobiliarias.

1. Toda la información solicitada en los extractos de informes de tasación deberá encontrarse en el informe de tasación. En particular, deberán incluir, además de lo estipulado en la Orden ECO/805/2003, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y determinados derechos para ciertas finalidades financieras, los aspectos que a continuación se detallan:

El número secuencial asignado al inmueble por la gestora o la sociedad de inversión, a efectos de su identificación en los estados de información reservada remitidos a la CNMV, así como las unidades funcionales.

Finalidad de la tasación, en cuanto a si se trata de una tasación previa o periódica.

Porcentaje de ocupación del inmueble, distinguiendo entre bajo rasante, sobre rasante y total.

Porcentaje de obra ejecutado en los inmuebles en fase de construcción según la sociedad de tasación y según certificación de la dirección facultativa. En este último caso, fecha de dicha certificación.

Cuando no se calcule alguno de los métodos de valoración que, en principio, deberían ser utilizados de acuerdo con lo contemplado en los apartados 1, 2 y 4 del artículo 47 de la Orden ECO/805/2003 se informará de el o los motivos.

Cuando en la valoración se haga uso de lo contemplado en el apartado 3 del artículo 47 de la Orden ECO/805/2003 se informará de el o los métodos utilizados y el motivo o motivos de su elección.

En el supuesto de inmuebles en rehabilitación integral, qué parte del coste final previsto corresponde a la obra no ejecutada.

La existencia sobre el inmueble o derecho, de opciones, contratos sobre garantía o rentabilidad de rentas mínimas, o cualquier otro tipo de contrato que pueda afectar al valor de tasación o de realización del inmueble. Se informará si el tasador ha tenido en cuenta cualquiera de los anteriores contratos para el cálculo del valor de tasación y cómo.

Cuando se trate de la tasación previa a la venta de parte de un inmueble, el porcentaje de valor que supone la parte que se pretende vender respecto de su valor total.

En su caso, la fecha de término del derecho de superficie o concesión administrativa.

En el caso de inmuebles o viviendas sujetas a protección pública, fecha de finalización del periodo de protección.

En los compromisos de compra a plazo, además del valor del compromiso se incluirán los parámetros utilizados en su cálculo. En concreto, el precio pactado en el contrato de compra a plazo, su valor actualizado, la tasa de actualización utilizada, valor del inmueble en el momento de la tasación y fecha de ejercicio del compromiso.

En la compra de opciones de compra, además del valor de la opción se incluirán los parámetros utilizados en su cálculo. En concreto, el precio de ejercicio, su valor actualizado, la tasa de actualización utilizada, valor del inmueble subyacente en el momento de la tasación y fecha de ejercicio de la opción.

Por excepción, no se incluirá en el informe de tasación el literal que hace referencia a la utilización de una tasación previa a la venta de un inmueble como tasación periódica.

2. Los extractos de informes de tasación, que se elaborarán siguiendo la estructura de los modelos del Anexo 1, deberán contener los aspectos que se detallan a continuación:

Identificación de la sociedad tasadora, IIC inmobiliaria y, en su caso, sociedad gestora.

Identificación del tasador y representante de la entidad que emita el extracto de informe de tasación.

Referencia precisa al informe de tasación que sintetiza.

Fecha de emisión, fecha de la última visita al inmueble y fecha límite de validez.

Finalidad de la tasación, en cuanto a si se trata de una tasación previa, a la compra/venta, o periódica.

Número secuencial asignado al inmueble por la Gestora o SII, a efectos de su identificación en los estados de información reservada remitidos a la CNMV, así como las unidades funcionales.

Identificación del inmueble: Se realizará una breve descripción del inmueble. Si se refiere a un compromiso de compra, compra de opción de compra, contrato de arras, concesión administrativa u otro derecho real distinto del de propiedad.

Localización del inmueble.

Titular registral en el momento de la tasación.

Referencia catastral, siempre que exista y pueda ser conocida. En caso de que no exista o no pueda ser conocida por los medios previstos en el artículo 41.1 del Texto Refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario o directamente a través de la oficina virtual del Catastro se incluirá el número de identificación registral.

Estado del inmueble: Se detallará si se encuentra terminado, en rehabilitación, en construcción, en proyecto o si se trata de un terreno para promoción inmobiliaria.

Limitaciones de dominio.

Porcentaje de ocupación, distinguiendo entre bajo rasante, sobre rasante y total.

Porcentaje de obra ejecutado en los inmuebles en fase de construcción según la sociedad de tasación y según certificación de la dirección facultativa. En este último caso, fecha de dicha certificación.

Desglose de los valores según los distintos métodos de valoración utilizados, método de valoración y valor adoptado para cada una de las unidades funcionales.

Superficies adoptadas en el cálculo de los valores técnicos.

Condicionantes y advertencias que se incluyan en el informe de tasación.

Las siguientes observaciones:

i) Cuando no se calcule alguno de los métodos de valoración que, en principio, deberían ser utilizados de acuerdo con lo contemplado en los apartados 1, 2 y 4 del artículo 47 de la Orden ECO/805/2003 se informará de forma resumida de el o los motivos, encontrándose, en su caso, los detalles en el informe de tasación.

ii) Cuando en la valoración se haga uso de lo contemplado en el apartado 3 del artículo 47 de la Orden ECO/805/2003 se informará de forma resumida de el o los métodos utilizados y el motivo o motivos de su elección, encontrándose, en su caso, los detalles en el informe de tasación.

iii) En el supuesto de inmuebles en rehabilitación integral, qué parte del coste final previsto corresponde a la obra no ejecutada.

iv) Cuando se trate de una tasación que, habiéndose realizado como previa a la venta de un inmueble que aún no se ha llevado a cabo en parte o en su totalidad, se pretende utilizar como tasación periódica, se incorporará el siguiente literal: ‘‘La tasación se realizó con anterioridad al mes de la tasación periódica, por haberse solicitado como previa a la venta del inmueble’’.

v) La existencia sobre el inmueble o derecho de opciones, contratos sobre garantía o rentabilidad de rentas mínimas, o cualquier otro tipo de contrato que pueda afectar al valor de tasación o de realización del inmueble. Se informará si el tasador ha tenido en cuenta cualquiera de los anteriores contratos para el cálculo del valor de tasación y cómo.

vi) Cuando se trate de la tasación previa a la venta de parte de un inmueble, el porcentaje de valor que supone la parte que se pretende vender respecto de su valor total.

vii) Cuando sea procedente, la fecha de término del derecho de superficie o concesión administrativa.

viii) En el caso de inmuebles o viviendas sujetas a protección pública, fecha de finalización del periodo de protección.

ix) Cuando se trate de inmuebles en fase de construcción, el desglose del valor entre valor del suelo y valor del vuelo.

x) Si la moneda de curso legal del país donde se localicen los bienes o el objeto del derecho no fuera el euro, el valor del tipo de cambio utilizado para expresar los valores del informe de tasación en euros.

Cuando se trate de compromisos de compra a plazo o compra de opciones de compra, incluidos los contratos de arras, la información anterior se referirá al inmueble subyacente.

En los compromisos de compra a plazo, además del valor del compromiso se incluirán los parámetros utilizados en su cálculo. En concreto, el precio pactado en el contrato de compra a plazo, su valor actualizado, la tasa de actualización utilizada, valor del inmueble en el momento de la tasación y fecha de ejercicio del compromiso.

En la compra de opciones de compra, además del valor de la opción se incluirán los parámetros utilizados en su cálculo. En concreto, el precio de ejercicio, su valor actualizado, la tasa de actualización utilizada, valor del inmueble subyacente en el momento de la tasación y fecha de ejercicio de la opción.

Norma 16. Contenidos de la información adicional a remitir a la CNMV.

1. La información sobre parámetros técnicos, utilizada por la sociedad tasadora, para el cálculo de los tipos de actualización adoptados para la actualización de flujos de caja de otros inmuebles en arrendamiento (art. 29 de la Orden ECO/805/2003), citado en el punto 2 de la Norma 11.ª de esta Circular, deberá seguir la estructura del modelo IAD 01 del Anexo 2, e incluir los siguientes contenidos:

Mes al que hace referencia.

Tipo de interés nominal libre de riesgo.

Inflación esperada.

Prima de riesgo.

Tipo de actualización real.

Para los parámetros anteriores se informará de los mínimos, máximos y media ponderada por el valor de los inmuebles según el método de actualización de flujos de caja de otros inmuebles en arrendamiento, agrupados por los siguientes usos de inmuebles:

Viviendas.

Residencias de la tercera edad.

Residencias de estudiantes.

Plazas de garaje.

Oficinas.

Locales comerciales.

Naves industriales.

Policlínicas.

Hoteles.

Otros.

Para cada uno de los anteriores usos se informará del plazo medio ponderado de los contratos de alquiler utilizados, utilizando la misma referencia de ponderación que en el caso de los parámetros técnicos y del volumen tasado según el método de actualización de flujos de caja de otros inmuebles en arrendamiento.

2. El documento complementario que debe emitirse en los supuestos de venta de partes de inmuebles, citado en el punto 2.2 de la Norma 6.ª de esta Circular, deberá seguir la estructura del modelo IAD 02 del Anexo 2, e incluir los siguientes contenidos:

Finalidad del documento emitido.

Mes al que hace referencia.

Número secuencial asignado al inmueble por la sociedad gestora o sociedad de inversión, a efectos de su identificación en los estados de información reservada remitidos a la CNMV, así como las unidades funcionales.

Valor de tasación de la parte vendida y porcentaje en relación al valor total de tasación que representaba en el momento en que se realizó la tasación.

Superficie adoptada de la parte vendida, utilizada en el cálculo del valor de tasación.

Expediente, fecha de emisión y de validez del informe de tasación que sintetiza.

3. Cuando las sociedades gestoras de fondos de inversión inmobiliaria pretendan, haciendo uso de la facultad prevista en el artículo 19.3.b) de la Orden de 24 de septiembre de 1993, sobre fondos y sociedades de inversión inmobiliaria, alterar el valor de tasación dentro de los límites allí previstos, deberán solicitar a las sociedades de tasación la emisión de un documento de consentimiento, que debe seguir la estructura del modelo IAD 03 del Anexo 2, en el que se deben incluir los siguientes contenidos:

Finalidad del documento emitido.

Número secuencial asignado al inmueble por la sociedad gestora o sociedad de inversión, a efectos de su identificación en los estados de información reservada remitidos a la CNMV, así como las unidades funcionales.

Razones que justifican la alteración del valor de tasación y que dan lugar al consentimiento por parte de la sociedad tasadora.

Valor de tasación según el informe de tasación.

Valor resultante después de aplicar la variación.

Expediente, fecha de emisión y de validez del informe de tasación que sintetiza, y fecha de visita del inmueble.

4. La información a la que hace referencia el apartado 4.1 de la Norma 11.ª, en relación al levantamiento de condicionantes, se recogerá en un documento que seguirá la estructura del modelo IAD 04 del Anexo 2, y que deberá incluir:

Finalidad del documento emitido.

Número secuencial asignado al inmueble por la sociedad gestora o sociedad de inversión, a efectos de su identificación en los estados de información reservada remitidos a la CNMV, así como las unidades funcionales.

Expediente, fecha de emisión y de validez del informe de tasación que sintetiza, y fecha de visita del inmueble.

Fecha del levantamiento del condicionante.

Existencia de condicionantes adicionales que no se levantan.

Declaración expresa y razonada de la sociedad tasadora, siguiendo el esquema establecido en el artículo 14.2 de la Orden ECO/805/2003.

5. El documento de ratificación del valor de tasación, citado en el punto 2 de la Norma 11.ª de esta Circular, deberá seguir la estructura del modelo IAD 05 del Anexo 2, e incluir los siguientes contenidos:

Finalidad del documento emitido.

Mes al que hace referencia.

Número secuencial asignado al inmueble por la sociedad gestora o sociedad de inversión, a efectos de su identificación en los estados de información reservada remitidos a la CNMV, así como las unidades funcionales. Cuando se trate de ratificación del valor de tasación de un inmueble en el que parte ha sido vendida, las unidades funcionales de las que se informe se referirán a las que no han sido vendidas.

Expediente, fecha de emisión y de validez del informe de tasación cuyo valor se ratifica.

Valor de tasación y superficie adoptada del inmueble cuyo valor se ratifica.

6. En la información se identificará la sociedad tasadora que elabora la información, la IIC a la que hace referencia y, en su caso, su sociedad gestora.

Norma 17. Elaboración de la información.

1. Los extractos de informes de tasación y la información adicional a la que se hace referencia en las Normas 15.ª y 16.ª deberán ser elaborados por la sociedad tasadora de la IIC inmobiliaria que haya llevado a cabo la tasación.

En caso de cambio de la sociedad tasadora a lo largo de un mes, la información sobre parámetros técnicos la elaborará cada una de las sociedades de forma separada.

Apartado B. Información a elaborar por la Sociedad Gestora o Sociedad de Inversión

Norma 18. Calendario de tasaciones.

1. El calendario de tasaciones citado en el punto 3 de la Norma 11.ª de esta Circular deberá seguir la estructura del modelo INM 01 del Anexo 3, e incluir los siguientes contenidos:

Identificación de la IIC a la que hace referencia.

Mes de referencia.

Número secuencial asignado al inmueble por la sociedad gestora o sociedad de inversión, a efectos de su identificación en los estados de información reservada remitidos a la CNMV, así como las unidades funcionales.

Valor del inmueble, cuando se trate de FII.

Patrimonio inmobiliario del mes al que se va a asignar el inmueble, cuando se trate de FII.

Mes en el que se tasará el inmueble.

Cuando proceda, se deberá informar si afecta al inmueble alguna excepción prevista en Folleto.

2. En el caso de los fondos de inversión inmobiliaria, para la asignación de los inmuebles en el calendario de tasaciones, se estará a lo dispuesto en la última parte del artículo 63.4 del Reglamento de IIC.

3. La información sobre el calendario de tasaciones deberá ser elaborada por la sociedad gestora o, en su caso, sociedad de inversión.

Norma 19. Información en relación a informes de tasación condicionados.

1. La información sobre informes de tasación con condicionantes citada en el punto 4.2 de la Norma 11.ª deberá seguir la estructura del modelo INM 02 del Anexo 3, e incluir los siguientes contenidos:

Identificación de la IIC a la que hace referencia.

Número secuencial asignado al inmueble por la sociedad gestora o sociedad de inversión, a efectos de su identificación en los estados de información reservada remitidos a la CNMV, así como las unidades funcionales.

Fecha de emisión y de validez del informe de tasación al que hace referencia.

Motivos de los condicionantes.

Medidas a tomar para solucionarlos.

Fecha prevista para solucionarlos.

2. La información del punto anterior deberá ser elaborada por la sociedad gestora o, en su caso, sociedad de inversión.

Norma adicional.

En el anexo III de la presente Circular se señalan las modificaciones de los estados reservados que, las Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva cuya declaración de actividades refleje su intención de gestionar Fondos de Inversión Inmobiliaria, deberán remitir semestralmente a la Comisión Nacional del Mercado de Valores en sustitución de los modelos contenidos en la Circular 5/1992, de 28 de octubre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre normas contables y estados financieros reservados de las Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva y Sociedades Gestoras de Carteras.

Norma final.

Entrada en vigor: La presente Circular entrará en vigor el 1 de enero de 1995.

Madrid, 14 de diciembre de 1994.–El Presidente, Luis Carlos Croissier Batista.

ANEXO I

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

ESTADO I01

Página 1/3

BALANCE RESERVADO

Mes/Año

Fecha: . . . . . . .

Sello y Firma

Tipo de institución

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

 

Denominación

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

. . . . . . . . a . . . . . de . . . . . de . . . . .

N.º Registro

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

Fdo. por poder

Denominación

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

 

N.º Registro

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

 

 

TOTAL

Clave

Importe

ACTIVO

 

 

A) ACCIONISTAS (SOCIOS) POR DESEMBOLSOS NO EXIGIDOS

0010

. . . . . . .

B) INMOVILIZADO

0020

. . . . . . .

 1.  Gastos de Establecimiento

0030

. . . . . . .

 2.  Inmovilizaciones Inmateriales

0040

. . . . . . .

  2.1   Inmovilizado inmaterial

0050

. . . . . . .

  2.2   Provisiones.

0060

. . . . . . .

  2.3   Amortizaciones.

0070

. . . . . . .

 3.  Inmovilizaciones Materiales

0080

. . . . . . .

  3.1   Inmuebles

0090

. . . . . . .

   3.1.1   Viviendas

0100

. . . . . . .

    3.1.1.1     Primera residencia

0110

. . . . . . .

    3.1.1.2     Segunda residencia

0120

. . . . . . .

   3.1.2    Aparcamientos

0130

. . . . . . .

   3.1.3    Oficinas

0140

. . . . . . .

   3.1.4    Locales comerciales

0150

. . . . . . .

   3.1.5    Otros

0160

. . . . . . .

  3.2   Inversiones adicionales, complementarias y rehabilitaciones en curso

0170

. . . . . . .

   3.2.1    Pagos sobre obra ejecutada

0180

. . . . . . .

   3.2.2    Pagos sobre obra a ejecutar

0190

. . . . . . .

  3.3   Indemnizaciones a arrendatarios

0200

. . . . . . .

  3.4   Otro inmovilizado material

0210

. . . . . . .

  3.5   Provisiones

0220

. . . . . . .

   3.5.1    De inmuebles

0230

. . . . . . .

   3.5.2    De otro inmovilizado material

0240

. . . . . . .

  3.6   Amortizaciones

0250

. . . . . . .

   3.6.1    De inmuebles

0260

. . . . . . .

   3.6.2    De otro inmovilizado material

0270

. . . . . . .

 4.  Inmovilizado Financiero

0280

. . . . . . .

  4.1   Fianzas, depósitos y avales constituidos

0290

. . . . . . .

  4.2   Otro inmovilizado financiero

0300

. . . . . . .

  5.   Acciones propias

0310

. . . . . . .

C) GASTOS A DISTRIBUIR EN VARIOS EJERCICIOS

0320

. . . . . . .

D) ACTIVO CIRCULANTE

0330

. . . . . . .

 6.  Accionistas por desembolsos exigidos

0340

. . . . . . .

 7.  Deudores

0350

. . . . . . .

  7.1   Deudores por venta de valores

0360

. . . . . . .

  7.2   Deudores por venta de inmuebles

0370

. . . . . . .

  7.3   Administraciones Públicas

0380

. . . . . . .

  7.4   Deudores por alquileres

0390

. . . . . . .

  7.5   Otros deudores

0400

. . . . . . .

  7.6   Deudores de dudoso cobro

0410

. . . . . . .

   7.6.1    Deudores por ventas de inmuebles dudosos

0420

. . . . . . .

   7.6.2    Deudores por alquileres dudosos

0430

. . . . . . .

   7.6.3    Otros deudores de dudoso cobro

0440

. . . . . . .

   7.7    Provisión para insolvencias de tráfico

0450

. . . . . . .

 8.  Cartera de inversiones financieras

0460

. . . . . . .

  8.1   Renta fija a plazo inferior a 18 meses

0470

. . . . . . .

   8.1.1    Fondos públicos

0480

. . . . . . .

    8.1.1.1     Adquisiciones temporales

0490

. . . . . . .

    8.1.1.2      Adquisiciones a vencimiento

0500

. . . . . . .

    8.1.2     Otra renta Fija

0510

. . . . . . .

  8.2   Otros valores

0520

. . . . . . .

   8.2.1    Fondos públicos

0530

. . . . . . .

   8.2.2    Otros

0540

. . . . . . .

  8.3   Intereses de la Cartera de Inversión

0550

. . . . . . .

  8.4   Provisión por depreciación de valores mobiliarios

0560

. . . . . . .

  8.5   Inversiones dudosas, morosas o en litigio

0570

. . . . . . .

   8.5.1    Inversiones dudosas, morosas o en litigio

0580

. . . . . . .

   8.5.2     Provisión para insolvencias

0590

. . . . . . .

 9.  Acciones propias a corto plazo

0600

. . . . . . .

 10.  Tesorería.

0610

. . . . . . .

  10.1   Cajas y Bancos

0620

. . . . . . .

  10.2   Cuenta en Depositario

0630

. . . . . . .

  10.3   Otras cuentas de Tesorería

0640

. . . . . . .

  10.4   Intereses de Tesorería.

0650

. . . . . . .

 11.  Ajustes por periodificación

0660

. . . . . . .

  11.1   Gastos anticipados

0670

. . . . . . .

  11.2   Otras periodificaciones

0680

. . . . . . .

TOTAL ACTIVO

0690

. . . . . . .

En miles de euros

 

TOTAL

Clave

Importe

PASIVO

 

 

A) FONDOS PROPIOS

0700

 

 1.  Capital suscrito

0710

 

 2.  Participes

0720

 

 3.  Prima de emisión

0730

 

 4.  Reserva de revalorización.

0740

 

 5.  Reservas

0750

 

  5.1   Reserva legal

0760

 

  5.2   Reserva para acciones propias

0770

 

  5.3   Reserva voluntaria.

0780

 

  5.4   Otras reservas

0790

 

 6.  Resultados de ejercicios anteriores

0800

 

  6.1   Remanente

0810

 

  6.2   Beneficio del ejercicio anterior pendiente de aplicación.

0820

 

  6.3   Resultados negativos de ejercicios anteriores

0830

 

 7.   Pérdidas y ganancias (Beneficio o Pérdida)

0840

 

 8.  Dividendo a cuenta entregado en el ejercicio

0850

 

B)  INGRESOS A DISTRIBUIR EN VARIOS EJERCICIOS

0860

 

 9.  Diferencias positivas en moneda extranjera.

0870

 

 10.  Otros ingresos a distribuir en varios ejercicios

0880

 

C) PROVISIONES PARA RIESGOS Y GASTOS

0890

 

 11.  Provisiones para pensiones y obligaciones similares

0900

 

 12.  Provisiones para impuestos

0910

 

 13.  Otras provisiones

0920

 

D) ACREEDORES A LARGO PLAZO

0930

 

 14.  Fianzas recibidas de arrendatarios

0940

 

 15.  Acreedores con garantía hipotecaria.

0950

 

 16.  Emisiones de obligaciones

0960

 

 17.  Deudas con entidades de crédito

0970

 

 18.  De cesión temporal de activos

0980

 

 19.  Otros acreedores

0990

 

E) ACREEDORES A CORTO PLAZO

1000

 

 20.  Fianzas recibidas de arrendatarios

1010

 

 21.  Acreedores con garantía hipotecaria

1020

 

 22.  Emisión de Obligaciones

1030

 

 23.  Deudas con entidades de crédito

1040

 

 24.  De cesión temporal de activos

1050

 

 25.  Acreedores por compra de valores

1060

 

 26.  Acreedores por compra de inmuebles

1070

 

 27.  Distribuciones a partícipes pendientes de pago y dividendos a pagar

1080

 

 28.  Comisiones a pagar

1090

 

 29.  Administraciones Públicas

1100

 

 30.  Otros acreedores

1110

 

 31.  Provisiones para operaciones de tráfico

1120

 

 32.  Ajustes por periodificación

1130

 

  32.1   Ingresos anticipados

1140

 

  32.2   Otras periodificaciones

1150

 

TOTAL PASIVO

1160

 

En miles de euros

 

TOTAL

Clave

Importe

1. Revolorización de activo

1170

. . . . . . .

 1.1  Plusvalías latentes de cartera

1180

. . . . . . .

 1.2  Plusvalías de inmuebles

1190

. . . . . . .

   1.2.1.    Plusvalías reconocidas

1200

. . . . . . .

   1.2.2.    Plusvalías pendientes de reconocer

1210

. . . . . . .

  1.2.3.    Minusvalías pendientes de desdotar

1220

. . . . . . .

  1.3   Efecto impositivo sobre plusvalías

1230

. . . . . . .

2.  Indemnizaciones previstas pendientes de confirmar

1240

. . . . . . .

3.  Otras cuentas de orden

1250

. . . . . . .

TOTAL CUENTAS DE ORDEN

1260

. . . . . . .

ESTADO I02

Página 1/2

   Mes Año

Sello y Firma

CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS

Fecha: _ _ _ _

Tipo de Institución

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

Denominación

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . , a . . de . . . 19

N.º Registro

:

– – – –

Fdo. por poder

Tipo de Gestora

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

Denominación

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

N.º Registro

:

– – – –

 

 

TOTAL

Clave

Importe

DEBE

 

 

A) GASTOS

0010

. . . . . . .

 1.  Gastos de Personal

0020

. . . . . . .

 2.  Dotación para amortizaciones de inmovilizado

0030

. . . . . . .

  2.1  Amortización de gastos de establecimiento

0040

. . . . . . .

  2.2  Amortización del inmovilizado inmaterial

0050

. . . . . . .

  2.3  Amortización del inmovilizado material

0060

. . . . . . .

 3.  Variación de las provisiones de tráfico

0070

. . . . . . .

 3.1  Dotación a la provisión de operaciones de tráfico

0080

. . . . . . .

  3.2  Exceso y aplicación de provisión de operaciones de tráfico

0090

. . . . . . .

 4.  Otros gastos de explotación.

0100

. . . . . . .

 4.1   Servicios exteriores

0110

. . . . . . .

   4.1.1    Gastos de tasación.

0120

. . . . . . .

   4.1.2    Gastos de auditoría

0130

. . . . . . .

   4.1.3    Primas de seguros

0140

. . . . . . .

   4.1.4    Administración de fincas y gastos de comunidad.

0150

. . . . . . .

   4.1.3    Reparaciones y conservación.

0160

. . . . . . .

   4.1.4    Gastos de rehabilitación no activables

0170

. . . . . . .

   4.1.5    Servicios bancarios y similares

0180

. . . . . . .

   4.1.6    Otros servicios

0190

. . . . . . .

  4.2   Tributos

0200

. . . . . . .

  4.3   Otros gastos de gestión corriente

0210

. . . . . . .

   4.3.1    Comisión de sociedad gestora,

0220

. . . . . . .

   4.3.2    Comisión de entidad depositaria.

0230

. . . . . . .

   4.3.3    Gastos de tasas por registros oficiales

0240

. . . . . . .

   4.3.4    Gastos de admisión a cotización o publicación en bolsa

0250

. . . . . . .

   4.3.5    Otros

0260

. . . . . . .

I. BENEFICIOS DE EXPLOTACIÓN

0270

. . . . . . .

 5.  Gastos financieros

0280

. . . . . . .

  5.1   Por intereses

0290

. . . . . . .

  5.2   Amortización de gastos de formalización de deudas

0300

. . . . . . .

  5.3   Variación de las provisiones de inversiones financieras

0310

. . . . . . .

   5.3.1   Dotación a la provisión para valores mobiliarios

0320

. . . . . . .

   5.3.2   Exceso y aplicación de la provisión para valores mobiliarios

0330

. . . . . . .

  5.4   Diferencias negativas de cambio

0340

. . . . . . .

 6.  Pérdidas en venta de activos financieros

0350

. . . . . . .

  6.1   De fondos públicos

0360

. . . . . . .

  6.2   De otros activos financieros

0370

. . . . . . .

II. RESULTADOS FINANCIEROS POSITIVOS

0380

. . . . . . .

III. BENEFICIOS DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS

0390

. . . . . . .

 7.  Resultados extraordinarios

0400

. . . . . . .

  7.1   Variación de las provisiones de inmovilizado material e inmaterial

0410

. . . . . . .

   7.1.1    Dotación a la provisión del inmovilizado material e inmaterial

0420

. . . . . . .

    7.1.1.1     Material

0430

. . . . . . .

     7.1.1.1.1      De inmuebles

0440

. . . . . . .

     7.1.1.1.2      De otro inmovilizado material

0450

. . . . . . .

    7.1.1.2     Inmaterial

0460

. . . . . . .

   7.1.2    Exceso y aplicación de la provisión del inmovilizado material e inmaterial

0470

. . . . . . .

    7.1.2.1      Material

0480

. . . . . . .

     7.1.2.1.1      De inmuebles

0490

. . . . . . .

    7.1.2.1.2      De otro inmovilizado material

0500

. . . . . . .

     7.1.2.2      Inmaterial

0510

. . . . . . .

  7.2   Pérdidas procedentes del inmovilizado y gastos excepcionales

0520

. . . . . . .

   7.2.1    Pérdidas procedentes del inmovilizado

0530

. . . . . . .

    7.2.1.1     De inmuebles

0540

. . . . . . .

    7.2.1.2     De otro inmovilizado

0550

. . . . . . .

   7.2.2    Gastos extraordinarios

0560

. . . . . . .

   7.2.3    Gastos y pérdidas de ejercicios anteriores

0570

. . . . . . .

ESTADO I02

Página 1/2

   Mes Año

Sello y Firma

CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS

Fecha: _ _ _ _

Tipo de Institución

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

Denominación

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . , a . . de . . . 19

N.º Registro

:

– – – –

Fdo. por poder

Tipo de Gestora

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

Denominación

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

N.º Registro

:

– – – –

 

 

TOTAL

 

Clave

Importe

DEBE

 

 

IV. RESULTADOS EXTRAORDINARIOS POSITIVOS

0580

. . . . . . .

V. BENEFICIOS ANTES DE IMPUESTOS

0590

. . . . . . .

 8.  Impuesto sobre sociedades

0600

. . . . . . .

 9.  Otros impuestos

0610

. . . . . . .

VI. RESULTADO DEL EJERCICIO (BENEFICIOS)

0620

. . . . . . .

En miles de euros

 

TOTAL

Clave

Importe

HABER

 

 

B) INGRESOS

0630

. . . . . . .

1. Ingresos por alquiler

0640

. . . . . . .

 1.1  De viviendas

0650

. . . . . . .

 1.2  De otros inmuebles

0660

. . . . . . .

2. Exceso de provisiones para riesgos y gastos

0670

. . . . . . .

3. Otros ingresos de exploración.

0680

. . . . . . .

1. PERDIDAS DE EXPLOTACIÓN

0690

. . . . . . .

4. Ingresos financieros

0700

. . . . . . .

 4.2  Intereses

0710

. . . . . . .

  4.2.1   De Fondos públicos.

0720

. . . . . . .

  4.2.2   De otra renta fija.

0730

. . . . . . .

  4.2.3   Intereses bancarios.

0740

. . . . . . .

 4.3  Diferencias positivas de cambio

0750

. . . . . . .

 4.4  Otros ingresos

0760

. . . . . . .

5 Beneficio en venta de activos financieras.

0770

. . . . . . .

 5.1  De fondos públicos.

0780

. . . . . . .

 5.2  De otros activos financieros.’

0790

. . . . . . .

 II.  RESULTADOS FINANCIEROS NEGATIVOS

0800

. . . . . . .

 III.  PERDIDAS DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS

0810

. . . . . . .

6. Resultados extraordinarios.

0820

. . . . . . .

 6.1  Beneficios procedentes del inmovilizado e ingresos excepcionales.

0830

. . . . . . .

  6.1.1  Beneficios en enajenación del inmovilizado

0840

. . . . . . .

  6.1.1.1   De inmuebles

0850

. . . . . . .

  6.1.1.2   De otro inmovilizado

0860

. . . . . . .

  6.1.2  Ingresos extraordinarios

0870

. . . . . . .

  6.1.3  Ingresos y beneficios de ejercicios anteriores

0880

. . . . . . .

 IV. RESULTADOS EXTRAORDINARIOS NEGATIVOS

0890

. . . . . . .

 V. PERDIDAS ANTES DE IMPUESTOS

0900

. . . . . . .

 VI. RESULTADO DEL EJERCICIO (PERDIDAS)

0910

. . . . . . .

En miles de euros

ESTADO I03

Página 1/3

 

Mes Año

Sello y Firma

ESTADO DE INFORMACIÓN AUXILIAR

Fecha: . . . . .

Tipo de Institución

:

– – – –

 

Denominación

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . , a . . de . . . 19

N.º Registro

:

– – – –

Fdo. por poder

Tipo de Gestora

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

Denominación

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

N.º Registro

:

– – – –

 

A) COEFICIENTES

Día del mes

 

LIQUIDEZ COMPUTABLE

Clave

Importe

(en miles de euros)

Fin mes anterior

 

0010

. . . . . . . . .

Día

1

0020

. . . . . . . . .

Día

2

0030

. . . . . . . . .

Día

3

0040

. . . . . . . . .

Día

4

0050

. . . . . . . . .

Día

5

0080

. . . . . . . . .

Día

6

0070

. . . . . . . . .

Día

7

0080

. . . . . . . . .

Día

8

0090

. . . . . . . . .

Día

9

0100

. . . . . . . . .

Día

10

0110

. . . . . . . . .

Día

11

0120

. . . . . . . . .

Día

12

0130

. . . . . . . . .

Día

13

0140

. . . . . . . . .

Día

14

0150

. . . . . . . . .

Día

15

0160

. . . . . . . . .

Día

16

0170

. . . . . . . . .

Día

17

0180

. . . . . . . . .

Día

18

0190

. . . . . . . . .

Día

19

0200

. . . . . . . . .

Día

20

0210

. . . . . . . . .

Día

21

0220

. . . . . . . . .

Día

22

0230

. . . . . . . . .

Día

23

0240

. . . . . . . . .

Día

24

0250

. . . . . . . . .

Día

25

0260

. . . . . . . . .

Día

26

0270

. . . . . . . . .

Día

27

0280

. . . . . . . . .

Día

28

0290

. . . . . . . . .

Día

29

0300

. . . . . . . . .

Día

30

0310

. . . . . . . . .

Día

31

0320

. . . . . . . . .

Fin mes

0330

. . . . . . . . .

Media

0350

. . . . . . . . .

Coeficiente de liquidez (%)

0360

. . . . . . . . .

Inversión computable en inmuebles

0370

. . . . . . . . .

Coeficiente de inversión (%) (sólo en diciembre)

0380

. . . . . . . . .

% de endeudamiento con garantía hipotecaria

0390

. . . . . . . . .

% del activo de inmuebles en rehabilitación

0400

. . . . . . . . .

B) VALOR LIQUIDATIVO, PATRIMONIO Y ACTIVO COMPUTABLE

MES

VALOR LIQUIDATIVO

PATRIMONIO

ACTIVO COMPUTABLE

Clave

Importe

Clave

Importe

Clave

Importe

Mes anterior

0410

. . . . . . . . .

0510

. . . . . . . . .

0550

. . . . . . . . .

Mes actual

0420

. . . . . . . . .

0520

. . . . . . . . .

0560

. . . . . . . . .

 

 

(en euros)

 

(en miles de euros)

 

(en miles de euros)

C) PARTÍCIPES Y PARTICIPACIONES, ACCIONISTAS Y ACCIONES EN CIRCULACIÓN

Concepto

Situación inicio mes

Entradas

Salidas

Situación fin mes

Clave

Unidades

Clave

Unidades

Clave

Unidades

Clave

Unidades

Partícipes o acciones

0610

. . . . . . .

0620

. . . . . . .

0630

. . . . . . .

0640

. . . . . . .

Participaciones o acciones

0710

. . . . . . .

0720

. . . . . . .

0730

. . . . . . .

0740

. . . . . . .

Intervalo de inversión (en euros)

N.º de Partícipes por intervalo

Volumen de inversión

Clave

Unidades

Clave

Importe

Más de 2.400,000,00

0810

. . . . . . . . . . .

1010

. . . . . . . . . . .

1.200.000,01 - 2.400.000,00

0820

. . . . . . . . . . .

1020

. . . . . . . . . . .

600.000,01 - 1.200.000,00

0830

. . . . . . . . . . .

1030

. . . . . . . . . . .

300.000,01 - 600.000,00

0840

. . . . . . . . . . .

1040

. . . . . . . . . . .

150.000,01 - 300.000,00

0850

. . . . . . . . . . .

1050

. . . . . . . . . . .

60.000,01 - 150.000,00

0860

. . . . . . . . . . .

1060

. . . . . . . . . . .

30.000,01 - 60.000,00

0870

. . . . . . . . . . .

1070

. . . . . . . . . . .

6.000,01 - 30.000,00

0880

. . . . . . . . . . .

1080

. . . . . . . . . . .

Hasta 6.000,00

0890

. . . . . . . . . . .

1090

. . . . . . . . . . .

TOTAL

0900

. . . . . . . . . . .

1100

. . . . . . . . . . .

D) RESUMEN DE RESULTADOS ACUMULADOS EN EL AÑO Y SALDO DE ACREEDORES

Concepto

Saldos en miles de euros

Clave

Importe

(A) Gastos de explotación

2010

. . . . . . . . . . .

(B) Gastos financieros

2020

. . . . . . . . . . .

(C) Pérdidas en activos financieros

2030

. . . . . . . . . . .

(D) Variación de las provisiones de inmovilizado

2040

. . . . . . . . . . .

(E) Pérdidas procedentes del inmovilizado

2050

. . . . . . . . . . .

(F) Ingresos por alquiler

2080

. . . . . . . . . . .

(G) Ingresos financieros

2070

. . . . . . . . . . .

(H) B.º en ventas da activos financieros

2080

. . . . . . . . . . .

(I) B.º en enajenación del inmovilizado

2090

. . . . . . . . . . .

(J) Saldo de acreedores

2100

. . . . . . . . . . .

(K) Saldo de acreedores con garantía hipotecaria

2110

. . . . . . . . . . .

SUMA DE CONTROL (A+B+C+D+E+F+G+H+I+J+K)

2120

. . . . . . . . . . .

ESTADO I03

Página 2/3

 

Mes Año

Sello y Firma

ESTADO DE INFORMACIÓN AUXILIAR

Fecha: . . . . .

Tipo de Institución

:

– – – –

 

Denominación

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . , a . . de . . . 19

N.º Registro

:

– – – –

Fdo. por poder

Tipo de Gestora

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

Denominación

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

N.º Registro

:

– – – –

 

E) OTROS DATOS ESTADÍSTICOS

Concepto

 

Máxima

Mínima

Clave

%

Clave

%

Clave

%

(L) Comisión de Gestión sobre Patrimonio

3010

. . . . . .

 

 

 

 

(M) Comisión de Gestión sobre Resultados

3020

. . . . . .

 

 

 

 

(N) Comisión de Depositario

3030

. . . . . .

 

 

 

 

(O) Comisión de suscripción

3040

. . . . . .

4010

. . . . . .

5010

. . . . . .

(P) Comisión do reembolso

3050

. . . . . .

4020

. . . . . .

5020

. . . . . .

(Q) Dividendos distribuido en el mes por participación o acción (en ptas.)

3060

. . . . . .

 

 

 

 

SUMA DE CONTROL (L+M+N+ O+P+ Q)

3070

. . . . . .

4030

. . . . . .

5030

. . . . . .

F) DESGLOSE DE LA CUENTA DE DEUDORES POR VENTA DE INMUEBLES

Código de inmueble (1)

Fecha de venta (2)

Precio (3)

Importe adecuado (4)

 

 

 

 

TOTAL ADEUDADO

zz.zz.zz

 

 

En miles de euros

G) CONCENTRACIÓN DE INMUEBLES ARRENDADOS A ENTIDADES DEL MISMO GRUPO

% del Patrimonio

Denominación del grupo arrendatario (1)

NIF (2)

Código de Inmueble (3)

Valor estimado (4)

% (5)

Del 10 al 15 %

 

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

total grupo

 

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

Del 15 al 20%

 

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

total grupo

 

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

Más del 20%

 

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

total grupo

 

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . .

TOTAL %

 

 

 

 

 

En miles de euros

H) RELACIÓN DE VENTAS DE INMUEBLES EN EL MES

Código de Inmueble (1)

Fecha de adquisición (2)

Fecha de Tasación (3)

Valor de tasación (4)

VENDEDOR

m2 (8)

Código postal/país (9)

Precio de adquisición (10)

Denominación (5)

NIF (6)

NIF del grupo (7)

TOTAL COMPRAS DEL MES

En miles de euros

I) RELACIÓN DE VENTAS DE INMUEBLES EN EL MES

Código de Inmueble (1)

Fecha de venta (2)

Fecha de Tasación (3)

Valor de tasación (4)

COMPRADOR

m2 (8)

Código postal/país (9)

Precio de adquisición (10)

Denominación (5)

NIF (6)

NIF del grupo (7)

TOTAL VENTAS DEL MES

En miles de euros

J) RELACIÓN DE INMUEBLES CON CONTRATOS DE ALQUILER FIRMADOS O RENOVADOS EN EL MES

Código

de Inmueble (1)

Fecha

de alquiler (2)

Vencimiento del contrato (3)

ARRENDATARIO

m2 (7)

Código postal/país (8)

Renta

mensual (9)

Valor

estimado

(10)

Denominación (4)

NIF (5)

NIF del grupo (6)

TOTAL INMUEBLES ARRENDADOS

 

En miles de euros

ESTADO I03

Página 3/3

 

Mes Año

Sello y Firma

ESTADO DE INFORMACIÓN AUXILIAR

Fecha: . . . . . . .

Tipo de Institución

:

– – – –

 

Denominación

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . , a . . de . . . 19

N.º Registro

:

– – – –

Fdo. por poder

Tipo de Gestora

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

Denominación

:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

N.º Registro

:

– – – –

 

K) DETALLE DE MOROSOS POR ALQUILER Y VENTAS DE INMUEBLES CUYO VALOR SUPERA EL 1% DEL PATRIMONIO

MOROSO

Vencimiento de la deuda (3)

Alquiler/Venta (4)

Importe adecuado (5)

Código del Inmueble (6)

% sobre Patrimonio (7)

NIF (1)

Denominación (2)

 

Moroso 1

 

 

 

 

 

 

Moroso 1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total moroso

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Moroso n

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total moroso

 

 

 

 

 

TOTAL MOROSOS

 

 

 

 

 

 

En miles de euros

ESTADO I04

 

Día Mes Año

 

A) INVENTARIO DE BIENES INMUEBLES Fecha: _ _ _ _ _ _ _

Sello y Firma

Tipo de Institución: _ _ _ _

Depositario:

Tipo de Gestora:

 

Denominación:

Nº Registro: _ _ _ _

Denominación:

. . . . . , a . . de . . . 19

N.º Registro: _ _ _ _

S. Tasadora:

N.º Registro: _ _ _ _

Fdo. por poder

 

Nº Registro: _ _ _ _

 

 

N.º de Inmuebles: _ _ _ _

Periodicidad en la tasación: _ _ _ _

 

 

 

 

 

Código de inmueble (1)

Clave de Balance (2)

Descripción

(3)

Radicación

Año de edificación

(6)

Fecha de adquisición (7)

N.º de m2

(8)

Renta mensual

V.P.O.

(10)

Hipotecado (11)

Contrato de seguro

Domicilio

(4)

C. Postal/País (5)

Vigencia (12)

Importe asegurado (13)

zzzzz-zzzzz

 

 

 

 

 

 

TOTAL CARTERA DE INMUEBLES

 

 

 

 

 

Código de inmueble (1)

Inv. adicionales y en rehabilitación

Precio de adquisición (16)

Amortiz. acumuladas (17)

Fecha de tasación

(18)

Valor de tasación

(19)

Valor estimado (20)

Minusvalías

Minusvalías pendientes de desdotar (23)

PLUSVALÍAS

Fecha de inicio (14)

Valor de obras ejecutadas (15

Saldo de prov. mes anterior última tasación (21)

Provisiones del mes (22)

Saldo mes anterior última tasación (24)

Pendientes de reconocer (25)

Reconocidas

zzzzz-zzzzz

TOTAL CARTERA DE INMUEBLES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En miles de euros

ESTADO I04

Página 2/3

    Día Mes Año

Sello y Firma

B) INVENTARIO DE CARTERA Y TESORERÍA Fecha: _ _ _ _ _ _ _

Tipo de Institución:

Tipo de Gestora:

 

Denominación:

Denominación:

. . . . . , a . . de . . . 19

N.º Registro: _ _ _ _ _

N.º Registro: _ _ _ _ _

Fdo. por poder

Clave de Balance (1)

Código ISBN (2)

NIF (3)

Divisa (4)

Descripción del valor (5)

NÚMERO DE TÍTULOS

Valor Nominal (10)

Valor contable (11)

Intereses (12)

Valor de realización (13)

Plusvalías latentes (14)

Minusvalías (15)

Duración Corregida (16)

Existencias iniciales (6)

Entradas (7)

Salidas (8)

Existencias finales (9)

zzzz

zzzzzzzzz

 

 

 

TOTAL CARTERA DE VALORES Y TESORERÍA

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO II

CONTENIDO MÍNIMO DE LOS INFORMES TRIMESTRALES

1.º IDENTIFICACIÓN DE LA INSTITUCIÓN

(Incluidos los datos de identificación de la Sociedad Tasadora)

2.º DATOS ECONÓMICOS

2.1 DATOS GENERALES

2.2 BALANCE DE SITUACIÓN RESUMIDO (sólo Sociedades)

2.3 CUENTA DE PERDIDAS Y GANANCIAS RESUMIDA (sólo Sociedades)

2.4 INVENTARIO DE INMUEBLES AL CIERRE DEL TRIMESTRE CON ARREGLO AL SIGUIENTE ESQUEMA:

DESCRIPCIÓN Y LOCALIZACIÓN

DEL INMUEBLE

M2

FECHA DE ADQUISICIÓN

SITUACIÓN

DE ALQUILER

VALOR CONTABLE

(1)

AMORTIZACIONES

VALOR ESTIMADO

Inmueble 1, domicilio

 

 

 

 

 

 

Inmueble 2, domicilio

 

 

 

 

 

 

. . . . . . . .

 

 

 

 

 

 

TOTAL CARTERA DE INMUEBLES

 

 

 

 

 

 

(1) En el caso de Inmuebles en obras de rehabilitación o inversiones adicionales, se incluirá la parte del valor de tasación explicado por las obras ejecutadas (reflejados en la columna 12 del estado 104 I) ).

(2) Descontadas las plusvalías latentes pendientes de reconocer y las minusvalias latentes pendientes de desdotar,

2.5. COMPOSICIÓN DE LA CARTERA CON ARREGLO AL SIGUIENTE ESQUEMA:

DESCRIPCIÓN VALOR Y EMISOR

CARTERA AL COSTE

 

VALOR EFECTIVO DE LA CARTERA

TRIMESTRE ANTERIOR

TRIMESTRE ACTUAL

%/TOTAL CARTERA

 

TRIMESTRE ANTERIOR

TRIMESTRE ACTUAL

%/TOTAL CARTERA

Valor 1

 

 

 

 

 

 

 

Valor 2

 

 

 

 

 

 

 

. . . .

 

 

 

 

 

 

 

Total Renta fija con vencimiento

< a 18 meses

 

 

 

 

 

 

 

Valor 1

 

 

 

 

 

 

 

Valor 1

 

 

 

 

 

 

 

. . . .

 

 

 

 

 

 

 

Total otros valores

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL CARTERA

 

 

100%

 

 

100%

 

2.6. DISTRIBUCIÓN DEL PATRIMONIO.

Se detallará la descomposición del patrimonio según el siguiente esquema:

DISTRIBUCIÓN DEL PATRIMONIO

 

TRIMESTRE ANTERIOR

TRIMESTRE ACTUAL

% SOBRE PATRIMONIO

(+) INVENTARIO DE INMUEBLES A VALOR EFECTIVO:

 

 

 

 

* Total coste de adquisición

 

 

 

 

* Plusvalías (minusvalías) latentes reconocidas

 

 

 

 

(+) CARTERA A VALOR EFECTIVO:

 

 

 

 

* Total canora al coste

 

 

 

 

* Total Intereses

 

 

 

 

* Plusvalías (minusvalías) latentes

 

 

 

 

(+) UQUIDEZ (TESORERIA)

 

 

 

 

(+) DEUDORES

 

 

 

 

(-) ACREEDORES

 

 

 

 

(-) EFECTO IMPOSITIVO SOBRE PLUSVALIAS

 

 

 

 

(+) INDEMNIZACIONES PREVISTAS PENDIENTES DE CONFIRMAR

 

 

 

 

TOTAL PATRIMONIO

 

 

 

100%

3.º INFORME DE GESTIÓN

El informe de gestión se elaborará todos los trimestres y deberá contener información sobre la tasa de ocupación de los inmuebles en propiedad, situación de morosos, gastos de mantenimiento de inmuebles, adquisiciones de inmuebles, resultados en las ventas de inmuebles, política de inversión en activos financieros, perspectivas para el futuro y explicación razonada de la eventual superación de los límites legales de inversión y operativos.

4.º HECHOS RELEVANTES

Se incluirán todos los hechos significativos calificados como tales en la normativa específica, además de la existencia de participaciones significativas y cualqUier otro acontecimiento importante ocurrido desde el último informe trimestral, y que afecte a la marcha de la Institución.

ANEXO III

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

ESTADO G02

Página 1/2

              Mes Año

CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS

Fecha: _ _ _ _

Tipo de Gestora:

 

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Denominación:

 

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

N.º Registro:

 

– – – –

TOTAL

Clave

Importe

DEBE

 

 

A) GASTOS

0010

. . . . . . . .

1. Gastos de Personal

0020

. . . . . . . .

 1.1  Sueldos y asimilados

0030

. . . . . . . .

 1.2  Cargas sociales

0040

. . . . . . . .

  1.2.1   Cargas sociales

0050

. . . . . . . .

  1.2.2   Aportaciones y dotaciones para pensiones

0060

. . . . . . . .

2. Dotación para amortizaciones de Inmovilizado

0070

. . . . . . . .

 2.1  Amortización de gastos de establecimiento.

0080

. . . . . . . .

 2.2  Amortización del inmovilizado inmaterial

0090

. . . . . . . .

 2.3  Amortización del inmovilizado material

0100

. . . . . . . .

3. Variación de las provisiones

0110

. . . . . . . .

 3.1  Dotación a la provisión para insolvencias

0120

. . . . . . . .

  3.1.1   De las Inversiones financieras

0130

. . . . . . . .

  3.1.2   De la cartera de valores

0140

. . . . . . . .

  3.1.3   De tráfico

0150

. . . . . . . .

 3.2  Exceso y aplicación de provisiones para insolvencias

0160

. . . . . . . .

  3.2.1   De las inversiones financieras

0170

. . . . . . . .

  3.2.2   De la cartera de valores

0180

. . . . . . . .

  3.2.3   De tráfico

0190

. . . . . . . .

 3.3  Dotación a la provisión de operaciones de tráfico

0200

. . . . . . . .

 3.4  Exceso y aplicación de provisión de operaciones de tráfico

0210

. . . . . . . .

4. Otros gastos de explotación

0220

. . . . . . . .

 4.1  Servicios exteriores

0230

. . . . . . . .

  4.1.1   Servicios de profesionales independientes: auditoría

0240

. . . . . . . .

  4.1.2   Otros servicios de profesionales independientes

0250

 

  4.1.3   Servicios bancarios y similares

0260

 

  4.1.4   Publicidad, propaganda y relaciones públicas

0270

. . . . . . . .

  4.1.5   Otros servicios

0280

. . . . . . . .

  4.1.6   Servicios vinculados con gestión de bienes inmuebles

0281

. . . . . . . .

 4.2  Tributos

0290

. . . . . . . .

 4.3  Otros gastos de gestión corriente

0300

. . . . . . . .

  4.3.1   Comisión de colocación de participaciones de fondos de inversión

0310

. . . . . . . .

   4.3.1.1    de carácter mobiliario

0311

. . . . . . . .

   4.3.1.2    de carácter inmobiliario

0312

. . . . . . . .

  4.3.2   Alquiler de oficinas

0320

. . . . . . . .

  4.3.3   Alquiler de equipos informáticos

0330

. . . . . . . .

  4.3.4   Gastos de tasas por registros oficiales

0340

. . . . . . . .

  4.3.5   Gastos de admisión a cotización en bolsa

0350

. . . . . . . .

  4.3.6   Otros

0360

. . . . . . . .

I) BENEFICIOS DE EXPLOTACIÓN

0370

. . . . . . . .

5. Gastos financieros

0380

. . . . . . . .

 5.1  Por intereses

0390

. . . . . . . .

  5.1.1   De emisiones de obligaciones

0400

. . . . . . . .

  5.1.2   De deudas con entidades de crédito

0410

. . . . . . . .

  5.1.3   De cesión temporal de activos

0420

. . . . . . . .

  5.1.4   Otros

0430

. . . . . . . .

 5.2  Amortización de gastos de formalización de deudas

0440

. . . . . . . .

 5.3  Variación de las provisiones de valores mobiliarios

0450

. . . . . . . .

  5.3.1   Dotación a la provisión para valores mobiliarios .

0460

. . . . . . . .

  5.3.2   Exceso y aplicación de la provisión para valores mobiliarios

0470

. . . . . . . .

 5.4  Diferencias negativas de cambio

0480

. . . . . . . .

ESTADO G02

Página 1/2

Mes/Año

Fecha: _ _ _ _

Tipo de Gestora:

. . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

Denominación:

. . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . .

 

N.º Registro:

– – – –

 

 

DEBE

TOTAL

Clave

Importe

 6.  Pérdidas en venta y amortización de activos financieros

0490

. . . . . . .

  6.1   Por venta y amortización de activos de las inversiones financieras

0500

. . . . . . .

  6.2   Por venta y amortización de activos de la cartera de valores

0510

. . . . . . .

  6.3   Otras

0520

. . . . . . .

   6.3.1    Pérdidas en operaciones a plazo liquidadas por diferencia

0530

. . . . . . .

   6.3.2    Cargos por futuros financieros de cobertura

0540

. . . . . . .

   6.3.3    Quebrantos por futuros financieros

0550

. . . . . . .

   6.3.4    Quebrantos en opciones

0560

. . . . . . .

II. RESULTADOS FINANCIEROS POSITIVOS

0570

. . . . . . .

III. BENEFICIOS DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS

0580

. . . . . . .

 7.  Resultados extraordinarios

0590

. . . . . . .

  7.1   Variación de las provisiones de inmovilizado material e inmaterial

0600

. . . . . . .

   7.1.1    Dotación a la provisión del inmovilizado material e inmaterial

0610

. . . . . . .

   7.1.2    Exceso y aplicación de la provisión del inmovilizado material e inmaterial

0620

. . . . . . .

  7.2   Pérdidas procedentes del Inmovilizado y gastos excepcionales

0630

. . . . . . .

   7.2.1    Pérdidas procedentes del inmovilizado

0640

. . . . . . .

   7.2.2    Pérdidas por operaciones con acciones y obligaciones propias

0650

. . . . . . .

   7.2.3    Gastos extraordinarios

0660

. . . . . . .

   7.2.4    Gastos y pérdidas de ejercicios anteriores

0670

. . . . . . .

IV. RESULTADOS EXTRAORDINARIOS POSITIVOS

0680

. . . . . . .

V. BENEFICIOS ANTES DE IMPUESTOS

0690

. . . . . . .

 8.  Impuesto sobra sociedades

0700

. . . . . . .

 9.  Otros impuestos

0710

. . . . . . .

VI. RESULTADO DEL EJERCICIO (BENEFICIOS)

0720

. . . . . . .

En millones de pts.

ESTADO G02

CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS

Página 2/2

Mes/Año

Fecha: _ _ _ _

Tipo de Gestora:

 

 

Denominación:

 

 

N.º Registro:

– – – –

 

HABER

TOTAL

Clave

Importe

B) INGRESOS

0730

. . . . . . .

 1.  Prestaciones de servicios

0740

. . . . . . .

  1.1   Comisión de gestión de I.I.C. Mobiliarias

0750

. . . . . . .

   1.1.1    Sobre patrimonio

0760

. . . . . . .

   1.1.2    Sobre resultados

0770

. . . . . . .

  1.2   Comisión de suscripción y reembolso de lIC Mobiliarias

0780

. . . . . . .

   1.2.1    Por suscripción

0790

. . . . . . .

   1.2.2    Por reembolso

0800

. . . . . . .

  1.3  Servicios de asesoramiento

0810

. . . . . . .

  1.4  Comisión de gestión de carteras

0820

. . . . . . .

   1.4.1    Cuotas fijas

0830

. . . . . . .

   1.4.2    Cuotas variables

0840

. . . . . . .

  1.5   Comisión de gestión de I.I.C. Inmobiliarias

0841

. . . . . . .

   1.5.1    Sobre patrimonio

0842

. . . . . . .

   1.5.2    Sobre resultados

0843

. . . . . . .

  1.6   Comisión de suscripción y reembolso de IIC Inmob

0844

. . . . . . .

   1.6.1    Por suscripción

0845

. . . . . . .

   1.6.2    Por reembolso

0846

. . . . . . .

 2.  Otros ingresos de explotación

0850

. . . . . . .

  2.1   Ingresos por alquiler de edificios en propiedad

0860

. . . . . . .

  2.2   Ingresos por alquiler de equipos informáticos

0870

. . . . . . .

  2.3   Ingresos por alquiler de software financiero

0880

. . . . . . .

  2.4   Exceso de provisiones de riesgos y gastos

0890

. . . . . . .

  2.5   Otros

0900

. . . . . . .

I. PERDIDAS DE EXPLOTACION

0910

. . . . . . .

 3.  Ingresos financieros

0920

. . . . . . .

  3.1   Dividendos

0930

. . . . . . .

  3.2   Intereses

0940

. . . . . . .

   3.2.1    De inversiones en renta fija

0950

. . . . . . .

   3.2.2    Intereses bancarios

0960

. . . . . . .

   3.2.3    Otros intereses

0970

. . . . . . .

  3.3   Diferencias positivas de cambio

0980

. . . . . . .

 4.  Beneficio en venta y amortización de activos financieros

0990

. . . . . . .

  4.1   Por venta y amortización de activos de las inversiones financieras

1000

. . . . . . .

  4.2   Por venta y amortización de activos de la cartera de valores

1010

. . . . . . .

  4.3   Otras

1020

. . . . . . .

   4.3.1    Beneficios en operaciones a plazo liquidadas por diferencia

1030

. . . . . . .

   4.3.2    Abonos por futuros financieros de cobertura

1040

. . . . . . .

   4.3.3    Productos por futuros financieros

1050

. . . . . . .

   4.3.4    Productos en opciones

1060

. . . . . . .

II. RESULTADOS FINANCIEROS NEGATIVOS

1070

. . . . . . .

III. PÉRDIDAS DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS

1080

. . . . . . .

 5.  Resultados extraordinarios

1090

. . . . . . .

  5.1   Beneficios procedentes del inmovilizado e ingresos excepcionales

1100

. . . . . . .

   5.1.1    Beneficios en enajenación del inmovilizado

1110

. . . . . . .

   5.1.2    Beneficios por operaciones con acciones y obligaciones propias

1120

. . . . . . .

   5.1.3    Ingresos extraordinarios

1130

. . . . . . .

   5.1.4    Ingresos y beneficios de ejercicios anteriores

1140

. . . . . . .

IV. RESULTADOS EXTRAORDINARIOS NEGATIVOS

1150

. . . . . . .

V. PERDIDAS ANTES DE IMPUESTOS

1160

. . . . . . .

VI. RESULTADO DEL EJERCICIO (PERDIDAS)

1170

. . . . . . .

En millones de pts.

ESTADO G04

ESTADO DE GESTIÓN

Página 1/4

Mes/Año

Fecha: _ _ _ _

Tipo de Gestora:

 

 

 

Denominación:

 

 

 

N.º Registro:

– – – –

 

 

A) INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA GESTIONADAS, PATRIMONIO ADMINISTRADO A VALOR EFECTIVO Y COMISIONES.

A.1) DE CARÁCTER MOBILIARIO.

DENOMINACIÓN Y NÚMERO REG IIC

TIPO DE IIC

PATRIMONIO MEDIO ADMINISTRADO

IMPORTE TOTAL COMISIONES

% COMISION SOBRE PATRIMONIO MEDIO

TOTAL PATRIMONIO ADMINISTRADO (final del periodo)

DENOMINACIÓN

N.º Reg.

Tipo

Importe

Importe

Importe

Importe

FIM 1

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

FIM 2

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

FIM n

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

TOTAL FIM

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

FIAMM 1

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

FIAMM 2

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

FIAAMM n

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

TOTAL FIAMM

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

SIM 1

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

SIM2

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

SIM n

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

TOTAL SIM

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

SIMCAV 1

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

SIMCAV 2

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

SIMCAV n

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

TOTAL SIMCAV

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

TOTAL

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

En millones de pts.

ESTADO G04

ESTADO DE GESTIÓN

Página 2/4

Mes/Año

Fecha: _ _ _ _

Tipo de Gestora:

 

 

 

Denominación:

 

 

 

N.º Registro:

– – – –

 

 

A.2) DE CARÁCTER INMOBILIARIO.

DENOMINACIÓN Y NÚMERO REG III

TIPO DE IIC

PATRIMONIO MEDIO ADMINISTRADO

IMPORTE TOTAL COMISIONES

% COMISIÓN SOBRE PATRIMONIO MEDIO

TOTAL PATRIMONIO ADMINISTRADO (final del periodo)

DENOMINACIÓN

N.º Reg.

Tipo

Importe

Importe

Importe

Importe

FII 1

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

FII 2

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

FII n

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

TOTAL FII

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

SII 1

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

SII 2

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

SII n

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

TOTAL SII

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

TOTAL

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

TOTAL IIC

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

. . . . . . . . . .

En millones de pts.

ESTADO G05

Página 1/2

Mes/Año

Fecha: _ _ _ _

ESTADO DE INFORMACIÓN AUXILIAR

Tipo de Gestora:

 

 

 

Denominación:

 

 

 

N.º Registro:

– – – –

 

 

A) TRANSACCIONES CON ENTIDADES DEL GRUPO

 

Clave

Importe

I. Deudores.

0010

. . . . . . . . . .

II. Acreedores.

0020

. . . . . . . . . .

Ill. Comisiones Cedidas.

0030

. . . . . . . . . .

IV. Comisiones Percibidas.

0040

. . . . . . . . . .

V. Total compras de valores a valor e.

0050

. . . . . . . . . .

VI. Total ventas de valores a valor efe.

0060

. . . . . . . . . .

SUMA DE CONTROL (I+II+III+IV+V+VI)

0070

. . . . . . . . . .

En millones de pts.

B) NÚMERO DE EMPLEADOS.

N.º EMPLEADOS

Situación Inicial

Altas

Bajas

Situación Final

Clave

Unidades

Clave

Unidades

Clave

Unidades

Clave

Unidades

Directivos

1010

. . . . . . . .

2010

. . . . . . . .

3010

. . . . . . . .

4010

. . . . . . . .

Técnicos

1020

. . . . . . . .

2020

. . . . . . . .

3020

. . . . . . . .

4020

. . . . . . . .

Administrativos

1030

. . . . . . . .

2030

. . . . . . . .

3030

. . . . . . . .

4030

. . . . . . . .

Otros

1040

. . . . . . . .

2040

. . . . . . . .

3040

. . . . . . . .

4040

. . . . . . . .

TOTAL

1050

. . . . . . . .

2050

. . . . . . . .

3050

. . . . . . . .

4050

. . . . . . . .

C) CONTRATOS DE COMERCIALIZACIÓN Y COMISIONES (únicamente para las SGIIC).

C.1) MOBILIARIOS

Denominación

Tipo Entidad

Importe Comisiones

Entidad 1

. . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . .

Entidad 2

. . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . .

Entidad n

. . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . .

TOTAL

. . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . .

En millones de pts.

C.2) INMOBILIARIOS

Denominación

Tipo Entidad

Importe Comisiones

Entidad 1

. . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . .

Entidad 2

. . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . .

Entidad n

. . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . .

TOTAL

. . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . .

En millones de pts.

D) ACCIONISTAS Y ACCIONES

Concepto

Situación Inicial

Entradas

Salidas

Situación final

Clave

Unidades

Clave

Unidades

Clave

Unidades

Clave

Unidades

Accionistas

5010

. . . . . . .

6010

. . . . . . .

7010

. . . . . . .

8010

. . . . . . .

Acciones

5020

. . . . . . .

6020

. . . . . . .

7020

. . . . . . .

8020

. . . . . . .

ANEXO 1

Modelo de Extractos de Informes de Tasación

Imagen: img/disp/2008/107/07880_001.png

Imagen: img/disp/2008/107/07880_002.png

Imagen: img/disp/2008/107/07880_003.png

Imagen: img/disp/2008/107/07880_004.png

ANEXO 2

Modelos de otras informaciones sobre tasaciones a remitir con doble firma

Imagen: img/disp/2008/107/07880_005.png

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ANEXO 3

Información a remitir por la Sociedad Gestora/SII, con firma única

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