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Documento BOE-A-1981-8023

Circular número 855, de 23 de marzo de 1981, de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales, por la que se aprueban determinados modelos de documentos y libros reglamentarios de obligada utilización en los Impuestos Especiales.

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 8 de abril de 1981, páginas 7589 a 7598 (10 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1981-8023
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/1981/03/23/855

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

El Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real Decreto 2554/1980, de 4 de noviembre, establece, en los artículos que se citan en el número 2 de esta circular, que determinados documentos y libros registro o de cuenta corriente, de obligada utilización para el cumplimiento de ciertos preceptos reglamentarios, están sometidos a modelo oficial, previamente aprobado conforme a las normas que establece en su artículo 12.

Como quiera que la aprobación de los distintos modelos que se unen como anexos es de la competencia del Director general de Aduanas e Impuestos Especiales, de acuerdo con las facultades que le confiere el apartado 2, b) del citado artículo 12 del Reglamento de los Impuestos Especiales,

Esta Dirección General ha acordado lo siguiente:

1. Se aprueban los modelos de libros y documentos que se relacionan en el número siguiente y que se incluyen como anexos 1 al 11 de la presente circular.

2. Relación de documentos y libros aprobados, con indicación de los artículos del Reglamento de Impuestos Especiales que los exigen:

Anexo 1. Partes de interrupción de las operaciones de fabricación (original y duplicado, artículo 34.1).

Anexo 2. Libro de primeras materias en fábricas de alcoholes y aguardientes (artículo 35.1, a).

Anexo 3. Libro de fabricación de alcoholes y aguardientes (artículo 35.1, b).

Anexo 4. Libro de documentos de circulación (artículo 35.1, c).

Anexo 5. Libro de cebada en malterias (artículo 56.4, a).

Anexo 6. Libro de fabricación de malta (artículo 56.4, b).

Anexo 7. Libro de almacén de malta (artículo 56.4, c).

Anexo 8. Libro de primeras materias en fábrica de cerveza (artículo 58.1, A).

Anexo 9. Libro de cocción en fábricas de cervezas (artículo 58.1, B, a).

Anexo 10. Libro de fermentación en fábricas de cerveza (artículo 58.1, B, b).

Anexo 11. Libro de maduración en fábricas de cerveza (artículo 58.1, B, c).

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 23 de marzo de 1981.‒El Director general. Antonio Rúa Benito.

Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda de...

ANEXO I
Impuesto sobre alcoholes etílicos y bebidas alcohólicas. Parte de interrupción de las operaciones de fabricación (Art. 34)

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ANEXO II
Libro de primeras materias en fábricas de destilación o rectificación (Art. 35.1.a)

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ANEXO III
Libro de fabricación (Art. 35.1.b)

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ANEXO IV
Libro de documentos de circulación (Art. 35.1.c)

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ANEXO V
Malterias. a) Libro de cebada (Art. 56.4.a)

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ANEXO VI
Malterias. b) Libro de fabricación (Art. 56.4.b)

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ANEXO VII
Malterias. c) Libro de almacén de malta (Art. 56.4.c)

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ANEXO VIII
Cerveza. a) Primeras materias (Art. 58.1.A)

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ANEXO IX
Cerveza. Libro de cocción (Art. 58.1.B.a)

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Imagen: /datos/imagenes/disp/1981/84/08023_15533431_image13.png

ANEXO X
Cerveza. Libro de fermentación (Art. 58.1.B.b)

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Imagen: /datos/imagenes/disp/1981/84/08023_15533431_image15.png

ANEXO XI
Cerveza. Libro de maduración (Art. 58.1.B.c)

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ANÁLISIS

  • Rango: Circular
  • Fecha de disposición: 23/03/1981
  • Fecha de publicación: 08/04/1981
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con art. 12 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2554/1980, de 4 de noviembre (Ref. BOE-A-1980-25740).
Materias
  • Impuesto Especial sobre Alcoholes etílicos y Bebidas alcohólicas

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