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Documento BOE-A-2019-14481

Acuerdo Administrativo Internacional celebrado al amparo del Acuerdo Marco entre España y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, de 27 de enero de 2004, relativo a las responsabilidades que han de asumir el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, para la realización del simposio internacional "El uso de aguas no convencionales para lograr la seguridad alimentaria", hecho en Roma el 23 de septiembre de 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 10 de octubre de 2019, páginas 111380 a 111382 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2019-14481
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2019/09/23/(1)

TEXTO ORIGINAL

ACUERDO ADMINISTRATIVO INTERNACIONAL CELEBRADO AL AMPARO DEL ACUERDO MARCO ENTRE ESPAÑA Y LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ALIMENTACIÓN Y LA AGRICULTURA DE 27 DE ENERO DE 2004, RELATIVO A LAS RESPONSABILIDADES QUE HAN DE ASUMIR EL REINO DE ESPAÑA Y LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ALIMENTACIÓN Y LA AGRICULTURA (FAO) PARA LA REALIZACIÓN DEL SIMPOSIO INTERNACIONAL «EL USO DE AGUAS NO CONVENCIONALES PARA LOGRAR LA SEGURIDAD ALIMENTARIA»

En las siguientes cláusulas se exponen las responsabilidades que han de asumir, respectivamente, el Reino de España, denominado en lo sucesivo el país hospedante, y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, denominada en los sucesivo la FAO, para el desarrollo del simposio internacional «El uso de aguas no convencionales para logar la seguridad alimentaria», denominado en lo sucesivo el simposio.

El presente Acuerdo se celebra al amparo del Acuerdo-Marco entre España y la Organización hecho «ad referendum» en Madrid el 27 de enero de 2004.

El simposio se celebrará en Madrid del 12 al 15 de noviembre de 2019.

Corresponderá a la FAO organizar el simposio, en coordinación con el Reino de España, cursar las invitaciones y distribuir el programa.

Se invitará a expertos provenientes de los países miembros de la FAO.

El simposio se desarrollará en español, francés e inglés.

Parte I. Responsabilidades funcionales de la FAO

A. Personal (a cargo de la FAO, de conformidad con sus reglamentos)

Corresponderá a la FAO:

1. Designar un Oficial de Enlace que se encargue de la coordinación de la organización del simposio.

2. Proporcionar el personal cualificado y los servicios auxiliares necesarios para la organización y el desarrollo del simposio.

B. Material, suministros y servicios

Corresponderá a la FAO:

3. Proporcionar documentos para el simposio.

4. Diseminar el simposio a través de la página web de la FAO y los distintos grupos de trabajo y preparar el material de comunicación.

5. Proporcionar todo material o suministros especiales que hagan falta para la reunión, incluido su transporte de ida y vuelta desde el punto de entrada en el país hospedante, quedando entendido que todo material o suministros que proporcione la FAO seguirá siendo de su propiedad.

6. Publicar y distribuir un informe del simposio después de su terminación.

Parte II. Responsabilidades del País hospedante respecto a los privilegios e inmunidades de la FAO y de los participantes

El País hospedante se compromete a:

7. Otorgar, a los efectos de la sesión, a la FAO, sus bienes, fondos y haberes, así como a sus funcionarios, todos los privilegios e inmunidades previstos en el artículo VIII, párrafo 4 y en el artículo XVI, párrafo 2 de la Constitución de la FAO, y en el artículo XXXVIII-4 del Reglamento General de la Organización, y especificados en las disposiciones de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de los Organismos Especializados de las Naciones Unidas.

8. Conceder visados y todas las facilidades necesarias a los expertos, personal y consultores de la FAO, que asistan al simposio, de conformidad con el derecho aplicable.

Parte III. Responsabilidades funcionales del País hospedante

A. Personal

Corresponderá al País hospedante:

9. Designar un Oficial de Enlace que se encargue de la coordinación de los preparativos y servicios locales para la reunión.

10. Proporcionar el personal cualificado y los servicios auxiliares necesarios para el desarrollo del simposio.

11. Costear todos los gastos necesarios del personal facilitado, comprendidos sueldos, horas extraordinarias y dietas, en caso necesario, y viajes de ida y vuelta a la reunión.

12. Proporcionar intérpretes cualificados cuyos curricula vitae hayan sido aprobados por el Jefe de Intérpretes de la FAO.

B. Equipo y servicios

Corresponderá al País hospedante facilitar o pagar:

13. Una sala plenaria con capacidad para al menos 200 personas plenamente equipada para la interpretación simultánea (véanse las especificaciones adjuntas), dos salas para las sesiones técnicas paralelas con capacidad para al menos 60 personas y dos salas de reuniones con capacidad para 15 personas.

14. Una sala de reuniones con una mesa y asientos para 30 personas el día previo a la inauguración del simposio para celebrar una reunión de expertos de ONU-Agua.

15. Servicios de fotocopiadoras y otros equipos, según sea necesario y WiFi según las necesidades.

16. Transporte al lugar del simposio y vuelta a la FAO, de cualquier equipo de que no se disponga en el país, en caso de que el País hospedante solicite la asistencia de la FAO para proporcionárselo.

17. Organización y transporte de los participantes a una visita técnica o cultural durante el simposio.

18. Un cóctel de bienvenida el primer día del simposio y seis refrigerios durante las pausas-café.

C. Suministros y servicios

Corresponderá al País hospedante proporcionar:

19. Efectos de oficina, material de escritorio y papel, según sea necesario.

20. Instalaciones y servicios para la reproducción local de los documentos necesarios para la reunión.

21. Servicios gratuitos de teléfono, internet y correo electrónico dentro del país hospedante, en relación con la labor de la reunión.

22. Facilitar la comunicación con el servicio 112 en casos de urgencia médica de los delegados, observadores, personal y consultores de la FAO, que asistan a la reunión.

D. Transporte

Corresponderá al País hospedante:

23. Aportar la información práctica necesaria para el transporte de los participantes, y personal en la medida de lo necesario para el desarrollo de la reunión.

24. Aportar la información práctica necesaria para el eventual transporte dentro del país hospedante de todo el material y suministros proporcionados por la FAO (véanse párrafos 4 y 6). En caso de transporte aéreo, esta obligación comenzará desde el momento en que el material expedido llegue al aeropuerto internacional.

Parte IV. Cláusulas finales

E. Cláusulas finales

25. El contenido del presente Acuerdo se entenderá sin perjuicio de otros acuerdos o convenios internacionales suscritos por la FAO y el Reino de España o que suscriban en el futuro.

26. Cualquier controversia entre la FAO y el Reino de España referente a la interpretación o la aplicación del contenido del presente Acuerdo se resolverá mediante negociaciones entre las mismas.

F. Entrada en vigor

27. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de la fecha de su firma.

Firmado en Roma a 23 de septiembre de 2019.

Por el Reino de España, Por la Organización de las Naciones Unidas para la alimentación y la agricultura,

Fernando Miranda Sotillos,

René Castro Salazar,

Secretario General de Agricultura y Alimentación

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Subdirector General

 Departamento de Clima, Biodiversidad, Tierras y Agua

 El presente Acuerdo Administrativo entró en vigor el 24 de septiembre, según se establece en su apartado 27.

Madrid, 3 de octubre de 2019.–El Secretario General Técnico, José María Muriel Palomino.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 23/09/2019
  • Fecha de publicación: 10/10/2019
  • Fecha de entrada en vigor: 24/09/2019
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 3 de octubre de 2019.
Referencias anteriores
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Congresos
  • Madrid
  • Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación

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