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DECLARACIÓN
De acuerdo con lo previsto en el artículo 38, párrafo 4.º, del Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980, España declara aceptar las adhesiones de Turkmenistán y Belarús al citado Convenio.
La presente Declaración entrará en vigor entre España, por una parte, y Turkmenistán y Belarús, por otra, respectivamente, el 1 de octubre de 1999.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 22 de septiembre de 1999.-El Secretario general técnico, Julio Núñez Montesinos.
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