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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES
Excelentísimo señor:
La Reunión Preparatoria de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa se iniciará, en el Palacio de Exposiciones y Congresos de Madrid, el día 9 de septiembre próximo. La Reunión Principal de dicha Conferencia se iniciará, a su vez, el día 11 de noviembre próximo, no pudiéndose precisar por ahora su duración exacta.
España, por el momento, no es signataria de la Convención sobre Misiones Especiales, anexa a la Resolución 2530 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1969).
Para asegurar la protección y los beneficios en materia de privilegios e inmunidades de los participantes en la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, tanto en la Reunión Preparatoria como en la Principal, tengo la honra de informarle que, de manera excepcional y solamente por el período de duración de la Conferencia, las autoridades españolas competentes aplicarán los beneficios, privilegios e inmunidades establecidos en la mencionada Convención sobre Misiones Especiales.
Esta Nota, así como su respuesta con su acuerdo por lo que respecta a su contenido, constituirán un acuerdo entre España y la República Socialista de Rumanía, que entrará en vigor de manera provisional, en el momento que sea aprobado por el Consejo de Ministros de España, y de forma definitiva cuando se cumplan los requisitos que establece la legislación interna española.
Le ruego acepte, señor Embajador, las seguridades de mi alta consideración.
Madrid, 13 de agosto de 1980.
Excmo. Sr. Ion Goliat. Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Socialista de Rumanía. Madrid.
EMBAJADA DE LA REPUBLICA SOCIALISTA DE RUMANIA MADRID
Número 676.
Nota verbal
La Embajada de la República Socialista de Rumania en Madrid saluda muy atentamente al Ministerio de Asuntos Exteriores y en relación con la carta número 486 del excelentísimo señor Marcelino Oreja Aguirre, Ministro de Asuntos Exteriores, fechada el 13 de agosto del corriente, tiene el honor de comunicarle que la Parte rumana está de acuerdo a que España aplique el régimen de los beneficios, privilegios e inmunidades establecidos en la Convención sobre Misiones Especiales [anexa a la Resolución 2530 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1969)] a los participantes, en la Conferencia sobre la Seguridad y Cooperación en Europa, tanto en la Reunión Preparatoria como en la Principal, solamente por el período de duración de las mismas.
La Embajada de la República Socialista de Rumanía aprovecha esta ocasión para reiterar al Ministerio de Asuntos Exteriores las seguridades de su más, alta consideración.
Madrid, 2 de septiembre de 1980.
Al Ministerio de Asuntos Exteriores. Madrid.
El presente Canje de Notas, constitutivo de Acuerdo, entró en vigor, provisional el 31 de julio de 1980, fecha en que fue aprobado por el Consejo de señores ministros.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 13 de septiembre de 1980.‒El Secretario general Técnico, Juan Antonio Pérez-Urruti Maura.
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