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Documento BOE-A-1981-6674

Canje de Notas de 14 de octubre de 1977, constitutivo de Acuerdo, entre España y Méjico, por el que se crea la Comisión Mixta Intergubernamental España-Méjico.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 1981, páginas 6153 a 6153 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1981-6674
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1977/10/14/(1)

TEXTO ORIGINAL

Madrid, 14 de octubre de 1977.

Señor Ministro:

De conformidad con las conversaciones que hemos mantenido y tal como se estableció en el Comunicado Conjunto publicado con ocasión de la visita del Presidente del Gobierno español, don Adolfo Suárez, a Méjico, convenimos por la presente Nota en la constitución de una Comisión Mixta integrada por representantes de los Gobiernos de España y Méjico. Dicha Comisión se conocerá con el nombre de «Comisión Mixta Intergubernamental España-Méjico».

La creación ce la citada Comisión obedece a la coincidencia de intereses que existen entre nuestros dos países, los cuales estiman conveniente fortalecer por este medio sus vínculos de amistad y cooperación.

Será competencia de la Comisión estudiar y proponer a los respectivos Gobiernos las medidas que, a su juicio, sean pertinentes para desarrollar las relaciones hispano-mejicanas en todos los campos: Político, jurídico, cultural, consular, económico comercial, tecnológico, deportivo y de turismo.

La Comisión Mixta Intergubernamental Hispano-Mejicana será presidida por el Ministro de Asuntos Exteriores de España y por el Secretario de Relaciones Exteriores de Méjico. Ambos Presidentes tendrán un adjunto, que actuará como representante permanente en la Comisión Mixta y asegurará el funcionamiento de la misma Los adjuntos serán el Subsecretario de Asuntos Exteriores de España y el Subsecretario de Relaciones Exteriores de Méjico. Tanto el Ministro de Asuntos Exteriores de España como el Secretario de Relaciones Exteriores de Méjico y sus correspondientes adjuntos pueden delegar sus funciones en los respectivos Embajadores. Las dos Partes designarán los funcionarios y asesores de la Comisión que estimen pertinentes, teniendo en cuenta la variedad de las materias que pueden presentársele y la necesidad de una representación adecuada en el seno de la misma por parte de los Ministerios y Organismos afectados.

La Comisión se reunirá en cualquiera de los dos países con la frecuencia que lo requieran los asuntos de interés común. En todo caso deberá celebrar una reunión anual. Con ocasión de cada reunión, los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores determinarán las personas que deban integrar la Comisión.

La Comisión Mixta Intergubernamental Hispano-Mejicana tendrá bajo su dependencia directa las siguientes Subcomisiones:

‒ Subcomisión para Asuntos Políticos.

‒ Subcomisión para Asuntos Culturales y Educativos.

‒ Subcomisión para Cooperación Científica y Tecnológica.

‒ Subcomisión para Cooperación Económica y Comercial.

‒ Subcomisión para Asuntos Jurídicos y Consulares.

‒ Subcomisión para el Turismo.

Estas Subcomisiones y cualquier otra que se estime conveniente crear, presentarán a la Comisión Mixta un programa de trabajo y un informe anual en el cual se exponga la forma en que se ha cumplido dicho programa.

Las Subcomisiones estarán presididas por las personas que designen el Ministro de Asuntos Exteriores de España y el Secretario de Relaciones Exteriores de Méjico.

Los dos Gobiernos podrán nombrar para formar parte de las Subcomisiones a cuantos asesores estimen oportunos, según la índole de los temas a tratar, con el fin de lograr una estrecha coordinación entre los sectores público y privado de cada país.

La Nota de vuestra excelencia y la presente Nota, debidamente firmadas, constituyen, un Acuerdo entre los dos países, con vigencia a partir del día de su firma.

Aprovecha la oportunidad para renovar a vuestra excelencia el testimonio de mi más alta y distinguida consideración.

Marcelino Oreja Aguirre

Excmo. Sr. Secretario de Relaciones Exteriores de Méjico.

Madrid. 14 de octubre de 1977.

Señor Ministro:

De conformidad con las conversaciones que hemos mantenido y tal como se estableció en el comunicado conjunto publicado con ocasión de la visita del Presidente del Gobierno español, don Adolfo Suárez, a México, convenimos por la presente Nota en la constitución de una Comisión Mixta integrada por representantes de los Gobiernos de México y España. Dicha Comisión se conocerá con el nombre de «Comisión Mixta Intergubernamental México-España».

La creación de la citada Comisión obedece a la coincidencia de intereses que existen entre nuestros dos países, los cuales estiman conveniente fortalecer por este medio sus vínculos de amistad y cooperación.

Será competencia de la Comisión estudiar y proponer a los respectivos Gobiernos las medidas que, a su juicio, sean pertinentes para desarrollar las relaciones mexicano-hispanas en todos los campos: político, jurídico, cultural, consular, económico, comercial, tecnológico, deportivo y de turismo.

Excelentísimo señor

Marcelino Oreja Aguirre,

Ministro de Asunto Exteriores

del Reino de España,

Ciudad.

La Comisión Mixta Intergubernamental Mexicano-Hispana será presidida por el Secretario de Relaciones Exteriores de México y por el Ministro de Asuntos Exteriores de España.

Ambos Presidentes tendrán un adjunto, que actuará como Representante Permanente en la Comisión Mixta y asegurará el funcionamiento de la misma. Los adjuntos serán el Subsecretario de Relaciones Exteriores de México y el Subsecretario de Asuntos Exteriores de España. Tanto el Secretario de Relaciones Exteriores de México como el Ministro de Asuntos Exteriores de España y sus correspondientes adjuntos, pueden delegar sus funciones en los respectivos Embajadores. Las dos Partes designarán los funcionarios y asesores de la Comisión que estimen pertinentes, teniendo en cuenta la variedad de.as materias que pueden presentársele y la necesidad de una representación adecuada en el seno de la misma por parte de los Ministerios y Organismos afectados.

La Comisión se reunirá en cualquiera de los dos países con la frecuencia que lo requieran los asuntos de interés común. En todo caso, deberá celebrar una reunión anual. Con ocasión de cada reunión, los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores determinarán las personas que deban integrar la Comisión.

La Comisión Mixta Intergubernamental Mexicano-Hispana tendrá bajo su dependencia directa las siguientes Subcomisiones:

Subcomisión para Asuntos Políticos.

Subcomisión para Asuntos Culturales y Educativos.

Subcomisión para Cooperación Científica y Tecnológica.

Subcomisión para Cooperación Económica y Comercial.

Subcomisión para Asuntos Jurídicos y Consulares.

Subcomisión de Turismo.

Estas Subcomisiones y cualquier otra que se estime conveniente crear, presentarán a la Comisión Mixta un programa de trabajo y un informe anual en el cual se exponga la forma en que se ha cumplido dicho programa.

Las Subcomisiones estarán presididas por las personas que designen el Secretario de Relaciones Exteriores de México y el Ministro de Asuntos Exteriores de España.

Los dos Gobiernos podrán nombrar para formar parte de las Subcomisiones a cuantos asesores estimen oportunos, según la índole de los temas a tratar, con el fin de lograr una estrecha coordinación entre los sectores público y privado de cada país.

La Nota de vuestra excelencia y la presente Nota, debidamente firmadas constituyen un Acuerdo entre los dos países con vigencia a partir del día de su firma.

Aprovecho la oportunidad para renovar a vuestra excelencia el testimonio de mi más alta y distinguida consideración.

Santiago Roel

El presente Canje de Notas, constitutivo de Acuerdo, entró en vigor el 14 de octubre de 1977, de conformidad con lo dispuesto en su texto.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 27 de febrero de 1981.‒El Secretario general Técnico, José Cuenca Anaya.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 14/10/1977
  • Fecha de publicación: 21/03/1981
  • Fecha de entrada en vigor: 14/10/1977
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 27 de febrero de 1981.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD y se crea la Subcomisión para Asuntos de Defensa, por Canje de Notas de 17 de marzo y 16 de junio de 2010 (Ref. BOE-A-2010-12168).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Comisión Mixta Intergubernamental España Méjico
  • México

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