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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder General, en su reunión del día 16 de diciembre de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
Atribuir en virtud de lo previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el conocimiento de asuntos relativos a violencia sobre la mujer, a los siguientes juzgados de lo penal:
– Juzgado de lo Penal número 1 de Badajoz, con carácter exclusivo, pero no excluyente, en la manera que determine la sala de gobierno, el enjuiciamiento y ejecución de asuntos relativos a violencia sobre la mujer.
– Juzgado de lo Penal número 1 de Logroño, con carácter exclusivo, pero no excluyente, en la manera que determine la sala de gobierno, el enjuiciamiento y ejecución de asuntos relativos a violencia sobre la mujer.
– Juzgado de lo Penal número 2 de Lugo, con carácter exclusivo, pero no excluyente, en la manera que determine la sala de gobierno, el enjuiciamiento y ejecución de asuntos relativos a violencia sobre la mujer.
– Juzgado de lo Penal número 2 de Salamanca, con carácter exclusivo, pero no excluyente, en la manera que determine la sala de gobierno, el enjuiciamiento y ejecución de asuntos relativos a violencia sobre la mujer.
– Juzgado de lo Penal número 6 de Móstoles, con carácter exclusivo y excluyente, el enjuiciamiento y ejecución de asuntos relativos a violencia sobre la mujer.
– Juzgado de lo Penal número 3 de Donostia-San Sebastián, con carácter exclusivo y excluyente, el enjuiciamiento de asuntos relativos a violencia sobre la mujer.
Los juzgados afectados continuarán conociendo de todos los procesos pendientes ante los mismos hasta su conclusión y, en su caso, ejecución.
La presente medida producirá efectos desde el 1 de enero del año 2022.
Madrid, 16 de diciembre de 2021.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
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