Contingut no disponible en valencià
De conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 9 de agosto de 2019 acordó:
1. Atribuir, en virtud de lo previsto en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al Juzgado de Primera Instancia número 21 de Málaga de nueva creación, la especialización con carácter exclusivo y excluyente, en el conocimiento de asuntos relativos a derecho de familia (títulos IV y VII del libro I del Código Civil), procedimientos relativos a la liquidación de cualquier régimen económico matrimonial, y en asuntos relativos a filiación, paternidad y maternidad reclamación de alimentos entre parientes; en los mismos términos que los Juzgados de Primera Instancia números 5, 6 y 16 de Málaga.
2. Los asuntos de la misma naturaleza que los que son objeto de este acuerdo de especialización y que estuviesen turnados a los Juzgados de Primera Instancia de la misma sede, se continuarán por estos hasta su conclusión por resolución definitiva, sin verse afectados por el presente acuerdo.
3. Esta medida producirá efectos desde la puesta en funcionamiento del juzgado de nueva creación, que conforme a la Orden JUS/767/2019, de 11 de julio, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 16 de julio de 2019, está prevista para el próximo 30 de junio de 2020.
Madrid, 9 de agosto de 2019.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid