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Documento BOE-A-2014-11322

Acuerdo de 24 de junio de 2014, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se acuerda que las ejecutorias de las sentencias firmes que deban incoarse dictadas por el Juzgado de lo Penal número 15 de Valencia, sean turnadas a los Juzgados de lo Penal números 5, 13, 14 y 16 de Valencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 3 de noviembre de 2014, páginas 89625 a 89625 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2014-11322
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2014/06/24/(1)

TEXTO ORIGINAL

Acordar que, a partir del día 1 de julio de 2014, las ejecutorias de las sentencias firmes que deban incoarse dictadas por el Juzgado de lo Penal número 15 de Valencia, con sede en esta capital y constituido permanentemente en Alzira –correspondiente a los partidos judiciales de Alzira, Ontinyent y Xátiva– serán turnadas a los Juzgados de lo Penal números 5, 13, 14 y 16 de Valencia que tienen atribuido el conocimiento, con carácter exclusivo, de las ejecuciones de las sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal con sede en Valencia (Juzgados de Ejecutorias)

Tal medida se limitará a las ejecuciones cuya firmeza se produzca a partir del referido día y no afectará a las ejecutorias en archivo provisional que, en caso de reapertura, seguirán siendo tramitadas por el órgano que las incoó.

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana deberá aprobar un protocolo en el que se establecerán los mecanismos y requisitos para la adecuada remisión de los procedimientos y, a estos efectos, el Secretario de Gobierno de dicho Tribunal Superior, en el ámbito de sus competencias, adoptará las medidas que estime oportunas.

Notifíquese este Acuerdo a la Presidenta del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, para su conocimiento y traslado a los órganos afectados.

Dese traslado del mismo al Ministerio de Justicia, a la Fiscalía General del Estado, a la Consejería de Gobernación y Justicia de la Generalitat Valenciana, a los decanos de los Colegios de Abogados de Alzira y de Procuradores de Valencia y a los Servicios de Inspección y Personal Judicial de este Consejo.

Procédase a recabar informe de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana a los efectos de adoptar igual medida, si procediere, en relación con las ejecutorias dimanantes de los procedimientos tramitados por los Juzgados de lo Penal números 17 y 18 de Valencia, con sede en esta ciudad y constituidos permanentemente desde la fecha de su entrada en funcionamiento en Paterna y Torrent para conocer de los asuntos procedentes de los partidos judiciales de Paterna, Lliria y Torrent, respectivamente.

Madrid, 24 de junio de 2014.–El Secretario General del Consejo General del Poder Judicial, José Luis Terrero Chacón.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 24/06/2014
  • Fecha de publicación: 03/11/2014
  • Efectos desde el 1 de julio de 2014.
Materias
  • Administración de Justicia
  • Juzgados de lo Penal
  • Reparto de asuntos
  • Valencia

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