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De conformidad con lo previsto, en relación con las delegaciones de competencias, en el artículo 18 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores y en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en su sesión de 18 de diciembre de 2013, ha acordado la siguiente delegación de competencias a favor del Presidente y el Vicepresidente:
Delegación de competencias reguladas en el artículo 3 de la Orden ECC/461/2013, de 20 de marzo, relativo a la forma de remisión del informe anual de gobierno corporativo y del informe anual sobre remuneraciones.
Se delega en el Presidente y en el Vicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que podrán ejercerla de modo indistinto, la facultad de autorizar la presentación de los informes anuales de gobierno corporativo e informes anuales de remuneraciones en el Registro Electrónico de la CNMV bajo la opción en formato PDF del trámite «IGC» del servicio CIFRADOC/CNMV.
Esta delegación de competencias estará sujeta a lo dispuesto, en materia de avocación de competencias e información, en los apartados trigésimo segundo, trigésimo tercero y trigésimo cuarto del Acuerdo de delegación de competencias, adoptado por el Consejo de la CNMV, con fecha 14 de diciembre de 2012 (BOE de 11 de enero de 2013).
Madrid, 18 de diciembre de 2013.–La Presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, María Elvira Rodríguez Herrer.
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