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El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, mediante Acuerdo de 15 de diciembre de 1999, se atribuye al Juzgado de lo Penal número 7 de Bilbao, con carácter exclusivo, la ejecución de las sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal de Bilbao, demorando la efectividad de la medida, hasta que por la Comunidad Autónoma del País Vasco se adopten las decisiones oportunas para la reordenación de los medios personales y materiales.
Una vez que constaba la dotación de los medios personales por el Juzgado Decano de Bilbao, se propuso como fecha concreta de entrada en funcionamiento del Juzgado de lo Penal número 7, la del 6 de noviembre de 2000. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, de fecha 11 de octubre de 2000, acordó proceder a adoptar la referida fecha como efectiva de inicio de la especialización.
Madrid, 16 de enero de 2001.
DELGADO BARRIO
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