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El número dos del artículo cuatro del Reglamento de la Escuela Judicial, en lo referente a Jueces de Distrito, quedará redactado en los siguientes términos:
«Los ejercicios para ingreso de los aspirantes al Cuerpo de Jueces de Distrito serán los siguientes:
Primero.
Escrito de carácter teórico que consistirá en redactar, sin ayuda de texto alguno, durante un tiempo máximo de seis horas, cuatro temas de las siguientes materias: Dos temas de Derecho Procesal, un tema de Derecho Constitucional y de Organización de Tribunales y Otro de Registro Civil, sacados a la suerte de los programas sobre estas materias que se publicarán en el acuerdo de convocatorias. Los ejercicios serán leídos por el opositor, o en su imposibilidad, por la persona que designe o por un miembro del Tribunal en sesión pública.
Segundo.
Oral, de carácter teórico, que consistirá en desarrollar durante una hora, con quince minutos de reflexión previa, seis temas de las siguientes materias; Dos temas de Derecho Civil, dos temas de Derecho Penal, un tema de Derecho Mercantil y un tema de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social o de Derecho Administrativo, sacados a la suerte de entre los del programa.
Tercero.
Escrito y práctico, que consistirá en resolver un caso preparado por el Tribunal, sobre algunas de las materias incluidas en el programa de los ejercicios teóricos y desarrollado en un tiempo máximo de, tres horas, con ayuda de textos legales. Su lectura se efectuará como la del primer ejercicio.»
Madrid, 22 de julio de 1981.‒El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Federico Carlos Sainz de Robles Rodríguez.
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