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Documento BOE-A-2019-3114

Decreto 2/2019, de 4 de marzo, del President de la Generalitat, de disolución de Les Corts y de convocatoria de elecciones a las mismas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2019, páginas 21052 a 21053 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-A-2019-3114
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-vc/d/2019/03/04/2

TEXTO ORIGINAL

PREÁMBULO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, la disolución y convocatoria de nuevas elecciones a Les Corts se realizará por medio de Decreto del president de la Generalitat, que especificará el número de diputados y diputadas a elegir en cada circunscripción electoral, la duración de la campaña electoral, el día de la votación y el día, hora y lugar de constitución de Les Corts.

En los mismos términos se pronuncia el artículo 59 de la Ley de la Generalitat 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, que además dispone que el número total de diputados y diputadas a elegir será 99 o el superior que, en su caso, establezca la Ley Electoral Valenciana.

En cumplimiento de las anteriores normas legales, y dado que la Ley 1/1987, de 31 de marzo, Electoral Valenciana, no ha establecido un número superior, procede fijar en 99 el número de diputados y diputadas a elegir en las próximas elecciones a Les Corts, que se distribuyen entre las circunscripciones electorales provinciales en los términos previstos en los apartados 2 a 4 del artículo 11 de la Ley Electoral Valenciana, tomando como referencia las cifras de población fijadas por el Real Decreto 1458/2018, de 14 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2018.

Por último, tal y como recoge el artículo 42.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, los decretos de convocatoria han de señalar la fecha de las elecciones, que habrán de celebrarse el día quincuagésimo cuarto posterior a la convocatoria.

Por ello, de conformidad con lo establecido en las referidas disposiciones, en uso de las facultades que reconoce el artículo 28.4 del Estatuto de Autonomía y 12.1.m de la Ley de la Generalitat 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y previa deliberación y acuerdo del Consell, en su reunión del día 4 de marzo de 2019,

DECRETO

Artículo 1. Disolución de Les Corts.

Quedan disueltas Les Corts elegidas el día 24 de mayo de 2015.

Artículo 2. Convocatoria de elecciones.

Se convocan elecciones a Les Corts, que tendrán lugar el día 28 de abril de 2019.

Artículo 3. Número de Diputados y Diputadas a elegir.

El número de diputados y diputadas a elegir es 99, con la siguiente distribución entre las tres circunscripciones electorales:

Alicante: 35 diputados y diputadas.

Castellón: 24 diputados y diputadas.

Valencia: 40 diputados y diputadas.

Artículo 4. Campaña electoral.

La campaña electoral tendrá una duración de 15 días. Comenzará a las cero horas del día 12 de abril y finalizará a las veinticuatro horas del día 26 de abril de 2019.

Artículo 5. Sesión constitutiva de Les Corts.

La sesión constitutiva de Les Corts tendrá lugar el día 16 de mayo de 2019, a las 10:30 horas, en el Palacio de los Borja de la ciudad de València.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».

Valencia, 4 de marzo de 2019.–El President de la Generalitat, Ximo Puig i Ferrer.

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 04/03/2019
  • Fecha de publicación: 05/03/2019
  • Fecha de entrada en vigor: 05/03/2019
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
  • Publicada en el DOGV núm. 8499, de 5 de marzo de 2019.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 11.2 y 4 de la Ley 1/1987, de 31 de marzo (Ref. BOE-A-1987-9636).
    • los arts. 12.1.m) y 59 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1984-3460).
    • los arts. 23.4 y 28.4 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1982-17235).
Materias
  • Comunidad Valenciana
  • Elecciones
  • Parlamento Autonómico

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