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Advertido error en la publicación de la citada ley, insertada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 145, de 1 de agosto de 1994, se procede, a continuación, a su corrección:
En la disposición adicional única, donde dice: «...en el artículo 7.2 de la presente ley...», debe decir: «...en el artículo 6.2 de la presente ley...».
[Publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» número 178, de 19 de septiembre de 1994. Esta ley se publica en su redacción original aprobada por el Parlamento Vasco, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.5 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y el artículo 6.1.b) del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su vigencia actual]
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