Contido non dispoñible en galego
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hace saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral sobre concesión de un suplemento de credito para financiar gastos de funcionamiento del Hospital de Navarra.
Artículo 1.º Se aprueba la concesión de un suplemento de crédito de 90.000.000 de pesetas para financiar los gastos de funcionamiento del Hospital de Navarra.
Art. 2.º 1. La financiación del referido suplemento de crédito se realizará con cargo a las siguientes partidas:
(VER IMAGEN PÁGINA 32228)
2. La ampliación del crédito será abonada a las siguientes partidas del vigente Presupuesto:
(VER IMAGEN PÁGINA 32228)
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Fiscal de Navarra, promulgo, en nombre de S. M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el "Boletín Oficial de Navarra" y su remisión al "Boletín Oficial del Estado" y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 18 de octubre de 1984.
GABRIEL URRALBURU TAINTA
Presidente del Gobierno de Navarra
("Boletín Oficial de Navarra" número 129, de 22 de octubre de 1984.)
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