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De conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y por el artículo 8 de la Ley 11/1986, de 16 de diciembre, Electoral de la Comunidad de Madrid, dispongo:
Se convocan elecciones a la Asamblea de Madrid, que se celebrarán el 27 de mayo de 2007.
El número de Diputados a elegir será de 120, en aplicación del artículo 10.2 del Estatuto de Autonomía y de acuerdo con las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referida al 1 de enero de 2006, según Real Decreto 1627/2006, de 29 de diciembre.
La campaña electoral, de quince días de duración, comenzará a las cero horas del viernes 11 de mayo y finalizará a las cero horas del sábado 26 de mayo.
La sesión constitutiva de la Asamblea se celebrará el día 12 de junio de 2007, a las 10:00 horas.
Las elecciones convocadas por el presente Decreto se regirán por el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid; la Ley 11/1986, de 16 de diciembre, Electoral de la Comunidad de Madrid; el Decreto 17/1987, de 9 de abril, por el que se regulan las condiciones materiales y aquellos otros aspectos necesarios para la celebración de elecciones a la Asamblea de Madrid; y la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, y sus disposiciones de desarrollo.
El presente Decreto se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 3 de abril de 2007, fecha en la que entrará en vigor.
Madrid, 2 de abril de 2007.-La Presidenta, Esperanza Aguirre Gil de Biedma.
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