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Documento BOE-A-2011-974

Corrección de errores del Decreto Legislativo 3/2010, de 5 de octubre, para la adecuación de normas con rango de ley a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 19 de enero de 2011, páginas 6162 a 6162 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2011-974
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ct/dlg/2010/10/05/3/corrigendum/20110119

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en el Decreto legislativo 3/2010, de 5 de octubre, para la adecuación de normas con rango de ley a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 257, de 23 de octubre de 2010, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 89597, en el artículo 94.1, donde dice:

«2. No obstante lo previsto en el apartado 1, en el plazo de un año desde el inicio de la actividad o de cualquier variación de los datos que figuran inscritos en el Registro Industrial y de Servicios Empresariales de la Producción al que hace referencia el artículo 5 bis, la persona titular de un establecimiento industrial o su representante debe comunicarlo al órgano competente de la Administración de la Generalidad en materia de seguridad industrial.»

Debe decir:

«2. No obstante lo previsto en el apartado 1, en el plazo de un año desde el inicio de la actividad o de cualquier variación de los datos que figuran inscritos en el Registro Industrial y de Servicios Empresariales de la Producción al que hace referencia el artículo 5 bis, la persona titular de un establecimiento industrial o su representante debe comunicarlo al órgano competente de la Administración de la Generalidad en materia de industria.»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 19/01/2011
  • Publicada en el DOGC núm. 5740, de 22 de octubre de 2010.
  • La corrección de errores de la Ley 9/2009, de 30 de junio, se establece por estar modificada por el Decreto Legislativo 3/2010, de 5 de octubre.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Decreto Legislativo 3/2010, de 5 de octubre (Ref. BOE-A-2010-16139).
  • CORRIGE errores en la Ley 9/2009, de 30 de junio (Ref. BOE-A-2009-12854).
Materias
  • Cataluña
  • Industrias
  • Libertad de establecimiento
  • Libre circulación de bienes y servicios
  • Registros administrativos

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