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Documento BORME-C-2026-89

CARNES SELECTAS 2000, S.A.U.

(SOCIEDAD ESCINDIDA)

CAMPOFRÍO FRESCOS, S.L.U.

(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 7, páginas 103 a 103 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-89

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10, aplicable por remisión del artículo 63 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, RDME), se hace público que el accionista único de Carnes Selectas 2000, S.A.U. (la sociedad escindida) y el socio único de Campofrío Frescos, S.L.U. (la sociedad beneficiaria y, conjuntamente con la sociedad escindida, las sociedades intervinientes), ha decidido, en fecha 12 de enero de 2026, aprobar la escisión parcial entre las sociedades intervinientes mediante la transmisión en bloque por sucesión universal de una parte del patrimonio de la Sociedad Escindida, sin extinción de esta última (en adelante, la escisión), La sociedad escindida mantendrá las actividades de matanza, despiece, almacenamiento frigorífico y congelación y envasado de productos cárnicos provenientes del cerdo blanco (en adelante, las actividades de la sociedad escindida) como unidad económica independiente propia. Específicamente, la Escisión consistirá en la transmisión de las actividades relativas a la fabricación, elaboración, fileteado y transformación de productos cárnicos, preparados de carne y carne picada y envasado de carne (en adelante, alternativamente, las actividades de la sociedad beneficiaria o el negocio escindido) que, de forma conjunta, constituyen organizativa y funcionalmente una unidad económica independiente, en los términos establecidos en el artículo 60 del RDME, todo ello de conformidad con lo previsto en el proyecto de escisión, de fecha 1 de diciembre de 2025 (en adelante, el proyecto de escisión).

Como resultado de la escisión, se producirá la sucesión universal y traspaso en bloque a la sociedad beneficiaria de todas las relaciones jurídicas afectas al negocio escindido de la sociedad escindida, con la consiguiente asunción, por parte de la sociedad beneficiaria, de todos los derechos y obligaciones dimanantes de la unidad económica escindida.

Asimismo, se deja constancia de que, como consecuencia de la escisión y la consiguiente transmisión del negocio escindido, la sociedad escindida reducirá su capital social en la cantidad de 7.699.122,48.-€, mediante la amortización de 1.278.924 acciones.

Finalmente, se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes, a obtener el texto íntegro de las decisiones de escisión, los balances de escisión y el proyecto de escisión, conforme a lo previsto en el artículo 10 del RDME, dirigiéndose al domicilio de cualquiera de las sociedades intervinientes. Los acreedores de las sociedades intervinientes cuyos créditos no se hallen suficientemente garantizados, en los términos previstos en el artículo 14 del RDME, podrán ejercer sus derechos de acuerdo con el artículo 13 del RDME.

Madrid y Burgos, 12 de enero de 2026.- Los administradores mancomunados de la sociedad escindida, Carnes Selectas 2000, S.A.U., D. Francisco Javier Dueñas Gil y D. Morten Markus Jensen y la administradora única de la sociedad beneficiaria, Campofrío Frescos, S.L.U., Dña. María Camille Gómez Greene.

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