En cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Junta General Extraordinaria de accionistas de la mercantil SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRACCIÓN (en lo sucesivo, la "Sociedad"), celebrada el día 29 de octubre de 2026 con el carácter universal, por los que se aprobó la reducción del capital social con la finalidad de restituir a los accionistas la totalidad o parte de sus aportaciones, mediante la adquisición de sus acciones para su amortización, y se autorizó al administrador único de la Sociedad para la ejecución de tales acuerdos y en particular para la publicación de la propuesta de adquisición de las acciones en conformidad con lo dispuesto en el artículo 339.2 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio), la cual tiene las siguientes condiciones:
1. Acciones Objeto de la Oferta: La oferta se extiende a un máximo de 3.880 acciones de la única clase y serie de las de la sociedad, representativas del 50% del capital social actual, cada una de ellas con un valor nominal de 60,10 euros, totalmente desembolsadas y libres de cargas, gravámenes o derechos de terceros, sin perjuicio de lo indicado a continuación para el caso de acciones en las que se encuentre desmembrada su titularidad entre el nudo propietario y el usufructuario. En este caso, la aceptación de la oferta exigirá el consentimiento de ambos titulares de derechos, siendo la distribución del precio para cada uno de ellas la que resulte de la aplicación de las reglas establecidas en el Impuesto sobre Sucesiones y en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, considerando la edad de la usufructuaria en el momento de la compraventa, conforme ha sido aprobado en la Junta con la presencia de los usufructuarios de las acciones.
2. Contraprestación y precio: El precio fijo e invariable que la Sociedad abonará a los accionistas aceptantes será de 191,75 euros por cada acción. Dicho importe ha sido fijado de conformidad con el acuerdo primero de los aprobados en la Junta General. En el caso en que las aceptaciones alcancen el número de acciones previamente fijado para la reducción de capital, el importe total a satisfacer por las mismas ascenderá a 743.990,00 €.
3. Destinatarios y principio de igualdad de trato: La oferta se dirige formalmente y en condiciones de absoluta igualdad a todos los accionistas que ostenten dicha condición a la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
4. Criterio de distribución y asignación (prorrateo): En el supuesto de que el número total de acciones válidamente ofrecidas por los accionistas superase el límite máximo de adquisición fijado en el apartado primero, las declaraciones de aceptación se reducirán a prorrata de la participación de cada accionista solicitante en el capital social, de acuerdo con las reglas de proporcionalidad jurídica; en el caso en el que del prorrateo resulten fracciones de acción a adquirir de los accionistas que aceptaren las ofertas, se incrementará el número de las acciones a adquirir a la siguiente unidad entera (redondeo por exceso) respecto del accionista al que le corresponda una fracción de acción superior a 0,5 y se disminuirá el número de las acciones a adquirir a la unidad entera anterior respecto del accionista al que le corresponda una fracción de acción inferior o igual a 0,5; en el caso de coincidir el importe de la fracción entre diversos accionistas se incrementará el número de las acciones a adquirir (a la siguiente unidad entera) por sorteo entre ellos.
5. Plazo de aceptación y ejercicio: Los accionistas que deseen acogerse voluntariamente a la presente oferta dispondrán de un plazo improrrogable de un mes, a contar desde el día siguiente al de la última de las publicaciones de este anuncio, en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en un periódico de gran circulación en la provincia de Castellón. En el supuesto en el que las aceptaciones no alcancen el número de acciones previamente fijado la reducción de capital se limitará al número de acciones cuya adquisición haya sido aceptada y que finalmente se adquieran y amorticen.
6. Procedimiento y formalización: las declaraciones de aceptación deberán remitirse por escrito fehaciente (mediante burofax con certificación de contenido o mediante correo certificado con acuse de recibo, o mediante comparecencia ante el administrador único de la Sociedad en el domicilio social) indicando con claridad el número de acciones que se desea enajenar y el número de cuenta bancaria para el abono. El documento deberá estar debidamente firmado por el titular de las acciones o su representante legal con poder bastanteado.
7. Liquidación y pago: Transcurrido el plazo de aceptación y realizadas, en su caso, las operaciones de prorrateo por el administrador único de la Sociedad, la Sociedad procederá a la formalización jurídica de la compraventa mediante el correspondiente negocio bilateral y al pago simultáneo y al contado de la contraprestación, así como a la amortización de las acciones adquiridas en el plazo máximo de un mes desde la terminación del plazo de la oferta de adquisición.
8. Finalidad de la adquisición: Se hace constar expresamente que las acciones adquiridas al amparo de este procedimiento serán amortizadas dentro del mes siguiente a la terminación del plazo de la oferta de adquisición, en consecuencia con el acuerdo de reducción de capital adoptado.
9. Cifra máxima de la reducción y nuevo importe del capital social tras la reducción: El importe máximo de la reducción se alcanzará si se adquieren y amortizan efectivamente las 3.880 acciones cuya adquisición se ofrece, siendo entonces el importe de la reducción de capital de 233.188,00 €, quedando fijado el capital social en 233.188,00 €, a razón de 60,10 € por cada una de las 3.880 acciones en las que quedaría dividido el capital social. En el caso en el que las aceptaciones sean inferiores a las acciones ofrecidas para su adquisición, la reducción será de 60,10 € por cada acción efectivamente adquirida y amortizada.
10. Finalidad de la reducción: Se hace constar expresamente que la finalidad de la reducción de capital es la devolución a los accionistas de sus aportaciones, realizada mediante la adquisición de acciones propias para su amortización.
11. Exclusión del derecho de oposición: Se hace constar expresamente que la reducción de capital se realiza con cargo a reservas libres, destinándose un importe equivalente al valor nominal de las acciones finalmente adquiridas y amortizadas a la dotación de una reserva que sólo será disponible con los mismos requisitos exigidos para la reducción del capital social.
12. Autorización y facultades para la ejecución del acuerdo y su elevación a público: Se hace constar expresamente que por acuerdo de la Junta de Accionistas, la Sociedad ha autorizado y facultado de forma expresa al administrador único de la compañía para la ejecución de los acuerdos adoptados, incluyendo específicamente la publicación de la oferta de adquisición, la recepción de las aceptaciones, la determinación del número de acciones a adquirir, su adquisición y pago del precio establecido, así como su amortización, otorgando en consecuencia la escritura pública en la que se deje constancia de los acuerdos adoptados y de las actuaciones realizadas en ejecución de los mismos, incluyendo la adquisición, pago y amortización de las acciones ofrecidas.
Castellón de la Plana, 30 de octubre de 2026.- Admnistrador Único, Manuel Godoy Grangel.
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