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Documento BORME-C-2026-5280

SATIR SERVICIOS INTEGRALES, SOCIEDAD LIMITADA

(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)

LIVE IN SPAIN SOLUCIONES, SOCIEDAD LIMITADA

(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 190, páginas 6554 a 6554 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-5280

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante «RDL 5/2023»), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de Satir Servicios Integrales, S.L. y Live in Spain Soluciones, S.L., celebradas el 4 de septiembre 2026, se acordó por unanimidad la escisión parcial sin extinción de "Satir Servicios Integrales, S.L" (sociedad parcialmente escindida), mediante la transmisión en bloque de parte de su patrimonio a Live In Spain Soluciones, S.L. (sociedad beneficiaria), adquiriendo esta, por sucesión a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, de conformidad con el Proyecto Común de Escisión Parcial redactado y suscrito por los Órganos de Administración de las sociedades participantes en la escisión, formalizado el 1 de septiembre de 2026.

En virtud del artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad escindida y beneficiaria, y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 71 de la misma norma, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión ni es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo.

Asimismo, en aplicación del citado régimen simplificado que se recoge en el artículo 71 del RDL 5/2023, al estar atribuida a los socios de la sociedad escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de aquella, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.

No obstante, se hace constar que el acuerdo y proyecto de escisión parcial contiene el detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido a la sociedad beneficiaria Live In Spain Soluciones, S.L. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el RDL 5/2023, se hace público el derecho de los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la escisión parcial de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho de oponerse a la escisión parcial en el plazo de un mes en los términos previstos en el art 13 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.

Guadalajara, 28 de septiembre de 2026.- Administrador, José Manuel Elvira de la Torre.

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