De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (LME en adelante), se hace público que los socios de la entidad EXPLOTACIONES COMERCIALES ESTACIÓN DE BADAJOZ, S.A., y el socio único de la sociedad ESTACIÓN DE AUTOBUSES DE BADAJOZ, S.A., ejerciendo las funciones propias de la Junta General Extraordinaria y Universal, aprobó, con fecha 10 de septiembre de 2026, la fusión por absorción de ESTACIÓN DE AUTOBUSES DE BADAJOZ, S.A., como sociedad absorbente y la entidad EXPLOTACIONES COMERCIALES ESTACIÓN DE BADAJOZ, S.A., como Sociedad absorbida, con la consiguiente disolución sin liquidación de las Sociedad absorbida y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, la cual adquirirá por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones.
De conformidad con lo dispuesto con el artículo 9.1 de la LME no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, ni elaborar el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, ni el de expertos, según lo establecido en el artículo 53.1 del mismo texto legal.
Se hace constar el derecho que asiste a los a los socios y acreedores de las citadas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Badajoz, 10 de septiembre de 2026.- Don Enrique Aguado Rubio, en su calidad de Consejero Delegado de la entidad Damas, S.A., administrador único de Estación de Autobuses de Badajoz, S.A. y Explotaciones Comerciales Estación de Badajoz, S.A.
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