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Documento BORME-C-2026-4963

CARCAMÓVIL, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

ROASMÓVIL INVERSIONES, S.L.U., CARCAPRINTER, S.L.U.,

KAMALIONLINE, S.L.U.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 177, páginas 6183 a 6183 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-4963

TEXTO

A los efectos del artículo 10 y concordantes del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el RDL 5/2023), se hace público:

- Que el socio único de la sociedad Carcamóvil, S.L.U. (la sociedad absorbente) aprobó con fecha 7 de septiembre de 2026 la fusión por absorción de Roasmóvil Inversiones, S.L.U. (Roasmóvil), Carcaprinter, S.L.U. (Carcaprinter), y Kamalionline, S.L.U. (Kamalionline y conjuntamente con Roasmóvil y Carcaprinter, las sociedades absorbidas), por parte de Carcamóvil (la fusión).

- Que el proyecto común de fusión por absorción (el proyecto) al que se ajusta la fusión, fue redactado, aprobado y suscrito de forma conjunta por los administradores de todas las sociedades participantes en la fusión.

- Que el hecho de que Roasmóvil y Carcaprinter estén íntegramente participadas de forma directa por Carcamóvil, y Kamalionline y Carcamóvil estén íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único, permite que la fusión se acoja al régimen simplificado previsto en el artículo 53.1 del Real Decreto-ley 5/2023 respecto de la absorción de Roasmóvil y Carcaprinter y al mismo régimen, por remisión del artículo 56.1 del citado texto legal, respecto de la absorción de Kamalionline.

- Que se han puesto a disposición de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión que cuentan con ellos el proyecto y el informe conjunto de los administradores de las sociedades participantes en la fusión, en lo que atañe a la sección destinada a los trabajadores conforme a los criterios del artículo 5.5 del RDL 5/2023.

- Asimismo se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los correspondientes balances de fusión.

Jaraíz de la Vera, 9 de septiembre de 2026.- El administrador único de Carcamóvil, S.L.U., Villa y Punto, S.L.U. p.p. D. Ismael Villalobos de Matías.

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